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Derechos Economicos ,social Y Cultural


Enviado por   •  25 de Enero de 2015  •  859 Palabras (4 Páginas)  •  373 Visitas

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Los derechos económicos, sociales y culturales, consisten en los derechos que son de y para la sociedad, se refieren a la existencia de condiciones de vida y de acceso a los bienes materiales y culturales en términos adecuados a la dignidad inherente al ser humano.

Considerando a los derechos humanos desde una perspectiva integral, sus características generales se aplican a todo tipo de derechos (civil, político, económico, social y cultural), y aquí se pueden mencionar las características de universalidad, inalienabilidad, inembargabilidad, irrenunciabilidad, integralidad, interdependencia e indivisibilidad.

Puede considerarse que los derechos económicos, sociales y culturales requieren una mayor acción positiva del Estado, o un estudio más profundo desde la formación e implementación de las políticas públicas; no obstante, ello no alcanza a justificar características propias para los derechos económicos, sociales y culturales.

El principio pro persona, relativo también a los DES, es medular e ineludible cuando un órgano administrativo o judicial, tiene que interpretar y aplicar un instrumento a un supuesto caso de violación de los derechos humanos.

Los derechos económicos, sociales y culturales tienen una dimensión individual y otra colectiva; esta última dimensión obliga a readecuar algunas de las características, y la evolución jurídica permite identificar el principio pro sociedad, que da respuesta al aspecto colectivo de los derechos económicos, sociales y culturales. Este principio pro sociedad representa la evolución progresiva del principio pro persona cuando los derechos se interpretan en clave social.

Cada Estado debe garantizar de acuerdo a sus posibilidades socioeconómicas, programas para avanzar de manera constante y gradual a la realización completa de estos derechos, encontrándose además obligado al respeto de los derechos económicos, sociales y culturales independientemente de su nivel de desarrollo económico por lo que deben incluir el reconocimiento de estos derechos dentro de su ordenamiento jurídico así como proveer de mecanismos adecuados, para hacerlos justiciables.

A pesar de la igualdad de jerarquía, entre los derechos civiles y políticos y los DESC, estos últimos son conocidos (lamentablemente) como derechos de segunda categoría o generación. Dicha clasificación nació con un anhelo pedagógico; sin embargo, con el correr del tiempo contribuyó a construir distinciones ficticias entre ambos tipos de derechos, que han relegado el nivel de protección y desarrollo de los derechos económicos, sociales y culturales. En la actualidad dicha clasificación carece de fundamento teórico, pues al considerar a los derechos humanos como una integralidad e indivisibilidad en el ejercicio de éstos, carece de sentido práctico, referirse a ellos como subdivididos por generaciones.

Se ha pretendido establecer diferenciaciones entre unos y otros derechos en razón de la carga asumida

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