Derechos Humanos
d132416 de Febrero de 2015
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ANALISIS
l.- UNIVERSALIDAD HISTORICIDAD Y ESPECIFICACIÓN DE LOS DERECHOS.
Al iniciar este capítulo se aclara que los derechos no siempre han estado presentes a lo largo de la existencia de la humanidad. Para Norberto Bobbio, tiene una edad ya que son producto de las necesidades que desarrollan las sociedades.
El desenvolvimiento de los derechos se ha dado a través del tiempo y la evolución pero no han sido tan perfectos como para alcanzar una universalidad plena.
Robert Alexy explica la universalidad con respecto a los titulares y a la universalidad de los que los destinatarios, la primera consiste en que los derechos humanos corresponden a estos en su totalidad, los destinatarios se refiere a que no solo es al ser humano en lo individual sino también para los grupos.
El fundamento de la universalidad de los derechos se basa tanto en razones teóricas como normativas.
Desde el punto de vista normativo: es común basarse en los textos legales o constituciones de los estados.
Desde el punto de vista teórico: habla de los derechos subjetivos que corresponden universalmente a todos los seres humanos en cuanto tengan el estatus de persona o de ciudadanos
Los derechos fundamentales como derechos universales es de ayuda para deducir su inalienabilidad y su no negociabilidad
La base normativa de la universalidad de los derechos humanos esta también plasmada en diversos pactos, tratados y convenciones internacionales que existen sobre estos.
A partir de la declaración de 1948 de los derechos humanos estos dejan de ser una cuestión interna del estado y se incluyen n el campo del derecho y las relaciones internacionales, los particulares se vuelven en sujetos de ese nuevo derecho.
Los tribunales nacionales empiezan a aplicar las normas jurídicas internacionales, y los problemas antes internos adquieren relevancia internacional.
Según Boaventura Sousa, la pregunta de la universalidad de los derechos es en realidad una pregunta propia de la civilización occidental pero que no necesariamente es compartida por otras culturas.
Por este motivo es necesario entablar diálogo intercultural que permita intercambiar ideas pero sin perder a los estándares mínimos de convivencia.
Las empresas trasnacionales y los regímenes autoritarios son los que más se benefician de las carencias reales de la universalidad de los derechos.
En las empresas trasnacionales buscan países pobres para que realicen sus productos en masa con un sueldo bajo y con condiciones inhumanas de trabajo
En el caso de los regímenes autoritarios se escudan en la vieja noción de soberanía para poder seguir violando los derechos humanos.
Los derechos deben servir como un parámetro mundial para que los gobiernos no se justifiquen en el relativismo ético y realicen excesivas violaciones a los derechos humanos
Los derechos tienen una edad, para decirlo como Bobbio. Es decir que van surgiendo tal como lo permitan las condiciones ideológicas y sociales.
La necesidad de una universalidad es porque las culturas mayoristas incluso en regímenes democráticos tienden a querer imponer las sobre las minorías.
ll.- LOS DERECHOS FRNTE A LA CIUDADANIA Y LA SOBERANIA
Las nociones de ciudadanía y soberanía todavía funcionan como limitaciones jurídicas a la extensión universal de los derechos humanos.
La ciudadanía es un concepto y habla de la unión de un sujeto al Estado nacional tal concepto se llevó a cabo en virtud de las conexiones territoriales o por lazos de parentela.
A partir de éste se han construido la distinción entre ciudadanos y extranjeros.
Actualmente, con base en la ciudadanía se siguen manteniendo inaceptables discriminaciones y desigualdades basadas en un accidente tan simples como puede ser el lugar de nacimiento.
Los estados que utilizan como escudo o como pretexto el tema de la ciudadanía perennidad derechos básicos a los inmigrantes o en general a los extranjeros están legislando no solo en contra de la universalidad de los derechos fundamentales, sino sobre todo en contra de la institución histórica que parece señalar que los fundamentos que se tenía en el pasado para distinguir entre ciudadanos y extranjeros hoy no existen.
Por otra parte el Estado se ha visto asediado por infinidad de poderes privado y semiprivados que actuando siempre de la legalidad and si han ido minando su campo de tiro de actividades y han puesto en riesgo tanto la legitimidad con su capacidad de mantener el monopolio de la violencia puesto en riesgo tanto la legitimidad con su capacidad de mantener el monopolio de la violencia
Pero a pesar de todo situación o menos emergentes no se puede concebir que el Estado no sea necesario o que su presencia incompatible con la universalidad de los derechos.
Lo más seguro es que la imagen de homogeneidad social en la q en el pasado para la construcción de los Estados nacionales no fuera más que un excesivo indemnización que no parecía tener demasiado respaldo sociológico.
Para acortar la distancia por lo menos desde el punto de vista jurídico que existe entre los ciudadanos y los extranjeros quizá podría recuperar es el sentido del artículo 4º de la Constitución francesa de 1793 recordado por Habermas que disponían que el estado de ciudadanía se otorgaba todo extranjero adultos que recibí s durante un año en Francia.
La de soberanía es un concepto muy diversas connotaciones unas políticas y otras jurídicas.
Actualmente la soberanía todavía sirve de excusa para que se lleven a cabo las más miserables violaciones de la dignidad humana; función del todavía parapeto de tiranos y genocidas, a pesar de que desde hace ya muchos años se rindió a los encantos de la globalización económica que permitió que las empresas transnacionales llegan más lejos en la búsqueda de nuevos mercados por explotar.
Por fortuna hoy son cada vez más las voces que se levantan encontré la soberanía utilizada como pretexto para la violación de los derechos
Un área en la que se ponen en juego las posibilidades de los derechos en relación con la soberanía y la ciudadanía es la que se refieren los refugiados en las respectivas políticas de asilo desarrolladas por los Estados -Nación.
Los países democráticos tendrían que poner en marcha de inmediato políticas generosas de asilo compatibles con el discurso sobre la Universidad de los Derechos humanos.
La inmigración humanitaria es una realidad de nuestros días y México que en este punto tiene la doble experiencia de haber recibido en el pasado muchos inmigrantes y de ser actualmente uno de los países que mayores flujos de migrantes tienen el mundo.
lll.- ¿ DE LA CIUDADANÍA Y DE LA SOBERANÍA HACIA DÓNDE?
Asumiendo qué tal es naciones de Adam superarse en orden. De realizar de forma más amplia y efectiva la universalidad de los derechos se avanza en saber lo que no queremos, que sin saber todavía qué es lo que sí resulta compatible con las pretensiones y necesidades de una universalidad.
Ferrajoli adelanta en un ensayo muy sugerente como todos los suyos, en una de las propuestas para la construcción del llamado "constitucionalismo mundial o constitucionalismo de derecho internacional".
Como medidas para superar esa laguna y para asegurar la paz exterior y los derechos humanos en el interior Ferrajoli propone tres cuestiones concretas:
a) Una reforma de la jurisdicción de la Haya basada sobre cuatro puntos.
b) La prohibición de todas las guerras; esto, para ser efectivo requiere según Ferrajoli en la creación de una policía internacional y la atribución a la Corte Internacional de Justicia de la competencia para resolver y desactivar los conflictos.
c) La tercera propuesta de Ferrajoli consiste en otorgar a los pueblos en vías de desarrollo los derechos que en su tiempo Francisco de Vitoria atribuyo los conquistadores.
Vl.- NUEVOS SUJETOS Y NUEVAS FRONTERAS DE LOS DERECHOS
Por lo que hace a los actores, para ser congruentes con la propuesta Express los conceptos de ciudadanía y soberanía, seden fortalecer los mecanismos internacionales de medición y solución de conflictos.
Vale la pena dejar simplemente apuntada, casi como una precondición de todo lo demás, la necesidad de pensar en los siguientes 3 puntos.
a) Procurar una efectiva democratización de los espacios internacionales.
b) Cambiar el uso que actualmente se le da las fronteras o mejor dicho modificar su objetivo de servir como un filtro para la libre circulación de los seres humanos.
c) Meditar sobre la posibilidad de crear un código penal internacional que corresponda desde el punto de vista sustantivo con lo que representa el Tribunal Penal Internacional desde el punto de vista adjetivo.
Desde luego un lugar preeminente dentro de los actores a favor de los derechos no tienen las diversas organizaciones no gubernamentales que han realizado una tarea muy meritoria en los últimos años al grado qué se puede decir que su aparición ha sido la nota más vital en el escenario de los derechos humanos de los últimos años.
Junto a las ONG hay que dar cuenta también del surgimiento de una especie de sociedad civil mundial en estado del todo embrionario desde luego que se ha ido organizando y reuniendo para protestar contra las políticas neoliberales impuestas por el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional. Se trata de grupo de jóvenes ecologistas,
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