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Derechos Humanos

ANNASIERRA9 de Febrero de 2013

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E N S A Y O

TEORÍA IUSNATURALISTA.

Ana Lilia Hernández Sierra

Grupo: 9036

DERECHOS HUMANOS: Actividad de Autoevaluación.

Unidad: 1

Elabore un ensayo de 2 a 3 cuartillas en donde exponga qué teoría (generacional, esencialista, positivista o iusnaturalista) considera más pertinente y por qué.

De las deducciones extraídas a partir de los últimos preceptos del Derecho Natural, surge el Derecho Positivo implicando así que coexistan la ley natural y ley positiva.

Su finalidad es la regulación de conductas humanas ofreciendo criterios normativos de carácter uiversal, en el contexto de un sinfín de circunstancias particulares., precisando el Derecho Natural del positivo, para explicitarse a través de sus normas y poder llegar así a una regulación inmediata de las relaciones sociales.

Las aportaciones del pensamiento clásico es ofrecido por Aristóteles, que recoge el precedente de Platón de la senectud, quien rectificó en este punto opiniones propias, podría enunciarse como la supremacía de la ley sobre la actividad judicial libre., y el parece inclinarse en la República por el sistema del arbitrio judicial.

Aristóteles por el contrario sobre todo conviene que las leyes rectamente establecidas en cuantos sea posible determinen por si mismas todas las cosas y dejen lo menos posible a los que juzgan.

Destaca el movimiento del Derecho libre capitaneado por Kantorowicz en su obra Der Kampf um die Rechtswissenscaft, publicada en 1908.

"La libertad se toma como presupuesto indispensable de la justicia. Cuando la ley tenga una solución cierta, el juez no debe dedicarse a investigar la voluntad del legislador, como propugnaba el método tradicional, sino que ha de resolver conforme a la regla que el legislador, según su firme convencimiento, habria adoptado como una postura crítica, después desempeña una función creadora"

"Toda ley humana tiene razón de ley en tanto en cuanto se deriva de la ley natural . Si en algo se separa de la ley natural no será ley, sino corrupción de ley".

En esta cuestión se cree que lo prudente es adoptar una posición equilibrada entre ambos extremos. La actividad judicial debe moverse, desde luego, dentro de un marco normativco que impida la presencia en el fallo de todo personalismo, pero el referido marco normativo tiene que ser lo suficientemente amplio como para dejar un ámbito que permita al juez moverse dentro de él con una cierta holgura para que pueda llevar al fallo la ponderación de las circunstancias del caso,será diferente para cada ordenamiento jurídico y dependerá de de una serie de factores de hecho que se den en el grupo social de que se trate: cultural, político, económico e histórico.

La segunda razón que justifica la existencia de leyes positivas está en el carácter de los preceptos de la ley natural., estos, son generales y abstractos, no siendo por ello aptos para regular de modo eficaz la vida social .

El gobernante puede y debe ajustar sus normas en todo momento a lo que las circunstancias aconsejen como más conveniente a los intereses de la comunidad, mas su libertad normativa tiene que desenvolverse dentro de los márgenes que le impone el obligado sometimiento a los preceptos de la ley natural. Yesta limitación constituye para los gobernados la mejor garantía de que el Derecho no va a ser utilizado por el poder como un instruento de despotismo y tiranía., en esta materia se halla el problema de las llamadas leyes injustas.Cuando el legislador al dictar las normas positivas, se inspire en la ley natural, la justicia de ésta se transfundirá a aquellas que serán, por tanto, leyes justas. Mas también puede acontecer que los preceptos positivos se aparten e incluso contradigan los postulados iusnaturales, con lo que aquéllos habrán de

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