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Derechos del niño, niña y adolescente

KarelysTutorial5 de Noviembre de 2013

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DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA Y ADOLESCENTE

Los derechos de la infancia y la adolescencia son un reflejo de los derechos dela persona en general, existiendo sin embargo, cierta categoría de ellos que requieren una protección particular dado el carácter vulnerable del menor de edad. Diversos instrumentos jurídicos están dirigidos a la protección de la infancia y la adolescencia: la Declaración de los Derechos del Niño, la LOPNA, la Constitución, Como indicamos el fundamento de orden natural de protección a la infancia se proyecta en las normas de nuestro ordenamiento. En sentido amplio comenzaremos por resaltar en Ley Orgánica de Protección del niño y el adolescente. En ella se reconocen los derechos y Garantías en el Capitulo II desde el artículo 15 hasta el 93. Estos derechos se pueden enunciar de la siguiente manera:

• El derecho a vivir.

• Derecho a la integridad física.

• Disposición del cuerpo.

• El derecho a la identidad.

• El derecho al atributo del nombre civil.

• El derecho a ser inscrito en el registro del estado civil.

• Derecho a la libertad.

• Derecho al honor.

• Derecho a la privacidad.

• Derecho a la intimidad.

• Autodeterminación informativa.

• Derecho a ser criados en una familia.

• Derecho del niño de relacionarse con sus padres.

• Otros derechos.

RELACIÓN DE LA CONSTITUCIÓN, CON LOS DERECHOS YGARANTÍAS DE LOS NIÑOS Y ADOLESCENTES.

Art. 78 Constitución Bolivariana de la República de Venezuela Los niños, niñas y adolescentes son sujetos plenos de derecho y estarán protegidos por la legislación, órganos y tribunales especializados, los cuales representarán y desarrollarán los contenidos de esta Constitución, la Convención sobre los derechos del Niño y demás tratados internacionales que en esta materia haya suscrito y ratificado la República.

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente (LOPNA) constituyen normativas que desarrollan a plenitud la Convención sobre los Derechos del Niño y el paradigma sobre el cual ella se fundamenta: la Doctrina de la Protección Integral

La Constitución Bolivariana y la LOPNA representan referencias obligadas en el plano internacional sobre modelos de adecuación legislativa a esta Convención.

DEBERES DE LOS NIÑOS, NIAS Y ADOLESCENTE

Artículo 93. Deberes de los Niños y Adolescentes. Todos los niños y adolescentes tienen los siguientes deberes:

a) Honrar a la patria y sus símbolos;

b) Respetar, cumplir y obedecer todas las disposiciones del ordenamiento jurídico y las órdenes legítimas que, en la esfera de sus atribuciones, dicten los órganos del poder público;

c) Respetar los derechos y garantías de las demás personas;

d) Honrar, respetar y obedecer a sus padres, representantes o responsables, siempre que sus órdenes no violen sus derechos y garantías o contravengan al ordenamiento jurídico;

e) Ejercer y defender activamente sus derechos;

f) Cumplir sus obligaciones en materia de educación;

g) Respetar la diversidad de conciencia, pensamiento, religión y culturas;

h) Conservar el medio ambiente;

i) Cualquier otro deber que sea establecido en la Ley.

RESPONSABILIDAD PENAL DEL ADOLESCENTE

En el titulo V de a ley, aparece todo lo referente al sistema penal de responsabilidad del adolescente. Este sistema esta integrado por el conjunto de órganos y entidades que se encargan del establecimiento de la responsabilidad del adolescente.

El adolescente que incurra en la comisión de hechos punibles, responde por su infracción en la medida de su culpabilidad. Se considera adolescente infractor a aquel que ha cometido actos previamente definidos como delito o falta según la ley penal.

Integrantes del sistema penal de responsabilidad.

• Sección de adolescentes del tribunal penal.

• Sala social del tribunal supremo de justicia.

• Ministerio publico

• Defensorías públicas

• Policía de investigación

• Programas y entidades de atención.

Con respecto a la responsabilidad penal del niño la LOPNA expresa: "cuando un niño se encuentra incurso en un hecho punible, solo se le aplicaran medidas de protección, de acuerdo a lo previsto en esta ley", en cambio al adolescente infractor, aunque no tenga plena capacidad para entender la magnitud del daño cometido, se le responsabiliza por ello, aplicándosele una sanción con fines esencialmente educativos.

El articulo 528 expresa: "el adolescente que incurra en la comisión de hechos punibles, responde por el hecho en la medida de su culpabilidad, de forma diferenciada del adulto. La diferencia consiste en la jurisdicción especializada y en la sanción que se le impone"

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACION

L.B.N.B “JUAN ANTONIO MANDARINO”

PROFESORA:

ALEISLIN RAMIREZ

INTEGRANTE:

WILLIANNIS LARA

2DO “A”

Nº 14

CARACAS, MARZO DE 2013.

INTRODUCCION

Los Aspectos formales de la escritura se refieren a las herramientas lingüísticas que caracterizan a la lengua escrita. Hay una serie de normas formales como los aspectos ortográficos, sintácticos, morfosintácticos que debes seguir a la hora de escribir y son diferentes a los de la lengua oral. El lenguaje escrito es un registro mucho más formal. Por ejemplo, oralmente en una conversación se puede decir " vente pa ca”; pero por escrito la única forma correcta y gramatical sería: "vente para acá".

Los aspectos formales de la escritura son de gran importancia a la hora de redactar cualquier texto y además de esto nos permite expresarnos con claridad, dándole sentido al texto y permitiendo que se de una comunicación eficaz.

ASPECTOS FORMALES DE LA ESCRITURA

Para la mejor presentación de los párrafos y la buena relación entre ellos dentro del lenguaje escrito es preciso que observen los aspecto formales de la escritura con el fin de que esta produzca buena impresión en el lector y sea capaz de ganarlo para su causa: en las cuales son

1. Letra clara y legible:

Lo cual supone que se pueda leer con facilidad rasgo uniformes en cuanto a su tamaño y espacios proporcionando entre las letras y demás estructura

2. Buena ortografía:

Condición indispensable en cualquier asunto supone una escritura correcta y los signo de puntuación y entonación bien colocados:

3. El margen:

Espacio en blanco que queda entre los bordes de una página y el texto escrito

4. La sangría:

Espacio en blanco que deja entre el margen izquierdo y la línea primera de cada párrafo

5. Pulcritud o limpieza

6. Uso adecuado de las letras mayúsculas:

El uso de las mayúsculas es uno de los aspectos más curiosos de nuestra gramática. Antiguamente, se escribía con mayúscula la primera palabra de cada verso. Por esta costumbre, las letras mayúsculas también reciben el nombre de versales.

• La primera letra de un escrito y la que va después de un punto: Me lo había regalado mi abuelo. Era un reloj de pulsera. Yo tenía diez años.

• Los nombres propios: África, Manila, Pérez, Everest.

• Los seudónimos, sobrenombres o apodos: Alfonso X el Sabio, Francisco Rivera Paquirri.

• Los nombres sagrados: Jesucristo, la Inmaculada Concepción, la Santísima Trinidad.

• Los nombres de instituciones: el Ejército, la Corona, el Senado.

• Los títulos de obras, cuadros, canciones, etc.: Fuenteovejuna, Las lanzas, El amor brujo.

• Los números romanos: DCCVII, LX.

LA ORTOGRAFÍA

La ortografía es la parte de la gramática normativa encargada de establecer las reglas que regulan el correcto uso de las palabras y de los signos de puntuación en la escritura.

LOS SIGNOS DE PUNTUACIÓN

Los signos de puntuación delimitan las frases y los párrafos y establecen la jerarquía sintáctica de las proposiciones, consiguiendo así estructurar el texto, ordenar las ideas y jerarquizarlas en principales y secundarias, y eliminar ambigüedades, estos desempeñan en la escritura una labor parecida a la de las señales de tránsito.

Los Diferentes Signos son:

• La Coma (,)

Corresponde con una breve pausa que se hace al hablar, la cual determina el sentido de la oración.

• El Punto y Coma (;)

Se utiliza para separar oraciones cuyos contenidos tienen proximidad. En resumen, el punto y coma sirve para separar oraciones largas, semejantes en serie.

• El Punto (.)

Representa una pausa en el habla, existen dos clases de punto: el punto y aparte, que se usa al final de un párrafo y el punto y seguido, que se usa cuando terminada una oración, seguimos tratando el mismo asunto.

• Los Dos Puntos (:)

Tiene como finalidad

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