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Desde el comienzo de la civilización el ser humano ha producido los alimentos y las cosas que necesita para su alimentación

Karin Jiménez HerreraTesis2 de Febrero de 2018

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CAPITULO I

EL PROBLEMA

Planteamiento del problema

Desde el comienzo de la civilización el ser humano ha producido los alimentos y las cosas que necesita para su alimentación y vestido, sembrando semillas y transformando la materia prima que le brinda el entorno que le rodea, es decir, la naturaleza y para que todos los individuos tuviesen acceso a dichos alimentos o productos utilizaban el trueque como medio de transacción, ya que dicho proceso consiste de acuerdo a Guzmán (S/F) n el intercambio de un producto por otro.  Destacándose que para la aplicación del trueque las personas o familia se reunían a orillas de los principales caminos y de los más importante ríos existente en las ciudades antiguas como Mesopotámica, Grecia, Roma, entre otras, lo que según el mismo autor dio forma rudimentaria al mercado, entendiendo este concepto como el lugar donde se reúnen los oferentes (quienes ofertan el producto) y los demandantes (quienes lo necesitan) para realizar la respectiva transacción.

No obstante el trueque tenia algunas desventajas pues tal como lo indica Mejía+++++      si alguien deseaba vender una mercancía pero en ese momento no necesitaba ninguna otra a cambio, el trueque resultaba un sistema poco práctico que siempre hacia dudar del valor de los productos a intercambiar. Se buscó entonces un elemento que fuera generalmente aceptado en los procesos de intercambio. Era importante que fuera divisible, para permitir intercambios pequeños, y que resultara fácil de almacenar y trasladar. Es así como se llega a la invención de la moneda la cual según el mismo autor se llamó “Caun” que significa “pequeña concha”  y se utilizó en el continente africano.

Con la aparición de la moneda comienza a tomar forma organizada los mercados entendidos según Kotler (1992) como el “proceso social y de gestión a través del cual los distintos grupos e individuos obtienen lo que necesitan y desean, creando, ofreciendo e intercambiando productos con valor para otros”. Con el mercado también aparecen los concepto de compra y de venta,  entendiéndose la venta como la colocación de un bien o servicio que otro necesita y la compra como la adquisición del producto dispuesto en el mercado, es con estas acciones (comprar y vender) que se da origen a los actos de comercio propiamente dicho. Siglos después,  los vendedores y compradores establecidos en los mercados  se percataron de la necesitan de  reglamentar su funcionamiento elaborando las primeras normas y controles en esta actividad, siendo ejemplo de ello de acuerdo a López (s/f) las tablillas babilónicas encontradas en Nippur, las cuales contenían datos sobre las acciones realizadas por una familia de comerciantes.

Es de hacer notar que los mercados y la actividad comercial siguieron evolucionando en el tiempo y para la edad media (siglo V al XV D.C) se establecen las primeras leyes jurídicas en derecho comercial en la ciudades de Florencia, Milán, Roma, y Verona, las cuales, eran ricas en recursos naturales y desarrollaban actividades de transporte terrestre y marítimas, donde le daban a sus habitantes la posibilidad de producir ampliamente vestidos, alimentos y otros productos necesarios para su vida diaria por lo cual en  1492, los mercados y la actividad comercial estaba reglamentada en los continentes conocidos, pero paso a tierras Americanas mediante el proceso de colonización, llevado a cabo por los colonizadores Españoles, Ingleses, y Portugueses, quienes empezaron a dominar a los aborígenes americanos, mediante acciones violentas, tomando sus riquezas como oro, plata y otros metales preciosos para comercializarlas en el viejo continente, es decir, Europa.

Para ejercer la actividad comercial en América los colonizadores crearon una serie de organizaciones claramente definidas, tales como la compañía Guipuzcoana en Venezuela, cuya finalidad según Martinez (1962) fue una sociedad mercantil legalmente constituida el 25 de septiembre de 1728, para prevenir el contrabando de mercancías, Pero en el año de 1810 Venezuela logra su independencia y pasa a ser una república libre y soberana, promulgándose la primera constitución en 1811, y años después en 1862 se promulga el primer código de comercio que tenia una gran influencia Francesa y Española por lo cual era considerado por los estudiosos de la economía en la época como muy primitivo.

Otros códigos de comercios fueron promulgados en los años 1873, 1904 y en 1919 se promulga el que esta aun vigente, solo que ha sufrido varias reformas importantes en los años 1938, 1942, 1945, 1955 y por ultimo en el año 2001, para adaptar su articulado a los cambios que se han generado en la sociedad venezolanas durantes los últimos 100 años. Es bueno aclarar que la finalidad de este código según su artículo 1°, es regir las obligaciones de los comerciantes en sus operaciones mercantiles y los actos de comercio, aunque sean ejecutados por los no comerciantes. Este articulo es entonces el punto de partida para el cumplimiento de los deberes formales en materia contable en Venezuela, entendiéndose que un deber formal es  la obligación que debe cumplir un contribuyente en este caso un comerciante, de acuerdo a las disposiciones establecidas en las leyes especiales y reglamentos.

Se debe indicar que los códigos de comercios y otras leyes en materia contable y financiera en Venezuela se fundamentan en la contabilidad actividad que de acuerdo con el Instituto Americano de Contadores Públicos, se  define como “el arte de registrar, clasificar y resumir, de manera significativa y en términos monetarios, transacciones que son, en parte al menos, de carácter financiero, así como de interpretar los resultados obtenidos”,  añadiendo que este arte debe ser ejercidos por individuos  con una alta capacidad y formación académica en materia contable, entre ellos los profesionales de la contaduría pública, quienes en su rol profesional tiene la competencia de orientar a los propietarios de algún tipo de comercio o establecimiento comercial, pero que el ámbito social son conocidos como comerciantes.

Un punto interesante es que en Venezuela, como en el resto del mundo, los comerciantes pueden ser clasificados en diferentes tipos es decir, grandes, medianos y pequeños esto es así porque los grandes comerciantes tienen amplio recursos económicos y son capaces de producir bienes y servicios con gran facilidad, acciones que no pueden realizar las de tipos medianas y pequeñas, las cuales muchas veces luchan por mantenerse operativas en medio de las dificultades que se les presentan. Estas dos últimas también son consideradas como PYMES (pequeñas y medianas empresas) que según Macías (2011) poseen características básicas que permiten identificarlas, entre ellas tenemos la limitaciones en la capacidad financiera, la capacidad de generación de empleo y la capacidad para su promoción o proyección social, aun cuando  pueden ser organizaciones con lógica, ética, formación cultural y espíritu emprendedor.

Las PYMES (pequeñas y medianas empresas) que esta en el territorio nacional deben funcionar de acuerdo a las normas VEN-NIF-PYME, es decir, las normas de información financiera de Venezuela, también llamadas principios de contabilidad generalmente aceptadas. La aplicación de estas normas son supervisadas por las diferentes instituciones del Estado venezolano, como  lo son: el Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) para el calculo de los diferentes tributos, y la Superintendencia Nacional para la Defensa de los Derechos Socioeconómicos (SUNDDE) en el cálculo de precios justos a través de una estructura de costos.

Es de hacer notar que las mayorías de las PYMES ubicadas en el territorio nacional funcionan en locales comerciales que  se dedican a la venta de bienes y a la prestación de servicios tales como cantinas, restaurantes, zapaterías, librerías entre otras,  ya que  un local comercial es un lugar físico en el cual el comerciante tiene los artículos para la venta o la prestación de un servicio determinado. Se debe señalar que en Venezuela  la apertura de todo local comercial está regulado por el Estado quien les imponen a sus propietarios o responsables los deberes formales que deben cumplir en materia contable y tributaria. Para vigilar el cumplimiento de estos deberes formales el Estado se apoya en la función del ministerio del poder popular para la economía y finanzas o las instituciones adscritas a dicho ministerio.

Se debe señalar que los deberes formales en materia contable son de acuerdo a Hernández (2002), son “el conjunto de normas reguladoras de los procedimientos que la administración tributaria utilizó para que el tributo legislativamente creado se transforme en tributo finalmente percibido”. La importancia de estos deberes radica en que su aplicación garantiza el control del Estado sobre los actos de comercio realizados  por los comerciante   Por tanto, cuando un comercio independientemente  de su especie o denominación, no cumple con estos  deberes está actuando contrario a las leyes en materia contables,  lo que ocasiona la aplicación de  las sanciones y multas correspondientes   que pueden ser  carácter administrativas o pecuniarias.

Es tal la importancia que tienen los locales comerciales en el país que los mismos se pueden encontrar con facilidad en espacios o lugares de gran afluencia pública como urbanizaciones, hoteles, instalaciones deportivas, parques recreativos y hasta las instituciones de educación superior. Esto se explica porque las personas que asisten a estos lugares o espacios ya sea de manera frecuente o esporádica deben satisfacer sus necesidades básicas, entre ellas las de comidas, vestidos, arreglos personal, compra de insumos laborales, estudiantiles o de cualquier otra índole. Por este motivo la apertura de los locales comerciales está claramente reglamentada en el código de comercio, el código orgánico tributario, la ley del impuesto al valor agregado y su reglamento así como también las ordenanzas municipales y otras leyes de la república.

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