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Distintos centros de imputación normativa


Enviado por   •  18 de Agosto de 2019  •  Tesinas  •  553 Palabras (3 Páginas)  •  316 Visitas

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4.2 Distintos centros de imputación normativa

Por principio de cuentas debemos dar una introducción acertada al punto en cuestión, esto hace referencia a que se toma con criterio de universalidad la siguiente premisa: El hombre es el centro de imputación normativa, y aunque diversos autores ponen en tela de juicio el verdadero significado de hombre, se toma como premisa universal al hombre desde su calidad como persona jurídica.

Retomando, cuando hablamos de una persona física o jurídica individual sabemos que tiene derechos y obligaciones, Kelsen nos dice:


“… el individuo responsable es el objeto de la conducta del órgano estatal encargado de aplicarle una sanción, en tanto que el individuo obligado es el sujeto de la conducta que forma el contenido de su obligación. La noción de obligación está ligada a la de hecho ilícito, en tanto que la responsabilidad se relaciona con la sanción.”  [1]


Con esto el autor hace referencia a las obligaciones y responsabilidades que se tienen como persona física ante el estado.
Si analizamos a una persona moral como objeto del derecho nuevamente Kelsen nos dice:


“Si examinamos el caso en que hay una responsabilidad colectiva, observamos que siempre hay una relación entre el autor del acto ilícito y los individuos contra los cuales está dirigida la sanción. Esta relación permite admitir que una sanción dirigida contra las personas colectivamente responsables de un acto ilícito recaerá indirecta mente sobre su autor.”[2]


Ahora, con un objetivo claro, podemos hacer énfasis en las cualidades o atributos que distinguen a una persona y estos son:

“Existencia real no ficticia. Ser racional. Conducta libre.”[3]


Para reforzar los atributos de las personas físicas y morales sobre las que recae una obligación con el estado es necesario aclarar la parte de normatividad con la que está ligado, para esto Fausto Vallado Berrón nos dice:

“la normatividad, el deber de ser, es la categoría primaria que expresa la obligación que tiene el hombre de realizar lo valioso, lo justo, lo bueno, es quedarse a la vera del camino, pues nada nos enseña ni puede enseñarnos, ya que al hablar de valor, justicia y bondad, se están manejando conceptos ideológicos que carecen de validez universal.”[4]


Siendo así, podemos tomar como válido el criterio de universalidad acerca de que el hombre es el centro de imputación normativa… Sea una persona física o moral y para concluir,  Eduardo García Máynez dice:


“Los hombres que pertenecen a un estado componen la población de este. La población desempeña desde un punto de vista jurídico un papel doble. Puede, en efecto, ser considerada como objeto o sujeto de la actividad estatal.” [5]

Por último cito nuevamente a Máynez, pues nos hace referencia acerca de los derechos que puede proclamar una  persona ante el estado:

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