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Documentos Legales Que Nacen De Las Relaciones Colectivas De Trabajo


Enviado por   •  15 de Abril de 2015  •  403 Palabras (2 Páginas)  •  184 Visitas

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Los elementos esenciales de un contrato colectivo de trabajo son aquellos elementos que estructuran el contrato, sin falta uno de ellos en contrato no podrá existir. Son los siguientes:

Consentimientos de las partes:

Significa que las partes dentro del contrato están de acuerdo con celebrarlo, nadie los obliga sino que voluntariamente están de acuerdo con ellos y con los derechos y obligaciones que se contraen al celebrar dicho convenio.

Objeto posible:

Esto es que el objeto del contrato creé derechos y obligaciones entre las partes además de crear un sistema normativo que regule sus acciones y condiciones de trabajo. Además de acordar cuestiones como la vigencia, temporalidad y territoriedad del contrato cómo será revisado y demás.

Los elementos de validez del contrato Consisten en una serie de requisitos de deben reunir los contratos, ya que de no ser así el contrato será nulo.

Capacidad de las partes

Significa que las partes que integran el contrato estén facultados para ejercer su capacidad de ejercicio. En el caso del patrón, éste deberá ser mayor de edad, y e el caso de las personas morales tendrán que mostrar su capacidad de representación, Los representantes sindicales acreditaran su personalidad con la acreditación que les extienda la Secretaria de Trabajo y previsión Social o la Junta de Conciliación y Arbitraje.

Libre albedrío:

Esto consiste en que el contrato celebrado entre las partes esté libre de vicios, que no exista mala fe, dolo, error, violencia, lesión y demás. La voluntad que expresen las partes debe ser libre y con consentimiento.

Licitud del objeto.

Como sabemos el objeto de un contrato colectivo de trabajo es el poder establecer las condiciones en las cuales se desarrollará y prestará el trabajo, según el artículo 386 de la Ley Federal de Trabajo por lo que si el objeto que persigue el contrato es diferente a lo antes mencionado será nulo.

La forma:

La forma de celebración del contrato se estipula en el artículo 390 de la Ley Federal de Trabajo el cual claramente dice que el contrato deberá llevarse a cabo de manera escrita, además de contener penas de nulidad del mismo, se entregará a cada una de las partes un ejemplar y habrá un tercer ejemplar que deberá depositarse ante la Junta de Conciliación y Arbitraje o en la Junta Local o Federal según sea el caso. Dicho contrato surtirá efectos a partir de la hora y el día en el que se haya presentado ante la junta.

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