ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

EL ACOSO LABORAL O MOBBING EN MÉXICO


Enviado por   •  20 de Noviembre de 2014  •  Síntesis  •  1.875 Palabras (8 Páginas)  •  232 Visitas

Página 1 de 8

EL ACOSO LABORAL O MOBBING EN MÉXICO

El 44 por ciento de los profesionistas mexicanos ha sido víctima de mobbing o acoso laboral, porcentaje del cual la mitad son mujeres, mientras que 65 por ciento ha sido testigo de ese tipo de abuso en contra de algún compañero de trabajo, reveló una encuesta realizada el pasado mes de junio por la bolsa de trabajo vía Internet OCCMundial.

Al cuestionar a los participantes sobre el origen del acoso, 45 por ciento afirmó que lo realizan en mayor medida sus superiores, 32 por ciento compañeros de trabajo y 23 por ciento compañeros de su área laboral.

La firma indica que a pesar de que en febrero de 2014, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) estableció los criterios para poder denunciar el mobbing, 9 de cada 10 profesionistas considera que debería de existir una legislación que castigue esta conducta.

De hecho, el sondeo muestra que 5 de cada 10 profesionistas afirman que en su empresa u organización no se ha establecido ningún canal de denuncia por acoso laboral.

Las 5 principales formas de acoso laboral o mobbing según los encuestados son:

1. Burlas o insultos

2. Bromas pesadas

3. Exclusión (ignorar a la persona y no dejarla participar)

4. Humillación

5. Exceso o sobre carga de trabajo

EL ACOSO LABORAL

* HIPOTESIS *

El mobbing es el acoso Constante, Contra alguien y con intención (regla de las 3C) que sufre una persona al ser atacada con razón o sin razón por alguno o algunos de sus compañeros de trabajo, descalificando sus capacidades, compromiso laboral u honestidad.

Este fenómeno comienza cuando la persona es criticada por la forma de realizar su trabajo. Al principio, las personas acosadas no quieren sentirse ofendidas y no se toman en serio las indirectas o vejaciones. No obstante, la situación resulta extraña para la víctima porque no entiende lo que está pasando y tiene dificultad para organizar conceptualmente su defensa.

El mobbing puede definirse de la siguiente manera:

• Es una situación que surge en una empresa, cuando grupos o personas aplican algún tipo de acoso sobre otra.

• En él se inhabilita la cualidad del trabajo en equipo.

• Existen intereses personales por encima del bien común.

• Hay manipulación para desacreditar a una persona.

FUENTE: http://www.mobbing.com.mx/

Acoso laboral en México

*1. ACOSO LABORAL*

1.1-concepto

“Acoso moral o mobbing” (1) desde una óptica social, tanto en su perspectiva individual como colectiva, de manera perversa en las relaciones laborales. Pero cabe preguntarse qué es el “acoso moral” o mobbing” este es definido como el “Conjunto de comportamientos, acciones o conductas ejercidas por una o diversas personas de forma sistemática y a lo largo del tiempo, destinadas a dañar la integridad física y psicológica de una o más personas, con un desequilibrio de fuerzas, con el objetivo de destruir su reputación y sus redes de comunicación y perturbar el ejercicio de sus funciones aprovechando las deficiencias en el sistema organizativo” (2). La actividad laboral en la Republica Dominicana y en especial en empresas nacionales e internacionales radicadas en el país, sean privadas o públicas, sin importar el rubro a que se dediquen, utilizan la práctica del acoso moral ante la precariedad de las ofertas de trabajo con el nivel de competitividad laboral necesarios en el día a día, aunque este, el acoso moral o mobbing no se encuentre tipificado en la normativa laboral dominicana, no es menos cierto que existe y que se practica de manera cotidiana contra un (a) empleado (a) cuyo superior(a) desea que abandone su puesto de trabajo sin “responsabilidad” para el , dejando la vacante para ser adjudicada dicha plaza a “otro u otra” que goce de las simpatías del encargado, o evitar la sombra que el empleado pueda hacer gravitar sobre el jefe o encargado, o que por tales presiones abandone “renunciando” a sus prestaciones laborales, aunque las reivindicaciones sociales son irrenunciables al tenor de espíritu del Código laboral, no es menos cierto que se soslayan las obligatoriedades de las mismas por desconocimiento del empleado o asalariado objeto del mobbing.

La Resolución con fecha 14 de mayo de 2001 de la UE, define mobbing como el “Comportamiento negativo entre compañeros o entre superiores o inferiores jerárquicos, a causa del cual el afectado es objeto de acoso y ataque sistemático durante mucho tiempo, de manera directa o indirecta, de parte de una o más personas, con el objetivo y/o efecto de hacerle el vacío”.

Esta repetición de comportamientos hostiles, técnicas de desestabilización e intrigas contra un trabajador que desarrolla como reacción graves problemas psicológicos duraderos. Es un proceso destructivo sutil, que puede llevar, a decir de los licenciados en psicología, a la discapacidad permanente, como así también a la muerte de la víctima. Muchas situaciones cotidianas, sobre todo en empresas con personal subordinado sometido a continuos acosos (moral, en principio) se dejan pasar por alto, debido a la imposibilidad de contar con una alternativa, hasta el momento, de obtener soluciones sin que se produzca el despido y por ende el sustento del sujeto objeto del mobbing. Es interesante la acepción

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (11 Kb)  
Leer 7 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com