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ELABORACIÓN DE REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO


Enviado por   •  10 de Junio de 2019  •  Tareas  •  1.893 Palabras (8 Páginas)  •  169 Visitas

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UNIVERSIDAD TECNOLOGICA DE HONDURAS

TAREA III PARCIAL

ELABORACIÓN DE REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO

  • ASIGNATURA: DERECHO LABORAL
  • CATEDRÁTICA: ABOGADA NORMA YAMILETH CASTELLANOS      FERNANDEZ
  • ALUMNO: ERICKA MARIELOS MENDOZA CALERO
  • # DE CUENTA: 200810410037
  • CARRERA: RELACIONES INDUSTRIALES
  • FECHA: 29 DE MARZO DEL 2019

INTRODUCCIÓN

A continuación se presenta el siguiente contenido sobre la definición del Reglamento Interno de Trabajo en una empresa, Al mismo tiempo se presenta al Departamento de Reglamentos Internos deTrabajo que es una entidad que rige la creación e implementación de un reglamento de trabajo yaprueban su vigencia dentro de una empresa.

OBJETIVOS

  • Dar un perspectiva clara y fácil de comprender de lo que son las distintas causales para la suspensión de los contratos de trabajo.

  • Orientar sobre los plazos que el código de Trabajo establece para evitar futuras sanciones o el fracaso en el proceso de acción disciplinaria.
  • Conocer el proceso legal a seguir en la Secretaria de Trabajo para la realización de una suspensión de Contrato de Trabajo.

PREAMBULO

La empresa y sus trabajadores reconocen que en sus relaciones de trabajo están en la obligación de proceder en forma justa y armoniosa, dando estricto cumplimiento a las disposiciones contenidas en la Constitución de la República, el Código de Trabajo, el Estatuto del Docente Hondureño y las diferentes leyes que rigen Obrero-Patronal, decretos legislativos, convenios internacionales y el presente reglamento.

Capítulo I

Disposiciones Preliminares

Art.1 El presente Reglamento de Trabajo de la empresa Liceo Tecnológico Español S de R.L, con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, Departamento de Francisco Morazán, Colonia América II etapa, 10 calle, 7 avenida, constituye un conjunto de normas obligatorias que determinan las condiciones a que deben sujetarse el patrono y sus trabajadores en la prestación de un servicio. La empresa se dedica al servicio de educación en los niveles de pre básica, básica y media de carácter privado.

Art.2 La aplicación de este presente reglamento comprende los establecimientos o lugares que se le denominan Liceo bilingüe centroamericano que a su vez serán los centros de trabajo y oficinas que la empresa posea, se entiende por centro de trabajo: oficinas administrativas, oficinas de administración docente, aula de clases auditorías canchas bodegas laboratorios áreas de recreo enfermería bibliotecas y demás sitios comprendidos en el establecimiento y sus dependencias y en las cuales el trabajador desarrollará sus labores en la atención a la categoría de trabajo,  el salario Y el respectivo contrato también deberán entenderse que todas las sucursales creadas en el territorio nacional forman parte de los establecimientos de trabajo y son por ende la aplicación de este reglamento de trabajo.

ART.3 Para los efectos del presente reglamento las leyes de trabajo y todo lo que deriva de la relación laboral el patrón es la persona natural designada como tal en este caso su gerente quién podrá nombrar de acuerdo a las necesidades de expansión del negocio o a su representante por sucursal y a través de ellos se contratará los servicios de uno o más trabajadores mediante un contrato o relación de trabajo para que los efectos de los representantes de la empresa se estará a lo dispuesto en el artículo 6 del Código del trabajo.

ART.4 El trabajador y a efecto de aplicar el presente reglamento será aquella persona natural que preste sus servicios de la empresa denominada Liceo Bilingüe Centroamericano sus servicios materiales, intelectuales o de ambos  géneros mediante el pago de una remuneración y en cumplimiento a un contrato o relación de trabajo.

CAPITULO II

REQUISITOS DE ADMISIÓN, APRENDIZAJE Y PERIODO DE PRUEBA

  ART.5 Toda persona que desee ingresar como trabajador en la empresa presentar a los siguientes documentos:

*Haber aprobado como mínimo la educación primaria en el caso del personal de servicio y para el personal administrativo y docente el grado o título que lo acredite para el desempeño de sus funciones.

* presentar hoja de vida actualizada.

*Solicitud de trabajo.

* Tarjeta de identidad o cualquier otro documento fehaciente en su casa Además de su carnet de seguro social si lo tuviere colegiación, inprema, escalafón.

* Constancia que acredite su experiencia título o diploma sí a juicio de la gerencia fuera necesario en atención al cargo que aspira.

* Suministrar 3 fotografías tamaño carnet.

* Constancia de no tener juicios pendientes en tribunales de Justicia extendidos por autoridad competente.

* Autorización escrita de representante legal y de autoridad competente si se trata de un menor al que la ley le permite el trabajo.

* Constancia de servicio extendida por el ultimo patrono de conformidad con lo establecido en el artículo 125 del Código de trabajo si el solicitante hubiera trabajado anteriormente.

* Tarjeta de salud.

*Carnet de trabajo para extranjeros cuando se trata de una persona de nacionalidad distinta a la hondureña dicho carnet debe ser extendido por la secretaría de trabajo y seguridad social de acuerdo al decreto número 110 del 01 de noviembre del año de 1966.

* Firmar con el empleador o su representante en caso de ser aceptada el contrato individual de trabajo.

CAPITULO III

PERIODO DE PRUEBA

ART.6 El período de prueba tendrá por objeto por parte del patrono apreciar las aptitudes del trabajador y por parte de este estimar lo conveniente sobre las condiciones de trabajo.

El período de prueba que no puede exceder de 60 días para el personal docente no excederá de 90 días Será estipulado por escrito en caso contrario los servicios de trabajo se entienden regulados por las normas generales del contrato de trabajo durante el período de prueba cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato de trabajo por su propia voluntad Con justa causa o sin ella sin incurrir en responsabilidad alguna debiéndose cumplir con lo estipulado en el artículo 50 51 y 52 del Código de trabajo. El período de prueba será remunerado.

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