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REGLAMENTO INTERNO DE TRABAJO


Enviado por   •  27 de Noviembre de 2014  •  1.792 Palabras (8 Páginas)  •  215 Visitas

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Capitulo I Ámbito de Aplicación

1.- Están sujetos al presente Reglamento, todas las personas que desempeñen cualquier trabajo a favor de xxxxxxxx con domicilio en xxxxxxx En lo sucesivo “La Empresa”.

2.- El presente Reglamento es de observancia obligatoria tanto para La Empresa como para los trabajadores a su servicio incluyendo, desde luego, a todos los trabajadores que ingresen con posterioridad a la fecha de depósito del mismo.

3.- El personal de La Empresa está obligado a cumplir también con las disposiciones de orden técnico y administrativo que dicte la misma, las cuales les serán dadas a conocer a través de los medios adecuados para el caso.

Capítulo II Organización del Personal

4.- Los trabajadores se clasifican de acuerdo a la duración del contrato en:

a) Trabajadores permanentes: aquéllos cuya relación de trabajo tiene carácter de tiempo indeterminado conforme al contrato individual de trabajo.

b) Trabajadores temporales: aquéllos que han sido contratados para la ejecución de trabajos temporales o transitorios, ya sea por obra o tiempo determinado, considerando en este caso los contratos como terminados y sin responsabilidad para La Empresa, al concluir los objetos que motivaron su celebración.

Capítulo III Lugar y Tiempo de Trabajo.

5.- Los trabajadores iniciarán y terminarán sus labores en los lugares que La Empresa designe y deberán atender a cualquier otra actividad conexa a su ocupación principal.

6.- Al iniciarse la jornada de trabajo diariamente, los trabajadores deberán llegar a su lugar de trabajo y revisar la limpieza su área y de ser necesario realizarla, para después proceder a instalarse en su lugar de trabajo.

7.- La jornada semanal de trabajo será de 50 horas tratándose del turno diurno.

El horario que regirá en La Empresa será de Lunes a Viernes de las 8:00 hrs. a las 18:00 hrs. el turno diurno. Esto aplica para el personal de todas las áreas tanto personal de oficina tanto para personal Técnico.

El horario señalado puede ser modificado por La Empresa por necesidades de la misma, previo aviso de por lo menos 72 horas de anticipación.

Los trabajadores tendrán 1 hora para tomar sus alimentos comprendido en el horario de 14:00 hrs. a las 15:00 hrs.

8.- Los trabajadores, sin excepción alguna, deberán estar en sus lugares de trabajo e iniciar sus labores a la hora señalada en el artículo 7; sin embargo; se contará con una tolerancia de 5 minutos, pasados los cuales se considerará como retardo al inicio de labores.

9.- Cuando por necesidad justificada, sea necesario prolongar la jornada, los trabajadores deberán contar con la autorización por escrito de La Empresa sin exceder nunca de tres horas diarias ni de tres veces en una semana. Las horas de trabajo extraordinario se pagarán con un ciento por ciento más del salario que corresponda a las horas de la jornada.

10.- Los trabajadores ejecutarán su trabajo con intensidad, cuidado y esmero, apropiados y en la forma, tiempo y lugar convenidos; respetando en todo momento a la Clientela del establecimiento. En caso de algún problema con un cliente, el trabajador dará aviso a su superior para que atienda el asunto.

Capítulo IV Días de Descanso y Vacaciones

11.- La Empresa concederá a los trabajadores 2 días de descanso, por cada 5 días de trabajo, siendo éste el día sábado y domingo de cada semana.

12.- Son días de descanso obligatorio con goce íntegro de salario, los siguientes:

I. El 1o. de enero;


II. El 1o. de mayo;

III. El 16 de septiembre;

IV. El 20 de noviembre;

V. El 1o. de diciembre de cada seis años, cuando corresponda a la transmisión del Poder Ejecutivo Federal;

VI. El 25 de diciembre.

VII. El que determinen las Leyes Federales y Locales Electorales, en el caso de elecciones ordinarias, para efectuar la jornada electoral.

13.- La Empresa concederá a sus trabajadores vacaciones anuales conforme al artículo 76 de la Ley Federal del Trabajo, en la inteligencia de que tales días serán pagados con salario íntegro, más el 25 % de prima vacacional.

14.- La forma de disfrutar las vacaciones será con base a programación dando aviso a la empresa cuando menos 30 días antes para realizar los ajustes necesarios de personal y no queden actividades pendientes. Siendo periodos estipulados por la empresa los siguientes:

a) Semana santa completa,

b) Del 23 de Diciembre al 2 de Enero

Capítulo V Permisos

15.- Los trabajadores están obligados a solicitar permisos para faltar a sus labores, por escrito y dirigido a su jefe inmediato.

16.- Toda falta no amparada por autorización escrita, se considerará como injustificada.

17.- Son consideradas como faltas justificadas, sin el requisito del permiso autorizado por escrito, las que obedezcan a caso fortuito o fuerza mayor debidamente comprobada. La comprobación de la justificación deberá ser hecha por el trabajador dentro de las 72 horas siguientes al momento en que faltó a sus labores.

18.- El trabajador que necesite retirarse de La Empresa dentro de su jornada de trabajo por enfermedad, razones personales o extraordinarias, deberá de solicitar el permiso de su jefe inmediato, quién le entregará la autorización correspondiente.

19.- Los salarios de los trabajadores serán cubiertos en el lugar en donde presten sus servicios, y dentro de las horas de trabajo.

20.- Todos los trabajadores están obligados a firmar los recibos de pago, listas de raya o cualquier documento que exija La Empresa como comprobante del pago de los salarios. La negativa del trabajador a otorgar la firma de dichos documentos, relevará a La Empresa de entregar los salarios respectivos.

21.- Para los efectos del pago de vacaciones, La Empresa pagará a los trabajadores los salarios correspondientes a las vacaciones el día anterior al inicio de su disfrute.

Capítulo VI Medidas de Seguridad e Higiene


22.- La Empresa establecerá las medidas de higiene y seguridad que determine la Ley Federal del Trabajo, el Reglamento Federal de Seguridad e Higiene en el Trabajo, las Normas Oficiales Mexicanas referidas a la actividad de La Empresa, las adicionales que estime pertinentes, y las que las autoridades competentes les señalaren.

23.- El personal se abstendrá de realizar todo acto que pueda poner en peligro su propia seguridad, la de sus compañeros o la de los clientes.

24.- Por ningún motivo, los trabajadores durante los periodos de incapacidades temporales médicas, ni las trabajadoras durante las incapacidades pre y postnatales, deberán presentarse en el centro de trabajo, salvo para la entrega de los certificados correspondientes.

25.- Cuando el trabajador sufra un accidente de trabajo, deberá dar aviso inmediato a su jefe directo o al jefe de personal a fin de que adopten con toda urgencia las medidas pertinentes.

26.- Existirán en La Empresa los botiquines que se consideren necesarios con todos los implementos y útiles necesarios que marquen las Normas Oficiales Mexicanas para la atención de los trabajadores que, en caso de accidente o enfermedad, requieran de un auxilio inmediato.

27.- Cuando un trabajador contraiga alguna enfermedad contagiosa, éste o cualquier otro trabajador de La Empresa que tuviere conocimiento del hecho, están obligados a dar aviso inmediato a su jefe, a fin de que el trabajador enfermo pueda ser examinado por los médicos del IMSS. De acuerdo con el dictamen médico, La Empresa deberá tomar las medidas necesarias para evitar el contagio de la enfermedad.

28.- Es obligación de los trabajadores observar las reglas mínimas de higiene procurando conservar con la debida limpieza y orden su lugar de trabajo, evitando cualquier tipo de manchas de pintura e inscripciones en las paredes, techos y puertas, así como colaborar en todo aquello que contribuya a la seguridad e higiene del centro de trabajo.

29.- De las instalaciones de la empresa:

Los empleados están obligados a darle el mejor uso a las instalaciones de la empresa según el uso al que estén destinados, por lo tanto su correcto uso y conservación es obligación de todos. De lo cual se detalla lo siguiente:

a) El baño debe mantenerse en condiciones higiénicas, depositando el papel y la basura en el bote destinado para ese fin, Comprobar que al jalar la cadena quede limpio el escusado, cuidar que quede tirando el agua tanto del WC como del lavamanos. Apagar la luz cuando no se este utilizando.

b) La cocina es para uso de los empleados, mismos que después de utilizar el área, deberán dejarlo en las condiciones de limpieza que encontraron, recoger las pertenencias y no provocar ningún daño a las instalaciones.

Capítulo VII Medidas Disciplinarias

30.- Todas la faltas que impliquen incumplimiento de este Reglamento, a la Ley Federal del Trabajo, o al Individual de Trabajo, que no amerite la rescisión del contrato, serán sancionados por La Empresa con suspensión de labores hasta por ocho días. La Empresa en cada caso hará las investigaciones correspondientes, escuchando siempre al trabajador, y como regla general notificará por escrito las normas disciplinarias.

31.- Sanciones por faltas injustificadas en periodos de treinta días:

I.- Una falta; Amonestación.


II.- Dos faltas; Suspensión por un día sin goce de sueldo.

III.- Tres faltas; suspensión por dos días sin goce de sueldo.

IV.- Cuatro faltas; Rescisión de contrato.

32.- Sanciones por retardos injustificados en un periodo de treinta días:

I.- Un retardo; Amonestación.


II.- Dos retardos; Amonestación.


III.- Tres retardos; Cuenta como una falta injustificada y se procede a la suspensión de un día sin goce de sueldo.

IV.- Cuatro retardos; Suspensión de dos días sin goce de sueldo.


V.- Más de cinco retardos; Suspensión de tres a cinco días, sin goce de sueldo, de acuerdo a la reincidencia del trabajador.

33.- El tiempo no laborado por retardos, se descontará del sueldo del trabajador.

34.- Los trabajadores que abandonen injustificadamente su trabajo con anticipación a la hora de salida, serán sancionados con una amonestación dependiendo de las consecuencias de su abandono en las actividades, las que además podría dar como resultado una causal de rescisión, en caso de causar grave daño a La Empresa.

35.- El trabajador que no acatare las disposiciones en materia de Seguridad e Higiene, podrá ser sancionado con una amonestación o hasta la suspensión de 1 día sin goce de sueldo de acuerdo a la gravedad de la falta a juicio de La Empresa.

36.- Cualquier otra infracción a las disposiciones del presente Reglamento, será sancionada con una amonestación o hasta la suspensión de 1 día sin goce de sueldo de acuerdo a la gravedad de la falta a juicio de La Empresa.

37.- Cualquier situación que dañe la integridad de los empleados o los intereses de la empresa deberá ser reportado inmediatamente a un superior para tomar las acciones pertinentes y dar solución a la situación, en caso contrario al hacer caso omiso a este punto se considerara como daño intencional y será motivo de recisión de contrato de forma inmediata sin responsabilidad para la empresa.

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