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Ecoturismo


Enviado por   •  1 de Julio de 2014  •  816 Palabras (4 Páginas)  •  229 Visitas

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Bases legales.

Los fundamentos legales de la investigación pueden resumirse en las disposiciones y los principios rectores para la gestión del ambiente, en el marco del desarrollo sustentable como derecho y deber fundamental del Estado y de la sociedad, para contribuir a la seguridad y al logro del máximo bienestar de la población y al sostenimiento del planeta, en interés de la humanidad; publicados en la Ley Orgánica del Ambiente, a través de los siguientes artículos:

TÍTULO III

DE LA PLANIFICACIÓN DEL AMBIENTE

Capítulo I

Articulo 25. Las personas naturales y jurídicas, públicas y privadas, deberán programar y ejecutar sus actividades de acuerdo con los planes establecidos y las disposiciones contenidas en esta Ley y los demás instrumentos legales aplicables.

Capitulo III

De los Mecanismos de Elaboración, Ejecución y Revisión de los Planes.

Articulo 30. El Plan Nacional del Ambiente es un instrumento a largo plazo que pauta la política ambiental

nacional a escala regional, estadal, municipal y local, y contendrá las siguientes directrices:

1. Mecanismos y acciones para la consecución de un ambiente sano, seguro y ecológicamente

equilibrado, para maximizar el bienestar social.

2. La conservación, manejo y uso sustentable de los recursos naturales.

3. Criterios prospectivos y principios de sustentabilidad que orienten los procesos de urbanización,

industrialización, ampliación de la frontera agrícola y ocupación del territorio en materia ambiental.

4. Detección y evaluación de conflictos socioambientales

y manejo alternativo de los mismos.

5. Programa de investigación sobre problemas ambientales.

6. Los objetivos y medidas de instrumentación del Plan.

7. La educación ambiental y participación ciudadana.

Articulo 33. Los planes ambientales serán de obligatorio cumplimiento y estarán sujetos a revisión y actualización periódica. Los planes y sus modificaciones entrarán en vigencia una vez sean publicados en la Gaceta Oficial que corresponda al nivel político territorial respectivo.

TÍTULO IV

DE LA EDUCACIÓN AMBIENTALY LA PARTICIPACIÓN CIUDADANA

Capítulo I

De la Educación Ambiental

Articulo 34. La educación ambiental tiene por objeto promover, generar, desarrollar y consolidar en los ciudadanos y ciudadanas conocimientos, aptitudes y actitudes para contribuir con la transformación de la sociedad, que se reflejará en alternativas de solución a los problemas socio-ambientales, contribuyendo así al logro del bienestar social, integrándose en la gestión del ambiente a través de la participación activa y protagónica, bajo la premisa del desarrollo sustentable.

Articulo 36. Las personas naturales o jurídicas, públicas y privadas, responsables en la formulación y ejecución de proyectos que impliquen la utilización de los recursos naturales y de la diversidad biológica, deben generar procesos permanentes de educación ambiental que permitan la conservación de los ecosistemas y el desarrollo sustentable.

Capitulo II

DE LA PARTICIPACION CUIDADANA.

Artículos 42. Las organizaciones ambientalistas, los pueblos y comunidades indígenas, los consejos comunales, las

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