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El Sistema De Defensa Civil

dulcemoreno1 de Mayo de 2012

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REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN

UNIVERSIDAD BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TUCUPIDO ESTADO GUÁRICO

Noviembre, 2011

INTRODUCCION

La "Administración de Desastres" puede ser definida como el rango de actividades diseñadas para mantener control sobre situaciones de desastre y emergencia y dar un marco para ayudar a personas en riesgo para evitar o recuperarse del impacto de los desastres. La administración de Desastres trata con situaciones que ocurren antes, durante y después del desastre.

El término "Administración de desastres" abarca el ámbito completo de las actividades relacionadas con desastres. Tradicionalmente la gente tiende a pensar de la Administración de Desastres sólo en términos de las acciones post-desastre tomados por los oficiales de alivio y reconstrucción; sin embargo, la administración de desastres cubre un ámbito mucho más amplio, y muchos administradores de desastres modernos pueden encontrarse mucho más involucrados en actividades de pre-desastre que en respuesta post-desastre. Esto es porque muchas personas quienes trabajan en el campo de desarrollo o quienes planean proyectos de desarrollos económicos, urbanos, regionales y agrícolas de rutina, tienen responsabilidades de administración de desastres. Por ejemplo, los especialistas en urbanización al planear un proyecto de casas de bajos ingresos en un área propensa a desastres tienen la oportunidad (y la obligación) de mitigar el impacto de un futuro desastre si las casas incorporan tecnologías de construcción de sismo resistencia.

De la misma manera, los proyectos de desarrollo agrícola deben ser planeados de tal forma que puedan ayudar a hacer frente la degradación ambiental y por ello bajar la vulnerabilidad de los campesinos a pérdidas por inundaciones, ciclones y otros desastres naturales. De hecho, al tratar con riesgos naturales, la vasta mayoría de las actividades de administración de desastres son están relacionadas con proyectos de desarrollo; solo una pequeña porción están relacionados con respuesta a emergencia.

Por supuesto, la administración de desastres también abarca el campo de la asistencia en emergencia y el mantenimiento a largo plazo de refugiados y personas desplazadas. El campo de refugiados en cuando a la administración de desastres es altamente especializado y requiere no sólo muchas habilidades de desarrollo sino también una visión general de cuestiones políticas, legales y humanitarias.

HISTORIA DE LA PROTECCIÓN CIVIL EN EL MUNDO Y EN VENEZUELA

La Autoprotección nace con el hombre mismo. Es el recurso individual y correctivo de preservar su propia integridad, su especie y la de su ambiente.

El enfrentar situaciones de desastres ha permitido a través de la evolución del tiempo, conformar agrupaciones a nivel mundial siguiendo estrategias para establecer medidas de prevención social.

En Venezuela ha existido preocupación por crear Grupos de Ayuda, Asistencia, Búsqueda, Salvamento y Rescate. Tomando en consideración que por la ubicación geográfica del País en su condición Caribeña, Atlántica, Andina y Amazónica, presenta un alto grado de exposición ante amenazas de origen Natural y Antrópico.

En la época de nuestra Independencia, se formaron en Caracas las llamadas “Juntas de Subsistencias”, como medida de protección a la población civil, en virtud del desabastecimiento creado por el estado de guerra interna imperante. El 23 de marzo de 1936 bajo el gobierno del General Eleazar López Contreras se conformó el “Puesto de Socorro para prestar Servicio Médico a las víctimas de accidentes” (Gaceta Oficial 18.913).

En ese mismo año, dada la preocupación del Estado Venezolano en lo referente a los aspectos preventivos, se creó el Botiquín de Emergencias.

El 17 de julio 1938 se dicta la Ley de Servicio Nacional de Seguridad, en el cual se le asignan misiones a la Guardia Nacional y se establece que el Servicio de Sanidad es el órgano competente para cooperar con las autoridades civiles encargadas de las calamidades públicas (Gaceta Oficial 19.637).

El 7 de septiembre de 1943 se dictó el Decreto 175, mediante el cual se crea la Junta Nacional de Socorro, adscrita al Ministerio de Sanidad y Asistencia Social, para atender a las personas que resultaron afectadas a consecuencia de las inundaciones producidas por el río Orinoco en esa época; siendo ésta, la primera referencia histórica en nuestro país, sobre la creación de un ente del estado destinado a la atención de situaciones de desastres.

Y el 16 de noviembre de 1943, se dicta una resolución donde se reglamenta su campo de acción para que se encargue de centralizar los fondos voluntarios y del tesoro a fin de atender damnificados por inundaciones (Gaceta Oficial 21.199).

Aún, para esa fecha el termino “Defensa Civil” no se había utilizado como símbolo de preparación y atención de desastres en el País.

Corresponde al Dr. Espíritu Santos Mendoza, quien actuando como Ministro de Sanidad y Asistencia Social, por resolución, crea el 21 de mayo de 1958, la “División de Socorro y Defensa Civil”, adscrita a la Dirección de Asuntos Sociales.

A raíz del terremoto ocurrido el 29 de julio de 1967, es creado el “Comando Unificado Médico Asistencial” (CUMA), presidido por el otrora Ministerio de Sanidad e integrado por Representantes de todos los Organismos del Estado y el 16 de junio de 1969, por decreto Presidencial Nº 96, se crea el “Fondo de Solidaridad Social” (FUNDASOCIAL), con el objeto de prevenir y reparar en lo posible, los daños ocasionados por calamidades y catástrofes que pudieran afectar a grupos apreciables de la colectividad.

El 7 de septiembre de 1971, según Decreto Presidencial Nº 702, se crea la “Comisión de Defensa Civil”, con la función de Planificar y Coordinar las acciones tendentes a prevenir, reducir, atender y reparar los daños a personas y bienes causados por calamidades públicas por cualquier origen, socorriendo simultáneamente a la población afectada.

A partir del 8 de junio de 1975 el Ministerio de la Defensa, emite lineamientos que incluye el apoyo de las Fuerzas Armadas Nacionales a las operaciones de Defensa Civil, durante emergencias causadas por fenómenos naturales catalogadas como calamidades públicas.

El 18 de agosto de 1976 se dicta la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa, la cual en su Artículo V, establece que la Defensa Civil estará regulada por el Presidente de la República y sugiere que los ciudadanos que no estén alistados en las Fuerzas Armadas deberán incorporarse a la Defensa Civil en caso de requerírseles.

Para el 10 de agosto de 1979, según Decreto Presidencial Nº 231, la Comisión Nacional de Defensa Civil pasa a formar parte Integrante del “Consejo Nacional de Seguridad y Defensa”, Organismo responsable de la Administración Pública a fin de coordinar la acción de los Organismos competentes, ajustando su actuación a los Planes de Seguridad y Defensa.

En 1996 fue aprobado, en Consejo de Ministros, el Reglamento Parcial No.3 de la Ley Orgánica de Seguridad y Defensa relacionado con la Defensa Civil Venezolana, publicada en marzo de 1997, en la Gaceta Oficial No. 36.164, por vez primera se señala a Defensa Civil como un “SISTEMA NACIONAL”

En 1999 la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en su Artículo 332, ordinal 4° el “nacimiento” de “Una Organización de Protección Civil y Administración de Desastres”; como órgano de seguridad ciudadana, cristalizando un deber del Estado y un derecho del ciudadano.

Según el Decreto Presidencial Nº 1.557 con fuerza de Ley del Sistema Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres, en fecha 13 de noviembre de 2001 publicada en Gaceta Oficial Extraordinaria de la República Bolivariana de Venezuela Nº 5.557, el Decreto con Fuerza de Ley de la “Organización Nacional de Protección Civil y Administración de Desastres”; como un órgano de seguridad ciudadana, adscrito al Ministerio del Interior y Justicia.

PROTECCIÓN CIVIL

La protección civil es el sistema por el que cada país proporciona la protección y la asistencia para todos ante cualquier tipo de desastre o accidente relacionado con esto, así como la salvaguarda de los bienes del conglomerado y del medio ambiente.

La Protección Civil nace el 12 de agosto de 1949 en el Protocolo 1 adicional al Tratado de Ginebra “Protección a las víctimas de los conflictos armados internacionales”, que es una de las disposiciones otorgadas para complementar el trabajo de la Cruz Roja. Dicha disposición indica:

Se entiende por Protección Civil el cumplimiento de algunas o de todas las tareas humanitarias que se mencionan a continuación, destinadas a proteger a la población contra los peligros de las hostilidades y de las catástrofes y a ayudarla a recuperarse de sus efectos inmediatos, así como a facilitar las condiciones necesarias para su supervivencia. Estas tareas son las siguientes:

 Servicio de alarma,

 Evacuación,

 Habilitación y organización de refugios,

 Aplicación de medidas de oscurecimiento,

 Salvamento,

 Servicios sanitarios, incluidos los de primeros auxilios, y asistencia religiosa;

 Lucha contra incendios;

 Detección y

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