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El estado mundial de la agricultura

Miguel AltuveEnsayo21 de Septiembre de 2022

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Año 2022

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Reglamento de Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil de Pregrado

Marzo, 2021

Reglamento de EvaluacióndelRendimiento Académico Estudiantil de Pregrado

ESTRUCTURA DEL REGLAMENTO.

Descripción del contenido                                                                                        

Pág.

Presentación

19

Capítulo I. Naturaleza del Proceso de Evaluación

20

Capítulo II. Valoración del Rendimiento Estudiantil                                                          

20

Capítulo III. Las Evaluaciones                                                                                      

22

Capítulo IV. Reconocimientos Académicos                                                                

28

Capítulo V. Disposiciones Finales.

33

                                                                                                   

         

Resolución: _______

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN UNIVERSITARIA

CONSEJO UNIVERSITARIO

UNIVERSIDAD YACAMBÚ

El Consejo Universitario de la Universidad Yacambú en uso de la facultad que le confiere el artículo 26, numeral 1, de la Ley de Universidades y el ordinal 2, numeral 2.3.3.3, literal j, del Estatuto Orgánico de la Universidad.

REGLAMENTO DE EVALUACIÓN DEL RENDIMIENTO ACADÉMICO

ESTUDIANTIL DE PREGRADO

PRESENTACIÓN

El presente Reglamento de Evaluación del Rendimiento Académico Estudiantil norma la evaluación como actividad fundamental del proceso de enseñanza y aprendizaje en la Universidad Yacambú (UNY).

La evaluación, desde el punto de vista educativo, constituye un proceso para que el estudiante se conozca a sí mismo, se responsabilice por su trabajo formativo, adquiera seguridad y desarrolle su capacidad crítica. En consecuencia, las estrategias, técnicas, los procedimientos, actividades o instrumentos que se utilicen para evaluar el rendimiento académico estudiantil, deben mantener criterios e indicadores acorde al tipo de evaluación y estrategia empleada, a fin de garantizar la valoración de las competencias previstas en los programas de forma integral para tener la posibilidad de formular juicios relativos a las capacidades y potencialidades de los estudiantes.

En las distintas situaciones de aprendizaje y en la medida que lo permita la naturaleza de las estrategias de enseñanza-aprendizaje en las modalidades presencial, mixta y virtual, para la elaboración de los juicios evaluativos, se aplicarán las formas de evaluación heteroevaluación, coevaluación y autoevaluación en razón de las interacciones de profesor-estudiante, estudiante-estudiante, estudiante-contexto.

CAPÍTULO I

NATURALEZA DEL PROCESO DE EVALUACIÓN

ARTÍCULO 1: La evaluación se entiende como una actividad propia del proceso de enseñanza y aprendizaje. Permitirá que el estudiante conozca su progreso con relación a las competencias previstas en los programas y las dificultades confrontadas en el logro de las mismas. Igualmente permitirá al docente validar el perfil de egreso y determinar las estrategias más convenientes para orientar el logro del aprendizaje.

ARTÍCULO 2: La evaluación, como parte del proceso de enseñanza y aprendizaje, debe adecuarse a la naturaleza de las diferentes asignaturas, en las modalidades de administración presencial, mixto y virtual. Las condiciones, requerimientos y nivel mínimo para la aprobación de cualquier asignatura y actividad del plan de estudio, deben ser previamente conocidos por el estudiante.

ARTÍCULO 3: Las estrategias de evaluación se fundamentarán en la participación activa de los estudiantes, en el aprovechamiento de sus experiencias y en el desarrollo de habilidades para la indagación y el análisis crítico de la realidad y de actitudes humanas, cívicas y morales para el ejercicio profesional.

CAPÍTULO II

VALORACIÓN DEL RENDIMIENTO ESTUDIANTIL

ARTÍCULO 4: El rendimiento académico estudiantil representa el nivel de logro alcanzado por el estudiante, en función de las competencias previstas en el programa de cada asignatura.

ARTÍCULO 5: El resultado final del rendimiento académico estudiantil en las asignaturas que conforman el plan de estudio se expresa en una escala cuantitativa comprendida entre uno y veinte puntos, ambos inclusive, siendo obligatorio que toda evaluación parcial sea expresada en esa misma escala.

PARÁGRAFO ÚNICO: La asignatura Pasantía Profesional, dada su naturaleza eminentemente práctica se expresará en una valoración cualitativa de Aprobado (A) o Reprobado (R).

ARTÍCULO 6: Para aprobar una asignatura se necesita un mínimo de diez puntos. Cuando la calificación definitiva contenga fracciones decimales iguales o superiores a 0,5 se adoptará como resultado el número entero inmediato superior. Las evaluaciones parciales no se aproximan.

ARTÍCULO 7: El valor que se asigne a cada evaluación, se hará en función de la importancia de las competencias a evaluar. El mismo no podrá ser mayor de treinta por ciento.

PARÁGRAFO ÚNICO: Las asignaturas conformadas por componentes teóricos y de laboratorio, exigen alcanzar los porcentajes mínimos establecidos para ambos componentes.

ARTÍCULO 8: Se podrán acreditar unidades crédito a los estudiantes que realicen actividades destacadas y reconocidas en las diferentes áreas del quehacer humano, relacionadas con las asignaturas establecidas en los planes de estudio, proyectos de investigación, y/o extensión administrados en la Universidad Yacambú. Los casos se presentarán al Consejo Universitario para su autorización respectiva en concordancia con el Reglamento de Equivalencia Interna y Acreditación.

ARTÍCULO 9: Se entiende como Índice Académico, la valoración cuantitativa progresiva del rendimiento obtenido por el estudiante en las asignaturas correspondiente al plan de estudio que cursa. Se calculará multiplicando la calificación final obtenida en cada asignatura por el número de créditos que le corresponden, y la suma de esos productos se[pic 7] dividirá por la suma de las unidades crédito correspondiente a cada asignatura cursada.

[pic 8]

Dónde: A.B,…i, corresponde a las distintas asignaturas del Plan de Estudio.

ARTÍCULO 10: Se entiende como índice de eficiencia, la valoración cuantitativa progresiva del rendimiento obtenido por el estudiante en las asignaturas cursadas del plan de estudio. Se calculará dividiendo la sumatoria del número de unidades créditos aprobados, sobre la sumatoria del número de unidades créditos cursados. Para el caso de las asignaturas aplazadas, se tomará el número de veces que fue cursada determinada asignatura.

Índice de Eficiencia =    ∑ Nº U.C. aprobados

                                                    ∑ Nº U.C. cursados

CAPÍTULO III

LAS EVALUACIONES

ARTÍCULO 11: A fin de apreciar el rendimiento académico estudiantil se desarrollarán evaluaciones, en las cuales se utilizarán técnicas, procedimientos e instrumentos seleccionados, planificados y aplicados en atención a las competencias propuestas, según la naturaleza de la asignatura y a la estrategia que se esté utilizando.

ARTÍCULO 12: Las evaluaciones dirigidas a la comprobación de las competencias por el estudiante serán establecidas en el plan de evaluación que deberá ser analizado con los estudiantes durante la primera semana de actividad del período académico y debidamente consignado ante el responsable correspondiente de la facultad.

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