Estructura y funcionamiento del poder
lopini12345Trabajo20 de Julio de 2022
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DESARROLLO
- Explique cuál sería el tribunal competente para este caso, indicando además su jerarquía y clasificación.
Con respecto al Tribunal competente ante el caso señalado, este le corresponde al Juzgado de Letras en lo Civil de Viña del Mar, toda vez que se trata de un acuerdo entre dos personas naturales siendo siendo Karina y Juan los sujetos de relación jurídica, específicamente en la venta y compra de un bien corporal- inmueble.
Con respecto a la jerarquía, hay que señalar que nuestro poder judicial tiene una estructura piramidal, en este contexto el Juzgado de Letras en lo Civil, se encuentra en la 3ra posición dentro de la clasificación de los Tribunales de primera instancia tal y como lo señala el Artículo 5º del COT, “Integran el Poder Judicial, como tribunales ordinarios de justicia, la Corte Suprema, las Cortes de Apelaciones, los Presidentes y Ministros de Corte, los tribunales de juicio oral en lo penal, los juzgados de letras y los juzgados de garantía”. (Chile/BCN, 1943, p. 1)
- Indique cuáles serían los superiores jerárquicos del tribunal de primera instancia para este caso.
Como lo señale anteriormente la estructura del poder judicial se establece como una especie de pirámide, encontrándose en la cúspide y con la de mayor jerarquía La Corte Suprema de Justicia, y su jurisdicción abarca todo el territorio de la República, bajo ella se encuentra la Corte de Apelaciones existiendo 17 a lo largo de nuestro País ubicándose en Arica, Iquique, Antofagasta, Copiapó, Serena, Valparaíso, Santiago, San Miguel, Rancagua, Talca, Chillan, Concepción, Temuco, Valdivia, Puerto Montt, Coyhaique, Punta Arenas y su jurisdicción se pude dar por un conjunto de provincia o por región.
Con respecto a los superiores jerárquicos, estos serían la Corte suprema que se encuentra en la cúspide y la Corte de apelaciones.
- Indique todos los recursos que podrían ser interpuestos en contra de la sentencia definitiva del presente caso.
Los recursos están establecidos por ley en nuestro sistema judicial, y tiene como finalidad enmendar o invalidar un fallo, para que exista esta etapa de recurso debe existir un agravio, ahora bien según el caso antes señalado y según lo que se puede analizar, el Tribunal rechazo la demanda de Karina por lo que ella se siente afectada ante tal resolución, causando un prejuicio existiendo un interés particular de una de las partes.
En este mismo contexto los recursos que podrían ser interpuestos por Karina son el recurso de Apelación, tal y como lo señala el Artículo 186 del Código de Procedimiento Civil “El recurso de apelación tiene por objeto obtener del tribunal superior respectivo que enmiende, con arreglo a derecho, la resolución del inferior” (Chile/BCN, 1902, p. 1) y el articulo 187 del mismo código “Son apelables todas las sentencias definitivas y las interlocutorias de primera instancia, salvo en los casos en que la ley deniegue expresamente este recurso” (Chile/BCN, 1902, p. 1)
Recurso de casación según lo indica el artículo 764º del Código de Procedimiento Civil “El recurso de casación se concede para invalidar una sentencia en los casos expresamente señalados por la ley” (Chile/BCN, p. 1), se presenta en el mismo Tribunal que dictó la resolución para que falle y conozca del asunto su superior jerárquico, manteniendo presente que este recurso tiene normas especiales que se deben considerar.
- Explique cuáles de dichos recursos (expuestos en la pregunta anterior) serían una nueva instancia y por qué.
El recurso de Apelación y según la definición entregada anteriormente es el que crea la doble instancia, debido a que se debe interponer ante el tribunal inferior para que conozca el tribunal superior de este, por lo general es la Corte de Apelaciones, además constituye una segunda instancia, porque en ella se revisan nuevamente los hechos en cuestión y derechos que las partes indicaron en el procediendo de primera instancia.
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