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Estructura y funciones del estado


Enviado por   •  7 de Octubre de 2018  •  Documentos de Investigación  •  4.116 Palabras (17 Páginas)  •  184 Visitas

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ESTRUCTURA Y FUNCIONES DEL ESTDO.

EL ESTADO: Es la organización jurídica y política de un país bajo un régimen jurídico que se ejerce en determinado territorio. es decir, la estructura de poder que se asienta sobre un determinado territorio y población. Poder, territorio y pueblo o nación son, por consiguiente, los elementos que conforman el concepto de Estado, de tal manera que éste se identifica indistintamente con cada uno de aquellos.

Este se compone de una organización de hombres que viven en un territorio determinado, sujetos a una autoridad, para obtener una finalidad en común de bienestar y convivencia pacífica dentro de un orden jurídico.

PERSONALIDAD:

 El nacimiento de la Personalidad jurídica del Estado Mexicano fue el 27 de septiembre de 1821.

Es una persona jurídica de derecho público, con una sola personalidad, regulada en su estructura por la Constitución y leyes administrativas secundarias. La que, determinada la naturaleza de la personalidad jurídica del estado, es la que surge como corolario de ella, el principio de su continuidad. Los individuos se renuevan continuamente, por razón de la necesaria sucesión de las generaciones el territorio podrá aumentarse o disminuirse; los gobiernos y sus formas pueden cambiar. Sin embargo, el estado permanece idéntico en sí mismo, mientras subsistan sus componentes esenciales. Esa continuidad solo puede explicarse admitiendo la realidad de la personalidad jurídica del estado, basada en los principios del derecho natural. Del principio de la continuidad del estado se desprende que los gobiernos deben reconocer las obligaciones contraídas por cualquiera de ellos, en nombre y representación del estado. Del mismo modo, los derechos adquiridos deben ser reconocidos por las partes obligadas a ello, cualesquiera que sean los gobiernos que hayan tomado parte en el acto u operación jurídica que dieron lugar a ellos. La personalidad jurídica del estado permanece idéntica a sí misma, no obstante, los cambios operados en el gobierno, en la población y aun en parte del territorio. [pic 1]

Territorio:

Jellinek dice que el estado es una corporación territorial, la tierra, interés material, tiene en la comunidad política una categoría y una función primordiales. Las extensiones del territorio del estado no tienen trascendencia decisiva, en lo que se refiere a los principios de la doctrina política, lo importante es que exista es territorio; la mayor o menor extensión territorial y la abundancia la escasez de bienes, materiales en el estado.

El estado es una agrupación política, no una expresión geográfica o económica.

El territorio comprende además de la superficie terrestre, el subsuelo, la atmosfera y el mar territorial, comprendido en el mismo la plataforma continental.

Las funciones del territorio; tiene dos funciones: una negativa y otra positiva. La función negativa es cuando circunscribe, en virtud de las fronteras, los límites de la actividad estatal y pone un dique a la actividad de los estados extranjeros dentro del territorio nacional. Estos límites se encuentran establecidos por el derecho internacional, el estado fija sus límites por una autonomía sujeta naturalmente a las contingencias históricas a la convivencia con otros estados. Pero la función del territorio no se circunscribe a estos límites, A esta función negativa se añade una función positiva, que consiste en construir el asiento físico de su población, la fuente fundamental de los recursos naturales que la misma necesita y el espacio geográfico donde tiene vigor en el orden que emana de la soberanía del estado.

El estado para realizar su misión y sus fines, tiene necesidad de un territorio, es decir, de una porción determinada del suelo que le proporcione los medios necesarios para satisfacer las necesidades materiales de su población.

Por otra parte, en el aspecto internacional, goza de la exclusividad con que su posee su territorio y en caso de invasión puede defenderlo de acuerdo con sus posibilidades militares.

Si el estado pierde su territorio, ya no tendrá espacio donde hacer valer su poder, donde desarrollar su misión, del territorio también depende su independencia frente al extranjero. Por lo tanto, el estado tiene derecho sobre su territorio.

Kelsen afirma que la identidad y la unidad de un pueblo dependen del vincularse y del someterse a un mismo orden jurídico. De modo análogo el territorio ya no es asimilable a una mera área geográfica, cuánto al espacio de validez de la norma jurídica. Leamos a propósito en los Grundrisse einer allgemeinen Staatslehre (1926), que representan un ideal enlace entre los Hauptprobleme y la primera Reine Rechtslehre: Ahora, el espacio, al que está circunscrito la validez del orden jurídico del Estado individual es el territorio estatal (Staatsgebiet). Este último es ante todo el ámbito de validez, no el ámbito factual de eficacia, del orden estatal. Del hecho de que por parte alguna se realice efectivamente un acto del estado no se sigue en sí y per sé que aquel lugar deba necesariamente ser el territorio de aquel Estado. […] Que en la base del concepto de territorio se encuentre el estado como orden jurídico válido también emerge del hecho de que la unidad—esencial al Estado como a unidad—del territorio está determinada exclusivamente por la unidad de validez del orden jurídico del Estado y no está influida en ningún modo por el hecho de que el territorio no constituya, desde el punto de vista geográfico-natural, una unidad.

Es el elemento material, la base física del Estado. Se integra por el suelo, el subsuelo, aguas y el espacio aéreo. Kelsen (jurista alemán), se refiere al territorio como un espacio tridimensional, que comprende la superficie, el espacio aéreo y el subsuelo. Desde el punto de vista natural el territorio es el espacio geográfico en el que se produce y desenvuelve el fenómeno estatal.

Desde el punto de vista jurídico el territorio es el ámbito donde se aplica su poder.

El territorio del Estado posee límites, estos precisan con exactitud el alcance de cada país. Pueden ser: Naturales o artificiales.

Los límites naturales son accidentes geográficos (ríos, montañas, cuchillas, lagunas).

Los límites artificiales surgen de convenciones entre los Estados: son líneas imaginarias, por ejemplo: mojones, calles, etc. Así se pueden observar en las zonas de fronteras secas de nuestro país. Por ejemplo: en el Chuy, en Rivera.

A partir de la superficie terrestre o tierra firme se encuentra sucesivamente tres espacios marítimos:

1) Aguas interiores; 2) mar territorial y 3) alta mar.

1- Las aguas interiores están constituidas por: puertos, golfos, mares interiores, ríos y arroyos,   sobre ellos el Estado ejerce su soberanía.

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