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Evolucion Del Codigo Civil


Enviado por   •  7 de Abril de 2013  •  1.618 Palabras (7 Páginas)  •  457 Visitas

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“Código civil de 1870”

El primer esfuerzo que se realizó por obtener un código civil fue hecho por el presidente Benito Juárez en 1859. Dicho proyecto para este código civil, es entregado con fecha 15 de enero de 1870, el cual es promulgado hasta el día 8 de diciembre del mismo año, de esta forma entra en vigencia a partir del 1 de mayo de 1871, al cual se le da el nombre de “Código Civil para el Distrito Federal y Territorio de la Baja California “. Este tuvo como fuentes principales el Código de Napoleón, así mismo los principios del Derecho Romano y los códigos de Cerdeña, Austria, Holanda y Portugal

Fue adoptado por los estados de Guanajuato, y Puebla el mismo año así mismo como, Hidalgo, Michoacán, Morelos, Sonora y Tamaulipas, entre otros en años posteriores.

El contenido de dicho código se integró de la siguiente manera:

 4,126 artículos, divididos en un título preliminar y cuatro libros sin transitorios.

El título preliminar, con el rubro de “La ley, sus efectos, con las reglas generales de su aplicación “, abarcó del artículo 1 al 21.

El libro primero abarcó del articulo 22 al 777, y se tituló “DE LAS PERSONAS”, trata de los mexicanos y extranjeros, del domicilio, de las personas morales, de las actas de estado civil, del matrimonio, de la paternidad y filiación, de la menor de edad, de la patria potestad, de la tutela, del curador, de la restitución, de la emancipación, de la mayoría de edad, entre otras cosas; El libro segundo, abarca de los artículos 778 al 1387, con el nombre de: “DE LOS BIENES, LA PROPIEDAD Y SUS MODIFICACIONES, esta parte del código trata de la posesión, del usufructo, del uso y de la habitación, de las servidumbres, de la prescripción y del trabajo; El libro tercero, del articulo 1388 al 3363, con el nombre de “DE LOS CONTRATOS”, trata de los contratos en general, de las diversas clases de obligaciones, de la ejecución de los contratos, de la ejecución de los contratos, de la extinción de las obligaciones, de su recisión y nulidad, de la finanza, de la prenda y de la anticresis, de la hipoteca de la graduación de acreedores, del contrato de matrimonio en cuanto a los bienes, de la sociedad, del mandato, del contrato de obras o prestación de servicios, del depósito, de las donaciones del préstamo, de los contratos aleatorios, de la compraventa, de la permuta de arrendamiento, de los censos, de las transacciones y del registro público; El libro cuarto abarca los artículos, 3364 al 4126 con el nombre, “DE LAS SUCESIONES”, trata como su nombre lo dice de las sucesiones enfocándose en la que se da por testamento, la forma de los testamentos, la sucesión legitima y las disposiciones comunes a la sucesión testamentaria y la legal.

Este fue en realidad el primer monumento legislado con el que conto México en materia civil. Aun siendo inspirado el antiguo derecho romano, en el antiguo derecho español, en el Código Napoleón, en los que le habían tomado por modelo y en los proyectos extranjeros y nacionales que se habían elaborado con anterioridad, tiene una evidente autonomía que le da propia y evidente personalidad. Este Código no muere con el de 1884 sino que renace ahí y se aviva en el actual de 1928.

“Código civil de 1884”

El código de 1870 tuvo una revisión lo cual motivó elaboración de este nuevo código con el mismo nombre y publicado con fecha 31 de marzo de 1884, el cual entro en vigencia a partir de junio del mismo año, con la misma cantidad de libros, pero compuesto por 3824 artículos en vez de 4126, siendo en extensión más o menos igual.

El libro primero que pertenece a las personas está dividido en doce títulos desglosados a través de 44 capítulos, por lo que se refiere al capítulo noveno donde si encontraremos cambios importantes al suprimirse, tanto la prodigalidad como causa de incapacidad como la restitución que se otorgaba a todos los sujetos a tutela, para pedir la rescisión de los negocios que les hubiere acarreado algún daño durante la menor edad o la incapacidad, que dio origen a la tutela; apartándose evidentemente del derecho romano en ambas instancias.

El segundo libro trata al igual que en el antiguo código de los bienes, la propiedad y sus diferentes modalidades, aquí no encontramos modificaciones, supresiones o adición que pueda tener algún relevancia jurídica.

En el tercer libro correspondiente a los contratos encontraremos que en el título octavo referente a la hipoteca, pequeños ajustes en esta institución, así como en el título dúo-decimo del mandato que queda adicionado en las disposiciones relativas a la materia que se encontraban en otro ordenamiento. Finalmente hay algunas modificaciones en el titulo décimo octavo relativo a la compraventa, por lo que respecta a las ventas judiciales.

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