Evolución De Los Sistemas Procesales
elcorredor198426 de Junio de 2012
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Derecho Procesal Penal
Línea de tiempo: evolución de los diferentes sistemas procesales
SISTEMA ACUSATORIO ADVERSARIAL Modelo procesal penal de corte acusatorio
Separación de funciones de investigación, acusación y juzgamiento
Oralidad, publicidad y contradicción en todas sus etapas
Principio de oportunidad y justicia alternativa
SISTEMA MIXTO El proceso penal se divide en dos faces: la instrucción y el juicio
Impera el principio de oralidad, publicidad y de inmediación procesal
La prueba se valora conforme a libre convicción, conocido como sana crítica
Este sistema responde a los sistemas de celeridad y brevedad y economía procesal.
SISTEMA INQUISITIVO En este sistema el juzgador es un técnico.
Durante el curso del proceso, el acusado es segregado de la sociedad, mediante la institución denominada prisión preventiva.
El juzgador es un funcionario designado por autoridad pública
El juzgador representa al Estado y es superior a las partes.
Aunque el ofendido se desistiera, el proceso debe continuar hasta su término.
El juez tiene iniciativa propia y poderes discrecionales para investigar. La prueba, en cuanto a su ubicación, recepción y valoración, es facultad exclusiva del juez.
Se otorga un valor a la confesión del reo, llamada la reina de las pruebas.
El juez no llega a una condena si no ha obtenido una completa confesión, la cual más de una vez se cumplió utilizando los métodos de la tortura.
No existe conflicto entre las partes, sino que obedece a una indagación técnica por lo que esta decisión es susceptible de apelación.
Todos los actos eran secretos y escritos.
El acusado no conoce el proceso hasta que la investigación no esté afinada
El juez no está sujeto a recusación de las partes.
La decisión no se adopta sobre la base del convencimiento moral, sino de conformidad con el sistema de pruebas legales
SISTEMA ACUSATORIO El juez no es un representante del Estado ni un juez elegido por el pueblo. El juez es el pueblo mismo, o una parte de él, si este es muy numeroso para intervenir en el juicio. La acción corresponde a la sociedad, mediante la acusación que es libre y cuyo ejercicio se confiere no sólo al ofendido y a los parientes, sino a cada ciudadano.
El juez no funda su sentencia. Se limita a pronunciar un sí o no. El juez por tanto, no da justificación ni motiva sus fallos, debido a su poder soberano no tenía porque rendir cuentas ante nadie y por otro lado por su falta de capacidad intelectual y técnica para motivar sentencias.
Los fallos eran inapelables. El veredicto sólo es susceptible de recurso de casación por un tribunal que únicamente tiene facultad de examinar si se han observado las normas de rito o si la ley ha sido aplicada.
Es como un duelo entre el acusador y el acusado en que el juez permanece inactivo. La etapa contradictoria del juicio se realiza con igualdad absoluta de derechos y poderes entre acusador y acusado.
Si no existe acusación no podía haber juicio, es decir, en estos casos no había acusaciones de oficio.
En el proceso se juzga el valor formal de la prueba, la cual incumbe al acusador y el juez sólo evalúa la forma y en ello se basa para expedir su resolución. La presentación de las pruebas constituye una carga exclusiva de las partes.
La libertad personal del acusado es respetada hasta el instante en que se dicte la sentencia condenatoria.
La libertad personal del acusado es respetada
El veredicto se fundamenta en el libre convencimiento
Predomino en todo el mundo antiguo hasta el siglo XII En la edad media1348 Se aplica en México desde 1917 Implementado en junio del 2008
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