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Evolución y Funciones del Estado


Enviado por   •  16 de Abril de 2023  •  Documentos de Investigación  •  3.741 Palabras (15 Páginas)  •  51 Visitas

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Universidad Laica Eloy Alfaro de Manabí[pic 1][pic 2]

Facultad de Ciencias Sociales, Derecho y Bienestar

Integrantes:

Álava Soledispa María Fernanda

Lucas Flores Jennifer Melissa

Villavicencio Pico Karen Lisbeth

Zambrano Zambrano Jimmy Jesús

Curso:

6to Semestre de Economía “B”

Asignatura:

Finanzas Públicas

Docente:

Econ. Patricio Machuca

Tema:

Evolución y Funciones del Estado

Cuidad:

Manta-Manabí

Periodo Lectivo:

2023- (1)

Evolución y Funciones del Estado

Introducción

Ecuador es un país que ha tenido 20 constituciones en toda su historia desde que es República, en las que se destaca la de 1830 por ser la primera; la constitución de 1843 denominada carta de la esclavitud debido a que esta constitución trataba de mantener al presidente Flores en el poder; la de 1869 denominada la carta negra, la de 1906 la constitución atea debido a que estableció la separación de la Iglesia y el Estado. La de 1979 que fue la primera después del retorno a la democracia a partir de la decisión de la salida del poder por partes de las juntas militares y la de 1998, dos años después de que se dolarizara la economía ecuatoriana.  

Evolución de la función Ejecutiva

Jimmy

Evolución de la función Legislativa

Al hablar de función legislativa se hace referencia a uno de los órganos constitucionales del Estado que ostentan representación popular y es el generador de las normas con rango de ley, además de ser el fiscalizador y controlador de la acción del gobierno. No obstante, para llegar a esta conceptualización el poder legislativo tuvo un constante cambio desde que Ecuador se convirtió en república hasta la asamblea constituyente efectuada en 2008. A continuación, se presenta la evolución de la función legislativa en cada una de las constituciones que ha tenido el país:

Constituyente

Evolución

Congreso Constituyente, Riobamba 1830

Lo ejerce el Congreso de Diputados, que serán diez por cada departamento. Deberán ser ecuatorianos y tener 30 años. Entre las funciones del Congreso están: decretar gastos públicos, establecer derechos e impuestos, firmar tratados de paz, promover la educación pública, elegir al presidente y vicepresidente del Estado.  

Convención de Ambato 1835

El Poder Legislativo reside en el Congreso Nacional, compuesto de dos Cámaras, una de 15 Senadores y otra de 24 Representantes. Como congreso además de las funciones anteriores se destaca que tienen la potestad de crear nuevas provincias y cantones.

Convención Nacional, Quito 1843

Compuesto de dos Cámaras, una de 27 Senadores y otra de 30 Representantes. Las funciones de este poder siguen siendo las mismas.

Convención, Cuenca 1845

El congreso está compuesto de dos Cámaras, una de 18 Senadores y otra de 30 Representantes. Las funciones como congresos se mantienen, pero la formación de leyes puede venir de ambas partes.

Convención, Quito 1851

Se ejerce por la Asamblea Nacional, que constará de una sola Cámara, y de 42 Diputados; este poder tiene en total 34 atribuciones entre ellas se destacan: Apropiar en cada una de sus reuniones ordinarias, las cantidades que deban extraerse del Tesoro Nacional para los gastos públicos; elegir al presidente de la República, a los ministros de la Corte Suprema, y consejeros de Estado.

Asamblea Constituyente, Quito 1852

El poder legislativo retrocede a lo determinado en la convención de Cuenca en 1845 a razón de diferencias ideológicas y políticas.

Convención Nacional, Quito 1861

El poder legislativo retrocede a lo determinado en la convención de Cuenca en 1845 a razón de diferencias ideológicas y políticas.

Convención Nacional, Quito 1869

El congreso está compuesto de dos Cámaras, una Senadores (9 años) y otra de Diputados (6 años). Las funciones de este poder se mantienen.

Asamblea Nacional, Quito 1878

El congreso está compuesto de dos Cámaras, una Senadores (2 por cada provincia) y otra de Diputados (1 por cada 30mil habitantes de cada provincia). Muchas de las funciones se mantienen, otras se incrementan como: reformar la constitución; cuidar de la recta y legal inversión, organizar la política aduanera.

Asamblea Nacional, Quito 1884

Se mantiene lo determinado en la constitución anterior.

Asamblea Nacional, Quito 1897

Se mantiene lo determinado en la constitución anterior.

Asamblea Nacional, Quito 1906

Se mantiene lo determinado en la constitución anterior.

Asamblea Nacional, Quito 1926

El congreso está compuesto de dos Cámaras, una Senadores (elegidos funcionalmente) y otra de Diputados (voto popular). La mayoría de las atribuciones se mantienen, excepto la de decretar gastos públicos y se incrementa la de reformas de constituciones.

Asamblea Nacional, Quito 1938

La disposición de cargos se mantiene; sin embargo, el requisito es que ahora deben ser ecuatorianos de nacimiento. Las atribuciones y prohibiciones se mantienen.

Asamblea Nacional Constituyente, Quito 1945

La Función Legislativa se ejerce por el Congreso Nacional, compuesto de una Cámara integrada por diputados elegidos por voto popular y por funcionalidad. Existen nuevas atribuciones como: Aprobar o negar, en un solo debate, los proyectos elaborados por la Comisión Legislativa Permanente; Aprobar o desaprobar, mediante decreto, los tratados públicos y demás convenciones internacionales; Legislar sobre la moneda y el crédito nacionales; Legislar para el fomento de la riqueza nacional y adoptar planes económicos generales

Asamblea Nacional, Quito 1946

El congreso está compuesto de dos Cámaras, una Senadores (elegidos funcionalmente) y otra de Diputados (voto popular). Entre las atribuciones están: establecer o suprimir impuestos, tasas y otros ingresos públicos; reconocer la deuda pública y determinar la manera de hacer su
conversión, amortización, consolidación y cancelación; abrir y cerrar puestos públicos.

Asamblea Nacional Constituyente, Quito 1967

El Congreso Nacional se compone del Senado y de la Cámara de Diputados. Las atribuciones del Congreso se dividen para ambas partes; juntos comparten 4 atribuciones que se resumen a juzgar la conducta de los miembros del senado.

1° Comisión de Reestructuración, Quito 1979

La Función Legislativa es ejercida por la Cámara Nacional de Representantes, con sede en Quito e integrada por doce representantes elegidos por votación nacional; dos representantes elegidos por cada provincia. Algunas atribuciones son: expedir, modificar, reformar derogar e interpretar las leyes; establecer o suprimir impuestos, tasas u otros ingresos públicos; enjuiciar a los máximos representante sin infringen la ley.

Asamblea Nacional Constituyente, Riobamba 1998

Ejerce el Congreso Nacional, se integra por diputados que serán elegidos por cada provincia en número de dos, y uno más por cada doscientos mil habitantes o fracción que pase de ciento cincuenta mil. Las atribuciones se centran en: posesionar al presidente y vicepresidente; aprobar el informe anual de la función ejecutiva; expedir, modificar, reformar derogar e interpretar las leyes; establecer o suprimir impuestos, tasas u otros ingresos públicos; enjuiciar a los máximos representante sin infringen la ley.

Asamblea Nacional Constituyente, Montecristi 2008

La Función Legislativa se ejerce por la Asamblea Nacional, que se integrará por asambleístas elegidos para un periodo de cuatro años. La Asamblea Nacional es unicameral y tendrá su sede en Quito.
La Asamblea Nacional se integrará por:
1. Quince asambleístas elegidos en circunscripción nacional.
2. Dos asambleístas elegidos por cada provincia, y uno más por cada doscientos mil habitantes o fracción que supere los ciento cincuenta mil, de acuerdo al último censo nacional de la población.
3. La ley determinará la elección de asambleístas de regiones, de distritos metropolitanos, y de la circunscripción del exterior.

La Asamblea Nacional tendrá las siguientes atribuciones y deberes, además de las que determine la ley:
1. Posesionar a la presidenta o presidente y a la vicepresidenta o vicepresidente de la República.
2. Declarar la incapacidad física o mental inhabilitante para ejercer el
cargo de presidenta o presidente de la República.

3. Elegir a la vicepresidenta o vicepresidente, en caso de su falta
definitiva (terna).
4. Conocer los informes anuales que debe presentar la presidencia.
5. Participar en el proceso de reforma constitucional.
6. Expedir, codificar, reformar y derogar las leyes, e interpretarlas con carácter generalmente obligatorio.
7. Crear, modificar o suprimir tributos mediante ley.
8. Aprobar o improbar los tratados internacionales.
9. Fiscalizar los actos de las funciones Ejecutiva, Electoral y de Transparencia y Control Social, y los otros órganos del poder público.
10. Autorizar con la votación de las dos terceras partes de sus integrantes, el enjuiciamiento penal de la presidencia.
11. Posesionar a la máxima autoridad de la Procuraduría General del Estado, Contraloría General del Estado, fiscalía general del Estado, Defensoría del Pueblo, Defensoría Pública, Superintendencias, y a los miembros del Consejo Nacional Electoral, del Consejo de la Judicatura y del Consejo de Participación Ciudadana y Control Social.
12. Aprobar el Presupuesto General del Estado, en el que constará el límite del endeudamiento público, y vigilar su ejecución.
13. Conceder amnistías por delitos políticos e indultos por motivos humanitarios, con el voto favorable de las dos terceras partes de sus integrantes.

Evolución de la función Judicial

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