Extracto Sentencias
Laura15Diaz10 de Junio de 2013
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DERECHO
NOCIONES PRELIMINARES
LA FORMACION, CONTENIDO, MISION Y UTILIDAD DEL DERECHO.
El contenido del derecho: Deberes, obligaciones, derechos, facultades, normas, reglas de conducta.
Misión: Velar porque sé de un orden social.
Utilidad: Ser regulador de las conductas del individuo para el orden social.
EL SER Y EL DEBER SER
LEY NATURAL Y LEY SOCIAL
Proposiciones enunciadas −−− ser −−− Ley natural
Biológica
Proposiciones normativas −−− deber −−− Ley social −−− forma de comportamiento del
Individuo con los demás.
Es dictada por el hombre que va ha regular
El deber ser.
LAS NORMAS JURÍDICAS, MORALES, RELIGIOSAS Y DEL TRATO SOCIAL
Las normas morales, religiosas y sociales tienen características similares.
Normas Morales: Depende de la formación del individuo, de la educación familiar y del grupo en el que se
desenvuelve. Ej. Valores, principios. Esta norma no tiene sanción por orden del estado.
Normas Religiosas: Libertad de creencias, todo individuo está en libertad de tener creencias religiosas de
cualquier índole.
Normas Sociales: Son las normas de urbanidad, de etiqueta, y si no se cumplen la persona queda aislada de la
sociedad.
Normas Jurídicas: Tienen sanción por orden del Estado.
SUS CARACTERÍSTICAS SON:
1. Bilaterales: Tienen obligaciones y derechos.
2. Heterónomas: Nos sujetamos a un querer ajeno.
3. Coercibles: Son obligatorias
4. Exteriores: Regulan la conducta externa de la persona.
CONCEPTO DE DERECHO
Es un conjunto de normas jurídicas, bilaterales, heterónomas, coercibles y exteriores, que regulan la conducta
de los individuos en la sociedad y que el Estado en un lugar y época determinados, declara como obligatorios.
CLASIFICACION DEL DERECHO
MERCANTIL
DERECHO:
Es un conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta de los individuos en la sociedad y que el estado en
un lugar y época determinados declara como obligatorios.
El Derecho se divide en dos partes: Derecho Subjetivo y Objetivo
D. SUBJETIVO:
Es el conjunto de las facultades reconocidas a los individuos por la Ley, para realizar determinados actos en
satisfacción de sus propios intereses.
D. OBJETIVO:
Es el conjunto de Leyes que rigen las relaciones de los individuos entre sí, de los individuos con el Estado, de
este con aquellos y de los Estados entre sí.
El Derecho Subjetivo se divide en 3 partes: Derecho Político, Público y Civil.
D. POLÍTICO:
Son los que tienen los individuos cuando actúan en calidad de ciudadanos, miembros de un Estado. Son mas
restringidos que los Públicos, puesto que es necesario para poseerlos, ser nacional de un Estado y ciudadano
del mismo, que esto lo implica determinante las restricciones relativas a la edad, sexo, nacionalidad, etc.
D. PÚBLICO:
Son los que tiene el hombre por el solo hecho de serlo, sin tomar en cuenta su ya edad o nacionalidad. Basta el
hecho de ser hombre para convertirse en titular de estos derechos.
D. CIVIL:
También llamados privados, son los que tiene el individuo en sus relaciones de carácter privado.
El Derecho Civil se divide en 2 partes: Derecho Personal y Patrimonial.
D. PERSONAL:
Son los que se relacionan directa/e con la persona misma y ya le están íntima/e unidos; se les llama también
personalismo.
D. PATRIMONIAL:
Se distingue de los anteriores por su contenido, que en este caso es de carácter económico, es decir estimable
en dinero.
El Derecho Patrimonial se divide en 2 partes: Derecho Real y de Crédito.
D. REAL:
Es el que tiene una o varias personas sobre un bien y que traten para quienes no son titulares de dichos
derechos la obligación de abstraerse a perturbar al titular en el goce de los mismos.
D. DE CRÉDITO:
Se define como la facultad que tiene una persona (acreedor) para exigir a otra (deudor), el paso de una
prestación o la realización de un hecho positivo o negativo.
2El Derecho Objetivo se divide en 2 partes: Derecho Público y Privado.
D. PÚBLICO:
Son los que tiene el hombre por el solo hecho de serlo, sin tomar en cuenta su ya edad o nacionalidad. Basta el
hecho de ser hombre para convertirse en titular de estos derechos.
D. PRIVADO:
El Derecho Público se divide en 6 partes: Derecho Constitucional, Penal, Administrativo, Procesal, Del
Trabajo y Agrario.
D. CONSTITUCIONAL:
Es el conjunto de disposiciones que rigen la organización o constitución del Estado; la constitución del
gobierno del mismo; las relaciones de los diversos poderes entre sí y la organización y funcionamiento del
poder legislativo.
D. PENAL:
Es el conjunto de disposiciones que se aplica a los delincuentes, por la omisión de algún delito.
D. ADMINISTRATIVO:
Es el conjunto de reglas y disposiciones que rigen la organización del poder administrativo (ejecutivo) y la
forma de hacer promociones ante dicho poder.
D. PROCESAL:
Son las disposiciones que rigen la organización del poder judicial y la forma de hacer promociones ante el
mismo poder se divide en: Derecho Procesal Penal y Derecho Procesal Civil.
Penal (homicidio, abuso de confianza, traición a la patria, robo, etc.)
Civil (divorcio, cobro de una deuda, arrendamiento, etc.)
D. DEL TRABAJO:
Conjunto de normas que rigen las relaciones de los particulares cuando estos actúan como patrones o
trabajadores en virtud de un contrato de trabajo.
D. AGRARIO:
Conjunto de normas que rigen los problemas derivados de la inafectabilidad y acomodamiento de tierras y
aguas, de su restructuración y dotación a los núcleos de población.
El Derecho Privado se divide en 2 partes: Derecho Civil y Mercantil.
D. CIVIL:
Es el conjunto de disposiciones que rigen las relaciones privadas de los particulares entre sí. Ej. Matrimonio,
divorcio, testamento, etc.
D. MERCANTIL:
Es el conjunto de disposiciones que rigen a los particulares cuando estos tienen el carácter de comerciantes o
celebran actos de comercio. Ej. Cheque, pagaré, etc.
3. DERECHO POSITIVO
DERECHO POSITIVO Y DERECHO VIGENTE
DERECHO POSITIVO:
Es el conjunto de normas que verdaderamente se aplica.
DERECHO VIGENTE:
Son todas las normas que pueden aplicarse en cualquier momento.
FUENTES FORMALES DE DERECHO: LEY, COSTUMBRE, JURISPRUDENCIA, DOCTRINA Y
PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO.
1) REALES: Son unos elementos que toma el legislador para formar
Las normas jurídicas.
GENERALIDAD
LEY: Es la que se aplica ABSTRACCIÓN
A todo. OBLIGATORIEDAD
IRRETROACTIVIDAD
2) FORMALES
3FUENTES JURISPRUDENCIA: Suprema Corte.
DE LAS COSTUMBRES
DERECHO PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO
3) HISTORICOS
PROCESO DE FORMACION DEL DERECHO
1. INICIATIVA: Es cuando se presenta un proceso de modificación a
Una Ley ya existente.
PROCESO 2. DISCUCIÓN: Deliberación de las Cámaras, del proyecto de Ley.
LEGISLATIVO Cámara de Origen y Cámara Revisora.
Es el proceso de 3. APROBACIÓN: Aprueba la Ley.
Creación de la
Ley.
4. SANCIÓN: Tiene la facultad de derecho de veto.
PROCESO 5. PUBLICACIÓN: Su función es dar a conocer al país la nueva Ley
EJECUTIVO por medio del Diario Oficial de la Federación.
6. INICIACIÓN DE LA VIGENCIA: Que va ha entrar en vigor la
Ley, a partir de cierta fecha,
En ese momento ya puede
Aplicarse.
4. CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS
DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU AMBITO ESPACIAL, TEMPORAL Y MATERIAL DE VALIDEZ
AMBITO ESPACIAL:
Lugar (territorio) donde se va ha aplicar la norma jurídica.
AMBITO MATERIAL:
Es sobre el tema que se va a regular, regir.
AMBITO TEMPORAL:
Tiempo que va a estar en vigor esta Ley.
DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU JERARQUÍA
Mayor jerarquía
1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS E.U.M.
2. LEYES FEDERALES Y TRATADOS INTERNACIONALES
3. LEY ORDINARIA: CONST. POL. DE SINALOA.
4. DECRETOS
JERARQUÍA 5. REGLAMENTOS
CONTRATO
6. NORMAS JURÍDICAS TESTAMENTO
INDIVIDUALIZADAS SENTENCIA
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA
Porque resultan aplicables
A una sola persona o grupo
Pequeño.
5. DERECHO CONSTITUCIONAL MEXICANO.
4CONSTITUCIÓN:
Es la forma o sistema de gobierno que tiene cada estado.
Ley fundamental de la organización de un estado, o sistema de normas jurídicas escritas, que regula la vida
política de un país. En este sentido el concepto ha sido asimilado habitual/e a un documento escrito en que se
expresa una declaración general de derechos y la regulación de las instrucciones fundamentales del Estado,
concepción que va ligada a la real y el absolutismo.
PARTE DOGMATICA −−−− GARANTÍAS INDIVIDUALES
CONSTITUCIÓN
PARTE ORGÁNICA −−−− Señala la forma de gobierno
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