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Extracto Sentencias

Laura15Diaz10 de Junio de 2013

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DERECHO

NOCIONES PRELIMINARES

LA FORMACION, CONTENIDO, MISION Y UTILIDAD DEL DERECHO.

El contenido del derecho: Deberes, obligaciones, derechos, facultades, normas, reglas de conducta.

Misión: Velar porque sé de un orden social.

Utilidad: Ser regulador de las conductas del individuo para el orden social.

EL SER Y EL DEBER SER

LEY NATURAL Y LEY SOCIAL

Proposiciones enunciadas −−− ser −−− Ley natural

Biológica

Proposiciones normativas −−− deber −−− Ley social −−− forma de comportamiento del

Individuo con los demás.

Es dictada por el hombre que va ha regular

El deber ser.

LAS NORMAS JURÍDICAS, MORALES, RELIGIOSAS Y DEL TRATO SOCIAL

Las normas morales, religiosas y sociales tienen características similares.

Normas Morales: Depende de la formación del individuo, de la educación familiar y del grupo en el que se

desenvuelve. Ej. Valores, principios. Esta norma no tiene sanción por orden del estado.

Normas Religiosas: Libertad de creencias, todo individuo está en libertad de tener creencias religiosas de

cualquier índole.

Normas Sociales: Son las normas de urbanidad, de etiqueta, y si no se cumplen la persona queda aislada de la

sociedad.

Normas Jurídicas: Tienen sanción por orden del Estado.

SUS CARACTERÍSTICAS SON:

1. Bilaterales: Tienen obligaciones y derechos.

2. Heterónomas: Nos sujetamos a un querer ajeno.

3. Coercibles: Son obligatorias

4. Exteriores: Regulan la conducta externa de la persona.

CONCEPTO DE DERECHO

Es un conjunto de normas jurídicas, bilaterales, heterónomas, coercibles y exteriores, que regulan la conducta

de los individuos en la sociedad y que el Estado en un lugar y época determinados, declara como obligatorios.

CLASIFICACION DEL DERECHO

MERCANTIL

DERECHO:

Es un conjunto de normas jurídicas que regulan la conducta de los individuos en la sociedad y que el estado en

un lugar y época determinados declara como obligatorios.

El Derecho se divide en dos partes: Derecho Subjetivo y Objetivo

D. SUBJETIVO:

Es el conjunto de las facultades reconocidas a los individuos por la Ley, para realizar determinados actos en

satisfacción de sus propios intereses.

D. OBJETIVO:

Es el conjunto de Leyes que rigen las relaciones de los individuos entre sí, de los individuos con el Estado, de

este con aquellos y de los Estados entre sí.

El Derecho Subjetivo se divide en 3 partes: Derecho Político, Público y Civil.

D. POLÍTICO:

Son los que tienen los individuos cuando actúan en calidad de ciudadanos, miembros de un Estado. Son mas

restringidos que los Públicos, puesto que es necesario para poseerlos, ser nacional de un Estado y ciudadano

del mismo, que esto lo implica determinante las restricciones relativas a la edad, sexo, nacionalidad, etc.

D. PÚBLICO:

Son los que tiene el hombre por el solo hecho de serlo, sin tomar en cuenta su ya edad o nacionalidad. Basta el

hecho de ser hombre para convertirse en titular de estos derechos.

D. CIVIL:

También llamados privados, son los que tiene el individuo en sus relaciones de carácter privado.

El Derecho Civil se divide en 2 partes: Derecho Personal y Patrimonial.

D. PERSONAL:

Son los que se relacionan directa/e con la persona misma y ya le están íntima/e unidos; se les llama también

personalismo.

D. PATRIMONIAL:

Se distingue de los anteriores por su contenido, que en este caso es de carácter económico, es decir estimable

en dinero.

El Derecho Patrimonial se divide en 2 partes: Derecho Real y de Crédito.

D. REAL:

Es el que tiene una o varias personas sobre un bien y que traten para quienes no son titulares de dichos

derechos la obligación de abstraerse a perturbar al titular en el goce de los mismos.

D. DE CRÉDITO:

Se define como la facultad que tiene una persona (acreedor) para exigir a otra (deudor), el paso de una

prestación o la realización de un hecho positivo o negativo.

2El Derecho Objetivo se divide en 2 partes: Derecho Público y Privado.

D. PÚBLICO:

Son los que tiene el hombre por el solo hecho de serlo, sin tomar en cuenta su ya edad o nacionalidad. Basta el

hecho de ser hombre para convertirse en titular de estos derechos.

D. PRIVADO:

El Derecho Público se divide en 6 partes: Derecho Constitucional, Penal, Administrativo, Procesal, Del

Trabajo y Agrario.

D. CONSTITUCIONAL:

Es el conjunto de disposiciones que rigen la organización o constitución del Estado; la constitución del

gobierno del mismo; las relaciones de los diversos poderes entre sí y la organización y funcionamiento del

poder legislativo.

D. PENAL:

Es el conjunto de disposiciones que se aplica a los delincuentes, por la omisión de algún delito.

D. ADMINISTRATIVO:

Es el conjunto de reglas y disposiciones que rigen la organización del poder administrativo (ejecutivo) y la

forma de hacer promociones ante dicho poder.

D. PROCESAL:

Son las disposiciones que rigen la organización del poder judicial y la forma de hacer promociones ante el

mismo poder se divide en: Derecho Procesal Penal y Derecho Procesal Civil.

Penal (homicidio, abuso de confianza, traición a la patria, robo, etc.)

Civil (divorcio, cobro de una deuda, arrendamiento, etc.)

D. DEL TRABAJO:

Conjunto de normas que rigen las relaciones de los particulares cuando estos actúan como patrones o

trabajadores en virtud de un contrato de trabajo.

D. AGRARIO:

Conjunto de normas que rigen los problemas derivados de la inafectabilidad y acomodamiento de tierras y

aguas, de su restructuración y dotación a los núcleos de población.

El Derecho Privado se divide en 2 partes: Derecho Civil y Mercantil.

D. CIVIL:

Es el conjunto de disposiciones que rigen las relaciones privadas de los particulares entre sí. Ej. Matrimonio,

divorcio, testamento, etc.

D. MERCANTIL:

Es el conjunto de disposiciones que rigen a los particulares cuando estos tienen el carácter de comerciantes o

celebran actos de comercio. Ej. Cheque, pagaré, etc.

3. DERECHO POSITIVO

DERECHO POSITIVO Y DERECHO VIGENTE

DERECHO POSITIVO:

Es el conjunto de normas que verdaderamente se aplica.

DERECHO VIGENTE:

Son todas las normas que pueden aplicarse en cualquier momento.

FUENTES FORMALES DE DERECHO: LEY, COSTUMBRE, JURISPRUDENCIA, DOCTRINA Y

PRINCIPIOS GENERALES DE DERECHO.

1) REALES: Son unos elementos que toma el legislador para formar

Las normas jurídicas.

GENERALIDAD

LEY: Es la que se aplica ABSTRACCIÓN

A todo. OBLIGATORIEDAD

IRRETROACTIVIDAD

2) FORMALES

3FUENTES JURISPRUDENCIA: Suprema Corte.

DE LAS COSTUMBRES

DERECHO PRINCIPIOS GENERALES DEL DERECHO

3) HISTORICOS

PROCESO DE FORMACION DEL DERECHO

1. INICIATIVA: Es cuando se presenta un proceso de modificación a

Una Ley ya existente.

PROCESO 2. DISCUCIÓN: Deliberación de las Cámaras, del proyecto de Ley.

LEGISLATIVO Cámara de Origen y Cámara Revisora.

Es el proceso de 3. APROBACIÓN: Aprueba la Ley.

Creación de la

Ley.

4. SANCIÓN: Tiene la facultad de derecho de veto.

PROCESO 5. PUBLICACIÓN: Su función es dar a conocer al país la nueva Ley

EJECUTIVO por medio del Diario Oficial de la Federación.

6. INICIACIÓN DE LA VIGENCIA: Que va ha entrar en vigor la

Ley, a partir de cierta fecha,

En ese momento ya puede

Aplicarse.

4. CLASIFICACIÓN DE LAS NORMAS JURÍDICAS

DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU AMBITO ESPACIAL, TEMPORAL Y MATERIAL DE VALIDEZ

AMBITO ESPACIAL:

Lugar (territorio) donde se va ha aplicar la norma jurídica.

AMBITO MATERIAL:

Es sobre el tema que se va a regular, regir.

AMBITO TEMPORAL:

Tiempo que va a estar en vigor esta Ley.

DESDE EL PUNTO DE VISTA DE SU JERARQUÍA

Mayor jerarquía

1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS E.U.M.

2. LEYES FEDERALES Y TRATADOS INTERNACIONALES

3. LEY ORDINARIA: CONST. POL. DE SINALOA.

4. DECRETOS

JERARQUÍA 5. REGLAMENTOS

CONTRATO

6. NORMAS JURÍDICAS TESTAMENTO

INDIVIDUALIZADAS SENTENCIA

RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA

Porque resultan aplicables

A una sola persona o grupo

Pequeño.

5. DERECHO CONSTITUCIONAL MEXICANO.

4CONSTITUCIÓN:

Es la forma o sistema de gobierno que tiene cada estado.

Ley fundamental de la organización de un estado, o sistema de normas jurídicas escritas, que regula la vida

política de un país. En este sentido el concepto ha sido asimilado habitual/e a un documento escrito en que se

expresa una declaración general de derechos y la regulación de las instrucciones fundamentales del Estado,

concepción que va ligada a la real y el absolutismo.

PARTE DOGMATICA −−−− GARANTÍAS INDIVIDUALES

CONSTITUCIÓN

PARTE ORGÁNICA −−−− Señala la forma de gobierno

...

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