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La Sentencia


Enviado por   •  14 de Marzo de 2012  •  7.073 Palabras (29 Páginas)  •  365 Visitas

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LA SENTENCIA

A través de los actos procesales, que deben estar encuadrados en diversas circunstancias de forma, lugar y tiempo para que el proceso alcance su destino normal, se llega a la sentencia. Ésta viene a ser el acto jurisdiccional por excelencia.

El concepto de Sentencia está estrechamente relacionado con el de Jurisdicción ya que ambos tienen el mismo contenido. La función jurisdiccional está destinada a la creación por el Juez de una norma jurídica individual y concreta, que es obligatoria para determinar la significación jurídica de la conducta de los particulares. La sentencia es esa norma, individual y concreta creada por el Juez mediante el proceso, para regular la conducta de las partes en conflicto.

La Sentencia puede ser considerada como acto de tutela jurídica y es definida como la resolución del Juez que acoge o rechaza la pretensión que se hace valer en la demanda. La esencia de ésta es la creación normativa y su función es la declaración de Derechos.

Existen tres aspectos fundamentales que destacan en ésta definición de Sentencia:

a) La Sentencia es un mandato jurídico, judicial y concreto: La idea de la Sentencia como norma o mandato jurídico, ha venido siendo oscurecida por una antigua tradición que considera como regla jurídica exclusivamente a la norma general y abstracta, la cual, según, es concepción, una vez emanada se impone sin más a la voluntad de los particulares. Se concluye que la Sentencia protege los intereses humanos concedidos en la norma cuya tutela ha resultado insuficiente mediante una forma complementaria (la tutela judicial) de los intereses en los límites asignados por la norma. Fija su atención en los Derechos Subjetivos que la norma general consagra, olvidándose de la estructura lógica de la sentencia, que es idéntica a la norma, en cuanto realiza el enlace de la conducta concreta de las partes con la consecuencia jurídica querida por la Ley. La esencia normativa de la Sentencia no excluye que la misma, en relación al Derecho Subjetivo que se afirma existe en la pretensión tenga una función Declarativa, Positiva o Negativa de aquel Derecho, en cuanto el Juez acoja o rechace la pretensión del demandante, pues en esto consiste el vinculo del mandato concreto con el general y abstracto y la función misma de la Sentencia como acto de tutela jurídica. La Sentencia representa (respecto a la Ley), un nuevo mandato, porque históricamente

b) la Sentencia interviene cuando la Ley ya ha sido violada por los sujetos que debían observarla, y actúa la norma sancionatoria que la tutelada; y sustancialmente, la actuación de una norma abstracta se resuelve siempre en la emanación de una norma jurídica nueva en el ámbito de una norma superior. Aun cuando la sanción que realiza la Sentencia esté limitada a la mera declaración en el caso concreto, es cierto que la Sentencia hace concreto un mandato jurídico que antes solo estaba expresado en forma general y abstracta.

c) Es creado por el Juez mediante el proceso: La Sentencia (o mandato jurídico individual y concreto) está condicionada subjetivamente al Juez, éste deberá ser dictada solo por él, que es sujeto del proceso y objetivamente, porque debe dictarse en las condiciones de forma, lugar y tiempo, predeterminadas en la Ley para el proceso al cual pone fin. Así, una sentencia dictada por un sujeto distinto del Juez, ya sea éste órgano singular o colectivo, sería una “No Sentencia”, “Inexistente”, privada de toda fuerza ejecutiva (art. 246 del C.P.C.), y del mismo modo, aquella dictada sin sometimiento u observancia de las condiciones formales establecidas por la Ley para éste acto del proceso, sería nula y sujeta a los medios de impugnación correspondiente (art. 244, 209, 210 y 313 del C.P.C.).

d) Acoge o rechaza la Pretensión que se hace valer en la Demanda: El poder de Decisión de la controversia es el principal y más importante Poder Jurisdiccional del Juez, lo que supone que el Juez debe examinar la Pretensión Procesal en su mérito, para acogerla o rechazarla, pues la Pretensión es el objeto del proceso. En toda Pretensión hay una afirmación que se resuelve en la Alegación de que entre las partes existe una determinada relación o estado jurídico que se dice “violado” o “amenazado” o en “estado de incertidumbre”, y una petición, por la cual se pide al Juez que dicte una resolución que reconozca la consecuencia jurídica que según el Demandante le concede la Ley en relación a los hechos y circunstancias afirmadas (sentencia). Para acoger la Pretensión, es necesario que al examinarla éste la encuentre fundada, cabe destacar, que las afirmaciones de hecho y de derecho contenidas en la Pretensión resulten verdaderas y debidamente probadas en el proceso. En caso contrario el Juez niega o rechaza la Pretensión.

CLASIFICACIÓN DE LA SENTENCIA

Existen diversos criterios que clasifican a las Sentencias, entre los cuales podemos mencionar:

1) Por su posición en el proceso: Se clasifican en: Definitivas e Interlocutorias.

 Sentencias Definitivas: La que se dicta por el Juez al final del juicio y pone fin al proceso, acogiendo o rechazando la pretensión del demandante. Es también la llamada Sentencia de Mérito, la “Sentencia por excelencia”. Ésta da satisfacción al derecho de acción, pero que solo satisface la pretensión cuando la acoge y declara con lugar la demanda. Cabe destacar, que según el art. 288 del C.P.C la Sentencia Definitiva dictada en Primera Instancia puede apelarse, salvo disposición especial.

 Sentencias Definitivamente Firmes: Aquellas contra las cuales no cabe la interposición de ningún recurso, ordinario o extraordinario o cuando ambas partes dejan transcurrir el tiempo y no interponen ningún recurso impugnatorio.

 Sentencias Interlocutorias: Se dictan en el curso del proceso, para resolver cuestiones incidentales, como las que se plantean. Ejemplo: Las cuestiones previas, la admisión o negativa de una prueba, la acumulación de autos, etc. Deciden cuestiones accesorias y previas relativas al proceso y no al derecho discutido, hasta ponerlo en estado de ser decidido por sentencia definitiva. Éstas a su vez se subdividen en;

- Interlocutorias Simples: Son aquellas sentencias que deciden cuestiones incidentales, sin producir aquellos efectos. Mediante ellas el juez concede peticiones de las partes relativas al desarrollo del proceso, por oposición de la contraparte, o sin ella, la que admite o niega una prueba promovida; la que resuelve sobre la declaración sobre la pobreza solicitada, por una parte; la que resuelve

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