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GARANTIAS DE IGUALDAD Y LIBERTAD


Enviado por   •  4 de Julio de 2019  •  Ensayos  •  1.330 Palabras (6 Páginas)  •  154 Visitas

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GARANTIAS DE IGUALDAD Y LIBERTAD.

Las garantías de igualdad tienen como objeto evitar los privilegios injustificados y colocar a todos los gobernados en la misma situación frente a la ley. El hecho de que un Estado respete esta garantía, implica que todos los ciudadanos deberán ser tratados de la misma manera ante la misma situación jurídica concreta, por lo que de igual forma deberán obtener en las mismas condiciones los derechos y obligaciones que nacen los hechos y actos jurídicos.

En otras palabras la igualdad jurídica, es considerada el trato igual en circunstancias iguales, consiste en evitar las distinciones que se hagan por raza, sexo, edad, religión, profesión, posición económica es decir la prohibición de toda decisión o norma legal de carácter discriminatorio por parte de los órganos competentes. 

El artículo primero de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, establece a quien va dirigidos; todas las personas gozarán de los derechos humanos consagrados en ésta constitución y en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, más sin embargo, reconoce como todas las personas; a quienes sean mexicanos de nacimiento o por nacionalización, como también a extranjeros que se hallen en territorio mexicano por cualquier motivo, se le reconoce a tanto personas físicas como morales, y en casos especiales aquellas personas que hayan nacido en territorio mexicano y adopten incluso otra nacionalidad.

Señala que las garantías que otorga esta constitución no podrán restringirse ni suspenderse, si no en casos y en las condiciones que ella misma establece. A nadie se le puede restriñir sus garantías individuales o sociales, ni por haber cometido una falta legal. En cuanto a la suspensión de garantías establece en el artículo 29 que solo el Presidente de los Estados Unidos Mexicanos con aprobación del congreso de la unión, o en dado caso de la comisión permanente, puede suspender garantías en caso de invasión, perturbación grave de la paz pública o cualquier otra situación que ponga en peligro o conflicto a la sociedad.

El termino garantía es equivoco puesto que se utiliza como sinónimo de derecho. Lo que se pretendía alcanzar con el término garantía era ser definitivo al señalar que “no existen más derechos que los garantizados por esta constitución.

Esta constitución es positiva porque no reconoce derechos anteriores a la creación del Estado. Aunque todo derecho creado por el hombre es derecho positivo, y por esta razón siempre tendrá influencia del derecho natural, más sin embargo, no tiene que ser obligatorio.

Artículo 2° constitucional.

La esclavitud es considerada la mayor desigualdad humana porque consiste en que un individuo ejerce sobre otro poder y control. Este poder le da derechos a quien lo ejerce, más no a quien lo sufre. Puede decirse con seguridad que en México actualmente no existe la esclavitud aprobada por la constitución, más sin embargo, se considera también como desigualdad la discriminación, ya que se ejerce otro tipo de control, por sus diferentes factores; económicos, políticos, religiosos, etc.

Para beneficio de extranjeros, los esclavos ajenos al territorio nacional mexicano, alanzarán por este hecho, su libertad  y protección de sus leyes.

A pesar de ello el artículo 16° constitucional prohíbe la extradición de reos del orden común, ya que al regresarlos, no gozaran de un juicio donde se cumplieran las formalidades del procedimiento.

Artículo 4° constitucional.

En el ser humano existen igualdades generales, pero también igualdades específicas, un ejemplo de estas últimas es la igualdad entre el hombre y la mujer.

No se puede afirmar que el hombre sea superior a la mujer y viceversa, porque en realidad ambos sexos tienen un alto impacto en el desarrollo de la sociedad.

Artículo 12° constitucional.

Prohibición de títulos de nobleza, aunque en otros países sean respetados con títulos noves, al estar en territorio mexicano, pierden validez.

Artículo 13° constitucional.

Prohibición de fueros, prohibición de ser sometidos a proceso con apoyo de leyes privativas o a través de tribunales especiales. Tenemos derecho a ser juzgados por tribunales ordinarios y las leyes previamente establecidas. Los militares son la única excepción de esta norma, pues ellos tienen sus propias leyes y tribunales, pero una persona del fueron común no puede ser juzgada bajo procedimiento militares.

 

 

Las garantías de libertad son un conjunto de derechos públicos subjetivos para ejercer sin vulnerar los derechos de otras personas, libertades específicas que las autoridades del Estado deben respetar, y que no pueden tener más restricciones que las expresamente señaladas en la Constitución.

La libertad se manifiesta como la capacidad que tiene un individuo para tomar de manera voluntaria sus decisiones para alcanzar los fines que se propongan, mientras estén permitidos por la ley. Es un concepto muy complejo donde el Estado debe ser una institución que tutele el cumplimiento del bien común y de esta manera garantizar el ejercicio pleno de este derecho. 

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