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GUERRA ECONOMICA


Enviado por   •  2 de Febrero de 2014  •  4.463 Palabras (18 Páginas)  •  284 Visitas

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Las Leyes habilitantes en nuestro país se han sucedido desde el inicio de la Democracia luego del Golpe de Estado que derrocó al Presidente: General Marcos Evangelista Pérez Jiménez el 23 de Enero de 1958.

Solamente en el Gobierno de Raúl Leoni Otero, no se habilitó al Presidente de turno para dictar medidas o leyes a través de este mecanismo constitucional, que en la Constitución de la República de Venezuela, promulgada el 23 de Enero de 1961, aparecía en el Título VI, Del Poder Ejecutivo Nacional, Capítulo II, De las Atribuciones del Presidente de la República, Artículo 190, Numeral 8º: “Dictar medidas extraordinarias en materia económica o financiera cuando así lo requiera el interés público y haya sido autorizado para ello por ley especial”.

En la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, producto de la Asamblea Nacional Constituyente, cuyos miembros fueron electos por votación popular el año 1999 y que se aprobó igualmente mediante referendo constituyente el quince de diciembre de 1999 y proclamada por la Asamblea Nacional Constituyente, a los veinte días de ese mismo mes de diciembre de 1999, aparece en el Título V, De la Organización del Poder Público Nacional, Capítulo II, Del Poder ejecutivo Nacional, Sección Segunda, De las Atribuciones del Presidente o Presidenta de la República, Artículo 236, Numeral 8º: “Dictar previa autorización por una ley habilitante decretos con fuerza de ley”.

Estas consideraciones ya han sido realizadas en diversas oportunidades en las ocasiones que fueron solicitadas por El Ejecutivo Nacional anteriormente durante los catorce años en los cuales ha gobernado la Revolución y una vez más como era de esperarse se han vuelto a presentar las discusiones de rigor por parte de quienes adversan al Gobierno Nacional, que a pesar de ser oposicionista y minoritaria (comprobado por las innumerables ocasiones en las cuales han resultado derrotados mediante el sufragio popular) mantienen la peregrina ilusión de que son mayoría y pretenden por tanto gobernar sin ser gobierno y no gobernando donde en realidad lo son (Gobernaciones de Amazonas, Lara y Miranda, así como las alcaldías donde salieron triunfantes en las anteriores elecciones municipales).

Es el caso que siempre que el Gobierno Revolucionario ha solicitado a la Asamblea Nacional poderes habilitantes, han sido para tomar medidas que han beneficiado a la población general (tanto las de más bajos recursos, como a la llamada clase media y aún a quienes poseen grandes recursos económicos, como son los Banqueros, los Comerciantes e Industriales: pequeños, medianos y grandes que se han aprovechado de dichas medidas).

En esta ocasión se piensan tomar medidas legales que ayuden a controlar dos enormes males que afectan a nuestra patria desde hace muchísimo tiempo: la Corrupción que es innata del ser humano y que nació con la especie humana y la Inflación-Especulación-Defraudación de las Divisas Nacionales (desde el primer Gobierno de Carlos Andrés Pérez Rodríguez). Este problema que se ha convertido en cíclico y que es característico del Sistema Capitalista, puesto que en otras naciones se ha presentado y se presenta con cierta regularidad por la presión que ejercen los entes financieros nacionales e internacionales, sobre la economía de los diversos estados, aún los más capitalistas como son los Estados Unidos de Norteamérica y los Países Europeos, cuyas economías han sido sacudidas recientemente por las olas de recesión que han hecho temblar hasta sus cimientos los Gobiernos de muchos de estos países.

La Corrupción es una hidra de mil cabezas, que requiere de un gran esfuerzo de toda la población venezolana y de la concientización o concienciación de todos y cada uno de quienes vivimos en este gran país (incluyendo a quienes no han nacido en nuestra tierra, pero que disfrutan de nuestra hospitalidad y que parecen no recordarlo).

La Corrupción perjudica a todos los habitantes de nuestro país, pues los recursos que de alguna u otra manera van a parar a las manos de los inescrupulosos de ese binomio nefasto constituido por el CORRUPTO-CORRUPTOR, pues sin uno no existiría el otro. Si el CORRUPTO, proviene o está situado generalmente en el Sector Público, también existe en el Sector Privado y de ello existen numerosos ejemplos.

¿Qué es la Ley Habilitante?

Es un recurso jurídico avalado por la constitución y que faculta al Presidente de la República dictar decretos, que a su vez son leyes, de manera autónoma e independiente. En otras palabras según la legislación venezolana "Decretos con Rango, Valor y Fuerza de Ley", y los cuales no serán discutidos en la Asamblea Nacional.

La Ley Habilitante quedó contemplada en la carta magna en 1999:

Art. 203- “Son leyes habilitantes las sancionadas por la Asamblea Nacional por las tres quintas partes de sus integrantes, a fin de establecer las directrices, propósitos y marco de las materias que se delegan al Presidente o Presidenta de la República con rango y valor de ley. Las leyes habilitantes deben fijar plazo para su ejercicio”.

¿Cuáles fueron los pasos para que la iniciativa de Ley Habilitante fuese aprobada?

1. Presentar el Proyecto:

El ciudadano Presidente de la República, en este caso, Nicolás Maduro debió llevar a la Asamblea Nacional su proyecto de Ley, según el artículo 204 de la Constitución.

2. Primera discusión:

Los diputados que conforman la junta directiva de la Asamblea Nacional tenía bajo su responsabilidad de establecer si el proyecto de ley cumple con los requisitos. Entre esta formalidades, Maduro debía alcanzar los 99 votos en el legislativo.

Este punto fue polémico, porque el voto 99 que hacía falta, se logró después de que le fuera allanada la inmunidad parlamentaria a la diputada María Mercedes Aranguren. Con elo su suplente, Carlos Flores votó a favor del pedido de Maduro.

En este primer debate fue posible analizar el por qué era necesaria una Habilitante.

3. Comisión Especial analiza el proyecto:

Al ser aprobada durante el primer debate, la iniciativa debió ser

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