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Generalidades Del ISSFAM

villafranco17 de Noviembre de 2013

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INTRODUCCIÓN A LA LEY DEL INSTITUTO DE SEGURIDAD SOCIAL PARA LAS FUERZAS ARMADAS MEXICANAS ………………………………………………………………3

CARACTERÍSTICAS DE LA LEY…………………………………………………………………..3

CARACTERÍSTICAS DEL INSTITUTO………………………………………….……………….. 3

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO……………………………..………4

QUIENES SON LOS SUJETOS DE ASEGURAMIENTO ……………………………………….5

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS ASEGURADOS…………………………..…………6

SUJETOS BENEFICIARIOS…………………………………………………………..………………………..16

LOS HABERES MILITARES Y PRESTACIONES……………………………………………….17

CONCLUSIÓN……………………………………………………………………………………….20

BIBLIOGRAFÍA………………………………………………………………………………………20

INTRODUCCIÓN

El objetivo del Instituto de la Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas es el de proporcionar prestaciones de carácter social, económico y de salud a los Militares en activo, situación de retiro, a sus derechohabientes, pensionistas y beneficiarios, con un alto grado de calidad y conforme a las normas legales vigentes.

Entre sus principales funciones están las siguientes: otorgar las prestaciones y administrar los servicios que la presente Ley establece, administrar su patrimonio, administrar los fondos que reciba con un destino específico, administrar los recursos del fondo para la vivienda para los miembros del Ejército activo entre otras funciones.

Ahora bien como característica principal o primordial de esta Ley es que tiene como objetivo brindar bienestar a los militares en servicio activo o en situación de retiro y a sus derechohabientes, en materia de salud, vivienda y educación. Mientras tanto el ISSFAM tiene como característica primordial que es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, y su misión es proporcionar prestaciones de carácter social, económico y de salud a los Militares en activo, situación de retiro, a sus derechohabientes, pensionistas y beneficiarios, con un alto grado de calidad y conforme a las normas legales vigentes.

El Instituto se encuentra organizado por la junta directiva por un órgano de vigilancia y por un órgano interno de control, la junta directiva estará integrada por nueve miembros, 3 designados por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, 3 designados por la Secretaría de la Marina y 3 más designados por la Secretaría de la Defensa Nacional.

Mientras tanto los sujetos beneficiarios serán la o las persona(s) en cuyo favor se ha designado un beneficio económico por voluntad expresa del militar; y tendrán derecho de recibir todas las prestaciones que marca el artículo 18 de la Ley del Instituto de Seguridad Social de la Fuerzas Armadas Mexicanas.

CARACTERISTICAS DE LA LEY

El ISSFAM tiene sus orígenes en la Dirección de pensiones Militares originada por la Ley de Retiros y Pensiones del Ejército y Armada Nacionales, publicada en 1926; la cual con la publicación de la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas en 1976, dio origen a lo que actualmente es el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas. Éste Instituto tiene la misión de proporcionar prestaciones de carácter social, económico y de salud a los militares en activo, situación de retiro, a sus derechohabientes, pensionistas y beneficiarios con un alto grado de calidad y conforme a las legales vigentes.

CARACTERÍSTICAS DEL INSTITUTO

El Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas, es un organismo público descentralizado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

MISIÓN

Proporcionar prestaciones de carácter social, económico y de salud a los Militares en activo, situación de retiro, a sus derechohabientes, pensionistas y beneficiarios, con un alto grado de calidad y conforme a las normas legales vigentes.

VISIÓN

Continuar siendo la Institución que proporciona Seguridad Social a los miembros en activo y situación de retiro de las Fuerzas Armadas, sus derechohabientes, pensionistas y beneficiarios, integrando tres aspectos como nuestras premisas:

* Proporcionar prestaciones y servicios de calidad adecuados, para el bienestar y tranquilidad de los usuarios.

* Establecer mecanismos financieros que garanticen la correcta administración del patrimonio económico del Instituto

* Ofrecer a sus planta laboral, el ambiente adecuado para su desarrollo humano y profesional.

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO DEL INSTITUTO

FUNCIONES (artículo 2º. Ley del ISSFAM)

I. Otorgar las prestaciones y administrar los servicios a su cargo que la presente Ley le encomienda;

II. Administrar su patrimonio exclusivamente para el fin señalado en la presente Ley;

III. Administrar los fondos que reciba con un destino específico, aplicándolos a los fines previstos;

IV. Administrar los recursos del Fondo de la Vivienda para los miembros del activo del Ejército, Fuerza Aérea y Armada, a fin de establecer y operar un sistema de financiamiento que les permita obtener Crédito barato y suficiente para:

a) La adquisición en propiedad de habitaciones cómodas e higiénicas, incluyendo las sujetas al Régimen de condominio;

b) La construcción, reparación, ampliación o mejoramiento de sus habitaciones, y

c) El pago de pasivos contraídos por los conceptos anteriores.

V. Coordinar y financiar con recursos del Fondo de la Vivienda programas de construcción de habitaciones destinadas a ser adquiridas en propiedad por los miembros del Ejército, Fuerza Aérea y Armada;

VI. Adquirir todos los bienes muebles e inmuebles necesarios para la realización de sus cometidos;

VII. Invertir sus fondos de acuerdo con las disposiciones especiales de esta Ley;

VIII. Realizar toda clase de actos jurídicos y celebrar los contratos que requiera el servicio;

IX. Organizar sus dependencias y fijar la estructura y funcionamiento de las mismas;

X. Expedir el estatuto orgánico, manuales, normas y procedimientos interiores para la debida prestación de los servicios y para su organización interna;

XI. Difundir conocimientos y orientaciones sobre prácticas de previsión social, y XII. Las demás que le confieren las leyes y reglamentos.

PATRIMONIO Se constituye por: (artículo 3 Ley del ISSFAM)

I. Los bienes, derechos y obligaciones que integran sus inventarios y registros;

II. Las cuotas que aporten los militares y sus familiares derechohabientes en los términos.

III. Las aportaciones del Gobierno Federal señaladas en esta Ley, para prestaciones específicas;

IV. Una cantidad anual a cargo del Gobierno Federal, equivalente a un 11% de los haberes y haberes de retiro de los miembros de las Fuerzas Armadas para las demás prestaciones que, conforme a esta Ley, deba otorgar el Instituto;

V. Los bienes que por cualquier título adquiera el Instituto, así como los rendimientos y remanentes que obtenga por virtud de sus operaciones, y

VI. Los fondos del seguro de vida militar, colectivo de retiro y de la vivienda militar.

Artículo 4o. Para los efectos de esta Ley, se entiende por:

IV. Fuerzas Armadas, el Ejército, la Fuerza Aérea y la Armada mexicanos;

V. Militares, a los miembros del Ejército, de la Fuerza Aérea y de la Armada de México; y, cuando se señalen jerarquías, las disposiciones son aplicables a los grados equivalentes en las Fuerzas Armadas

VI. Derechohabiente, familiares en línea directa (esposa, esposo, concubina, concubinario, hijos, madre, padre y, en algunos casos hermanos) que tienen derecho a los beneficios estipulados en la Ley;

VII. Beneficiario, la persona en cuyo favor se ha designado un beneficio económico por voluntad expresa del militar;

VIII. Deudos, los parientes o familiares del militar fallecido;

IX. Declaración de Procedencia de Retiro, el documento que le expide al militar la Secretaría de origen, para trámite de retiro, a fin de que la Junta Directiva determine sobre la procedencia, naturaleza y monto del beneficio, el cual es provisional al inicio del trámite administrativo y definitivo a su término;

X. Haber o haberes, la percepción base que se establece en el tabulador que expide la Secretaría de Hacienda y Crédito Público;

• JUNTA DIRECTIVA (9 miembros) (artículo. 5º, 10, 11 Ley del ISSFAM)

• 3 DESIGNADOS POR LA SHCP (Secretaría de Hacienda y Crédito Público)

• 3 DESIGNADOS POR LA SEMAR (Secretaría de Marina)

• 3 DESIGNADOS POR LA SEDENA (Secretaría de la Defensa Nacional)

QUIENES SON SUJETOS DE ASEGURAMIENTO

En la Ley del Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas en el artículo 4º. Fracción VI nos hace mención de los derechohabientes de la siguiente manera:

VI. Derechohabiente, familiares en línea directa (esposa, esposo, concubina,

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