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Glosario de Legislación Laboral


Enviado por   •  30 de Noviembre de 2015  •  Apuntes  •  1.346 Palabras (6 Páginas)  •  152 Visitas

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GLOSARIO DE LEGISLACIÓN LABORAL

TÉRMINOS

CITA TEXTUAL

AUTOR

CONCEPTO PROPIO

ACTA LABORAL

Documento que contiene las actuaciones laborales de las partes ante las autoridades laborales o de las partes entre sí. Son documentos que aclaran y dan constancia de actos o actividades realizadas sin importar el tipo de actos; se pueden aplicar a situaciones diversas como: faltas, ingresos, ascensos, bajas, comisiones, etc.

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www.ejemplode.com

Son los documentos en los que se aclaran situaciones que competen a los patrones y los empleados y algún conflicto o duda entre las partes.

AUTORIDADES DEL TRABAJO

Órganos del Estado facultados por la Constitución Federal y la Ley Federal Trabajo para conocer y resolver las controversias y asuntos en materia de trabajo. Pueden disponer de los elementos de la fuerza pública a los que ordenan o mandan, como a las instituciones que representan al Estado. Los niveles de actuación de la Autoridad del trabajo son el provincial, el autonómico y el estatal.

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www.buenastareas.com

www.ceat.org.es

Tienen injerencia directa sobre todo lo laboral que existe dentro de su rango de actuación, pueden disponer de todos los elementos a su disposición para ejecutar cualquier acto que tengan por necesario ejecutar.

AVISO DE RESCISIÓN

Comunicación que por ley debe dar el patrón al trabajador sobre la causa o causas de su despido. Es un concepto que hace referencia al negocio jurídico por el que se deja sin efecto, mediante declaración judicial, un negocio, contrato o acto jurídico. También conocida como la acción de nulidad de los contratos o negocios jurídicos, y en derecho notarial, como acción proforma.

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es.wikipedia.org

Es el informar al empleado del término del contrato laboral aclarando las causas por las cuales se ha anulado su contrato y tendrá que abandonar sus labores dentro de la empresa a la que pertenece.

CAUSAL DE RESCISIÓN

Razón o motivo por el cual el patrón o el trabajador pueden romper la relación o contrato de trabajo.

 La parte que pida rescisión por el incumplimiento de su contraparte o por darse alguna de las causas que señala la ley, y así lo compruebe, no tendrá responsabilidad alguna por hacerlo.

 Los trabajadores también pueden ejercitar la acción de rescisión.

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mexico.smetoolkit.org

Es la razón o las razones por las cuales se les puede dar nulidad a una relación laboral.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO

Aquél por virtud del cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal subordinado a cambio del pago de un salario.

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Es un acuerdo entre dos partes en la que una se compromete a ejercer un trabajo a cambio de un pago.

CONTRATO COLECTIVO DE TRABAJO

Convenio celebrado entre uno o varios sindicatos de trabajadores o uno o varios patrones, o uno o varios sindicatos de patrones con objeto de establecer las condiciones según las cuales debe prestarse el trabajo en una o más empresas o establecimientos.

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Es un contrato de un grupo de personas con otro grupo, donde se establecen las condiciones laborales que se deben cumplir efectivamente.

CONVENIO LABORAL

Acuerdo entre las partes que pone fin a una controversia. Acuerdo que se desarrolla en función de un asunto específico.

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www.gabilos.com

Acuerdo entre dos partes para dar fin a un conflicto específico.

DEMANDA

Entiéndase por demanda el acto inicial de reclamo planteado por una de las partes ante el Tribunal correspondiente, a fin de que se le dé o ponga en posesión de un supuesto derecho que le ha sido violado por un tercero del cual hace el reclamo.

 Petición que el litigante formula y justifica durante un juicio.

 Escrito en que se ejercitan las acciones ante el tribunal o el juez.

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www.definicion.de

Acto de reclamo por una de las partes antes las autoridades correspondientes donde se especifica una inconformidad causada por un conflicto con la parte demandada.

FINIQUITO

Manifiesto del trabajador dando por terminado el contrato o relación de trabajo seguido de la conformidad del patrón.

 Es el documento que pone en perspectiva el trabajo realizado por una persona y contiene la información necesaria para cuando el vínculo laboral debe ser finalizado.

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www.definicionabc.com

Documento donde se especifica el trabajo realizado por el trabajador en la empresa para cuando se termine el vínculo laboral y aprobado por ambas partes.

INDEMNIZACIÓN CONSTITUCIONAL

Pago a cargo del patrón por despido injustificado.

 Es el derecho al pago cierta cantidad de días de salario (veinte) por cada año de servicios prestados.

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info4.juridicas.unam.mx

Pago que recibe el trabajador cuando hay despido injustificado que es recíproco al tiempo de labor prestado.

INDEMNIZACIÓN LABORAL

Pago por derechos laborales a cargo del patrón; se refiere al pago que el patrón realiza a un trabajador por un daño causado durante su permanencia como empleado. En algunas legislaciones se emplea también el término como el pago del salario y otros beneficios adicionales que se le reconocen al trabajador al término de una relación laboral.

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www.pac.com.ve

Pago que recibe el empleado cuando sufre un daño durante su permanencia como trabajador de una empresa.

JUNTA DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE

Tribunal facultado constitucional y legalmente para resolver las controversias obrero-patronales o asuntos en materia de trabajo, se fundamenta en el Art. 123.

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www.stps.gob.mx

Órgano facultado para resolver conflictos obrero-patronales en materia laboral.

LAUDO

Resolución o fallo que dicta la Junta de Conciliación y Arbitraje en un procedimiento o juicio laboral. Debe dictarse por escrito y expresar, al menos, las circunstancias personales de los árbitros y de las partes, la fecha y el lugar en que se dicta, la cuestión sometida a arbitraje, una sucinta relación de las pruebas practicadas, las alegaciones de las partes y la decisión arbitral.

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www.enciclopedia-juridica.biz14.com

Resultado otorgado por la Junta de Concilicación y Arbitraje de un juicio o procedimiento laboral.

LITIS LABORAL

Juicio o pleito de trabajo. El término latín “litis” se conserva en el español como litigio. Es una disputa o controversia en lo laboral por parte de partes involucradas en un contrato laboral.

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etimologias.dechile.net

www.mexicolegal.com.mx

Es todo litigio laboral que se suscita entre partes involucradas en un contrato laboral.

PRESCRIPCIÓN LABORAL

Liberación de una obligación laboral por el solo transcurso del tiempo. En materia laboral solamente opera la prescripción negativa. Según el código civil para el D.F. la prescripción negativa se verifica por el sólo transcurso del tiempo fijado por la ley, se necesita el lapso de diez años, contado desde que una obligación pudo exigirse, para que se extinga el derecho de pedir su cumplimiento y se requiere de dos años para prescribir.

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es.wikipedia.org

Liberación de responsabilidad laboral simplemente por el paso del tiempo.

RATIFICACIÓN

Manifestación de la voluntad mediante la cual se aprueba un acto jurídico celebrado en otro momento o se confirma una declaración formulada con anterioridad. Aunque en sentido amplio se identifica con la confirmación de un contrato, en sentido restringido, que suele ser el habitual aquí, se opone precisamente a la confirmación y aunque el efecto último sea el mismo en ambas figuras. La ratificación, en este sentido, es la subsanación de la falta de autorización representativa o de la extralimitación de poder en que incurrió el representante. Se diría que es como la concesión de un mandato a posteriori.

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www.enciclopedia-juridica.biz14.com

Es confirmar voluntariamente la validez de un contrato “a posteriori”.

TERMINACIÓN DE RELACIÓN DE TRABAJO

Disolución o rompimiento de la relación de trabajo por mutuo acuerdo o por disposición de la LFT. Al extinguirse el contrato de trabajo finaliza la relación entre empleador y trabajador. Diversas causas existen para que se termine el vínculo contractual entre las partes, como: la voluntad de las partes y hechos ajenos a la voluntad de las partes.

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www.mexicolegal.com.mx

Terminación por mutuo acuerdo de un contrato laboral o por orden de la LFT finalizando la relación entre empleador y trabajador.

TRABAJADOR

Persona física que presta a otra, física o moral, un trabajo personal subordinado. “Son trabajadores las personas que voluntariamente prestan sus servicios retribuidos, por cuenta ajena, dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona, física o jurídica, denominada empleador o empresario”.

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derecho-del-trabajo.blogspot.com.mx

Es toda persona física que presta a otra un trabajo personal por el cual obtiene una remuneración.

TRABAJADOR BASE

Aquel que tiene una relación o contrato de trabajo por tiempo indefinido. Y que es sindicalizable. Reciben órdenes, supervisión y fiscalización del patrón.

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Es aquel trabajador que tiene un contrato con especificaciones de tiempo y puede ser sindicalizado.

BIBLIOGRAFÍA.

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