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Guia Electoral

Leandrozamora26 de Febrero de 2015

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GUÍA DE ESTUDIO PARA DERECHO ELECTORAL Y PARLAMENTARIO.

1. ¿Qué es el derecho electoral?

Es la rama del derecho público que regula y protege los derechos político – electorales de los ciudadanos mexicanos.

2. ¿Qué es el derecho parlamentario?

Es la rama del derecho público, en específico del Derecho Constitucional que estudia la organización, la constitución, el funcionamiento, los procedimientos y las competencias del Congreso, y las prerrogativas de sus integrantes.

3. ¿Qué es la democracia?

Es una forma de gobierno en la que los ciudadanos escogen a los gobernantes o dirigentes que los representarán en la conducción del país.

4. ¿Es el derecho electoral una rama autónoma del derecho constitucional? Si o no y por qué?

Si, ya que tiene leyes específicas (LGIPE, LGPP y LGSMIME), tribunales propios de la materia donde dirimir sus conflictos (TEPJF)y cuenta con doctrina que se dedique al estudio de la materia.

5. ¿Es el derecho parlamentario una rama autónoma del derecho constitucional? Si o no y por qué?

No, ya que si bien tiene leyes específicas a través de las leyes orgánicas tanto de la Cámara de Diputados, del Senado de la República, del Congreso de la Unión y las leyes orgánicas de los Congresos de los Estados y la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y cuenta con doctrina que se dedique al estudio de la materia parlamentaria, no cuenta con tribunales propios de la materia donde dirimir sus conflictos, salvo la figura instituida del jurado de procedencia.

6. ¿Cuál es la institución encargada de dirimir los conflictos en materia electoral a nivel federal?

Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

7. A partir de la última reforma constitucional ¿Cuáles fueron las leyes que se crearon y/o modificaron?

• Se creó la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en sustitución del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

• Se creo la Ley General de Partidos Políticos.

• Se modificó la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

8. ¿Cuándo fueron las últimas dos reformas en materia electoral?

Publicadas en el Diario Oficial de la Federación el 13 de noviembre de 2007 y el 10 de febrero de 2014.

9. Mencione al menos tres cambios sustanciales de la reciente reforma electoral.

• El cambio de denominación del entonces Instituto Federal Electoral por el actual Instituto Nacional Electoral.

• La centralización de facultades en el Instituto Nacional Electoral, la cual recobra muchas facultades que antes estaban delegadas a los Institutos Estatales en materia electoral.

• La creación de los “OPLES” Organismos Públicos Locales Electorales, los cuales son los antiguos Institutos Estatales en materia electoral.

• La creación de candidaturas independientes.

• La reelección legislativa para diputados a los Congresos locales, diputados a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal y diputados federales por 3 periodos consecutivos hasta sumar 12 años.

• La reelección legislativa para senadores por 1 periodo1 consecutivos hasta sumar 12 años.

• La reelección municipal y de delegados del Distrito Federal por 3 periodos consecutivos hasta sumar 12 años.

• La creación de la Ley de Partidos Políticos

• La creación de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales en sustitución del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales.

• La paridad de género en las candidaturas.

• La modernización de las causas de nulidad de una elección por rebase de topes de campaña.

10. ¿Con qué otras ramas del derecho se relaciona el derecho electoral?

• Constitucional

• Penal

• Administrativo

• Procesal

• Civil

• Parlamentario

11. ¿Con qué ramas del conocimiento se relacional el derecho electoral?

• Historia

• Ciencia Política

• Sociología

• Estadística

• Matemáticas

• Informática

12. ¿Cuáles son las fuentes del derecho electoral?

• Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

• Tratados Internacionales

• Disposiciones Legales

• Jurisprudencias

• Disposiciones Reglamentarias

• Acuerdos

• Circulares

• Costumbre

• Doctrina

13. ¿Cuáles son los principios del derecho electoral?

• Legalidad

• Certeza

• Representación Proporcional

• Mayoría

• Equidad

• Igualdad

• Certeza

• Equidad de Género

• Secrecía

• Universalidad del Voto

• Libertad del Voto

14. ¿Qué son los derechos políticos – electorales?

Son las prerrogativas irrenunciables que tienen los ciudadanos para participar en la integración de los poderes públicos, y que permiten participar individual y colectivamente en las decisiones y vida de carácter político de una comunidad.

15. ¿Cuáles son las características de los derechos político - electorales?

Son propios e inherentes a la calidad de ciudadano e implican la capacidad de ejercicio frente al gobierno y dentro del Estado.

16. ¿Cuál es el marco constitucional de los derechos político – electorales en nuestro país?

Artículos 4, 34, 35 y 36 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

17. ¿Qué establece la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre, respecto de los derechos político – electorales?

Que todas las personas que están legalmente capacitadas tienen derecho a participar en el gobierno de su país directamente o por representantes, y de participar en elecciones populares, así mismo de participar en la dirección de los asuntos públicos y de votar y ser elegidos en elecciones auténticas con voto universal y secreto que garantice la libre voluntad de expresión de los electores.

18. ¿A qué generación de derechos humanos pertenecen los derechos político – electorales?

Derechos humanos de primera generación. Derechos Civiles y Políticos.

19. ¿Qué tipos de asociaciones políticas existen en nuestro país?

• Partido político

• Agrupación política

20. ¿Qué es una asociación política?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 20 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos son formas de asociación ciudadana que coadyuvan al desarrollo de la vida democrática y de la cultura política, así como a la creación de una opinión pública mejor informada.

21. ¿Qué es un partido político?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, éstos son entidades de interés público con personalidad jurídica y patrimonio propios, con registro legal ante el Instituto Nacional Electoral o ante los Organismos Públicos Locales, y tienen como fin promover la participación del pueblo en la vida democrática, contribuir a la integración de los órganos de representación política y, como organizaciones de ciudadanos, hacer posible el acceso de éstos al ejercicio del poder público.

22. ¿Cuáles son los derechos político – electorales de los ciudadanos, respecto de los partidos políticos?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 2 numeral 1 de la Ley General de Partidos Políticos, son derechos político-electorales de los ciudadanos mexicanos, con relación a los partidos políticos, los siguientes: a) Asociarse o reunirse pacíficamente para tomar parte en los asuntos políticos del país; b) Afiliarse libre e individualmente a los partidos políticos, y c) Votar y ser votado para todos los cargos de elección popular dentro de los procesos internos de selección de candidatos y elección de dirigentes, teniendo las calidades que establezca la ley y los estatutos de cada partido político.

23. ¿Cuáles son las diferencias existentes entre un partido político y una agrupación política?

• Los requisitos para su constitución.

• El objeto y fines.

• Solo los partidos políticos podrán obtener financiamiento público a través del Instituto Nacional Electoral.

• Solo los partidos cuentan con posibilidad de postular candidatos en los procesos electorales.

• Las agrupaciones políticas sólo podrán participar en procesos electorales mediante acuerdos de participación con un partido político o coalición.

• Las agrupaciones políticas a pesar de no poder obtener financiamiento público a través del Instituto Nacional Electoral, estarán sujetas a las obligaciones y procedimientos de fiscalización de sus recursos.

24. ¿Cuáles son los requisitos para formar una agrupación política nacional?

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 22 numeral 1, incisos a) y b) y numerales 2 a 6 de la Ley General de Partidos Políticos son:

• Contar con un mínimo de 5,000 asociados en el país.

• Contar con un órgano directivo de carácter nacional.

• Tener delegaciones en cuando menos 7 entidades federativas.

• Contar con documentos básicos, así como una denominación distinta a cualquier otra agrupación o partido.

• Presentar durante el mes de enero del año anterior al de la elección, junto con su solicitud de registro,

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