HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
Jocelyn OlvalApuntes12 de Octubre de 2019
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HIGIENE Y SEGURIDAD INDUSTRIAL
(Apuntes realizados por los Ingenieros Jaime J. Arcos M., Miguel
Ángel Jiménez C., y Adampol Valdespino D. SEP-2018
1.1 OBJETIVOS DE LA UNIDAD DE APRENDIZAJE. IMPORTANCIA
EN EL DESEMPEÑO PROFESIONAL DEL INGENIERO QUÍMICO
INDUSTRIAL
El estado actual del mercado laboral presenta varios retos para el profesional dedicado a la ingeniería química industrial. Los aspectos técnicos y legales se entrelazan actualmente de forma ineludible, y es menester del profesional de esta área comprender el papel que juega en la correcta evolución de los procesos productivos, legales y documentales que requiere la carrera en estos días.
Un tema importante es entender la responsabilidad social y laboral del ingeniero químico industrial, ya que desde sus etapas laborales tempranas, es altamente factible que se convierta en el mando superior inmediato de varios trabajadores, y por tanto, la vida y seguridad de ellos es responsabilidad del ingeniero, así como la suya propia.
Una herramienta por demás útil y totalmente enfocada a alcanzar este propósito, es la normatividad emitida por la STPS alrededor de hace 2 décadas y sus correspondientes actualizaciones, ampliaciones y correcciones. Estas normas van completamente dirigidas al cuidado de la salud del trabajador y el ambiente laboral y al correcto uso de la documentación para la efectiva implementación de los sistemas de seguridad. Como dato curioso, un correcto sistema de seguridad traerá ahorros substanciales debido a la disminución de costos por accidentes y daño a la maquinaria e instalaciones. El trabajo conjunto con los departamentos financiero y de recursos humanos podrá arrojar más información al respecto., para una toma de decisiones correcta.
1.2 COMISIONES DE SEGURIDAD E HIGIENE
Una comisión de seguridad e higiene es un organismo bipartito conformado por igual número de representantes de los trabajadores y del patrón que se establece para determinar las labores que se consideran como peligrosas y/o insalubres, investigar las causas de los accidentes y enfermedades en los centros de trabajo, proponer medidas para prevenirlos y vigilar que se cumplan.
El 13 de abril de 2011 la Secretaría del Trabajo y Previsión Social publicó en el Diario Oficial de la Federación, la norma oficial mexicana NOM-019- STPS-2011, Constitución, integración, organización y funcionamiento de las comisiones de seguridad e higiene, misma que entró en vigor a partir del 13 de julio de 2011.[pic 1]
Por medio de esta comisión el patrón puede conocer las desviaciones de seguridad e higiene en los siguientes aspectos:
o Cumplimiento de la normatividad en seguridad e higiene.
o Mantenimiento de las instalaciones y maquinaria.
o Aplicación de políticas de seguridad e higiene.
o Participación de mandos medios.
o Aplicación del programa preventivo de seguridad e higiene.
o Efectividad de la capacitación en seguridad e higiene.
o Eficiencia de los sistemas de información al trabajador.
o Manejo adecuado del equipo de protección personal.
o Evolución de los costos directos e indirectos originados por los riesgos de trabajo.
INTEGRACIÓN Y FUNCIONES
INTEGRACIÓN
La comisión de seguridad e higiene estará integrada por igual número de representantes del patrón y de los trabajadores, de acuerdo al capítulo 7 de la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS, se tiene lo siguiente:
Un trabajador y el patrón*, cuando el centro de trabajo cuente con menos de
15 trabajadores.[pic 2]
Un coordinador, un secretario y los vocales que acuerden el patrón* y el sindicato* cuando el centro de trabajo cuente con 15 trabajadores o más.
*Personal representante que labore en el centro de trabajo y con conocimientos o experiencia en materia de seguridad y salud en el trabajo.
La duración de los puestos de coordinador y secretario será de cada dos años, después de ello se alternará entre los representantes del patrón y los trabajadores que integran la comisión.
Acta constitutiva
Para formalizar la constitución de la comisión de seguridad e higiene el patrón deberá de elaborar un acta, involucrando a los miembros seleccionados. Dicha acta deberá contener los datos del centro de trabajo y los relacionados a la comisión, los cuales son:
Centro de trabajo:
o El nombre, denominación o razón social.
o El domicilio completo (calle, número, colonia, municipio o delegación, ciudad,
entidad federativa, código postal).
o El Registro Federal de Contribuyentes.
o El Registro Patronal otorgado por el Instituto Mexicano del Seguro Social.
o La rama industrial o actividad económica.
o La fecha de inicio de actividades.
o El número de trabajadores del centro de trabajo.
o El número de turnos.
Comisión:
o La fecha de integración de la comisión (día, mes y año).
o El nombre y firma del patrón o de su representante, y del representante de los
trabajadores, tratándose de centros de trabajo con menos de 15 trabajadores.
o El nombre y firma del coordinador, secretario y vocales, en el caso de centros de trabajo con 15 trabajadores o más.
A continuación se presenta un borrador del acta constitutiva el cual contiene los datos anteriormente mencionados que solicita la NOM-019-STPS vigente.
Autor: Eduardo Maldonado - Secretaría de Trabajo y Previsión Social - Gobierno del Estado de Jalisco
FUNCIONES
Las funciones principales de la comisión de seguridad e higiene en el centro de trabajo son las siguientes:
o Identificar los agentes, condiciones peligrosas o inseguras y actos inseguros en el centro de trabajo.
o Investigar las causas y/o motivos de los accidentes y enfermedades de trabajo, conforme a los elementos que proporcione el patrón y otros que sean necesarios.
o Proponer al patrón medidas para prevenir los riesgos de trabajo, basadas en la normatividad que resulte aplicable.
o Dar seguimiento a la implantación de las medidas propuestas para prevenir los riesgos de trabajo.
La relación entre las funciones del coordinador, secretario y vocales se presentan de la siguiente forma:
VOCALLES
•Dirigir las reuniones de trabajo y su funcionamiento, además de promover la participación de los integrantes de la comisión.
SECRETARIO
•Integrar el programa anual de los recorridos de verificación.[pic 3]
COORDINADOR
•Elaborar junto con el secretario las actas al final de los recorridos de verificación que se entregarán al patrón para el análisis de las medidas de prevención recomendadas.
•Convocar a los integrantes de la comisión a reuniones de trabajo y a recorridos de verificación.
•Apoyar en las investigaciones sobre las causas de los riesgos de trabajo.[pic 4]
•Recabar las firmas de la comisión en las actas de los recorridos.
•Mantener bajo custodia la documentación relacionada con la comisión (actas y evidencia de capacitaciones).
•Participar en las reuniones y recorridos de verificación
•Detectar y recabar información sobre los agentes, condiciones y
actos peligrosos y/o inseguros.[pic 5]
•Colaborar en investigaciones sobre las causas de accidentes y enfermedades de trabajo.
•Revisar las actas de los recorridos.
•Dar seguimiento a las medidas propuestas de prevención de riesgos.
Las funciones específicas del coordinador, secretario y vocales se mencionan en el
capítulo 8 de la Norma Oficial Mexicana NOM-019-STPS.[pic 6]
TIPOS DE VERIFICACIONES
Una verificación se refiere a la constatación ocular, revisión documental o entrevista que se realiza con el fin de asegurar el cumplimiento del Reglamento y de las normas que resulten aplicables al centro de trabajo. Existen dos tipos de verificaciones: las ordinarias que se establecen por año y las extraordinarias.
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