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IGUALDAD EN UNA SOCIAEDAD COMO LA NUESTRA


Enviado por   •  3 de Septiembre de 2021  •  Documentos de Investigación  •  1.033 Palabras (5 Páginas)  •  69 Visitas

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IGUALDAD, EN UNA SOCIEDAD COMO LA NUESTRA.

Introducción.-

Desde décadas en una sociedad como la nuestra, se habla muchos sobre la persona y cuanto derecho pueden llegar a tener cada integrante de esta saciedad, es curioso hablar de ello, pues en una sociedad como la nuestra donde empero mucho la desigualdad y como consecuencia de ello la discriminación, es utópico creer concebir tales ideas como inherentes a nuestra actualidad, pues muy por los años cuarenta, en muestro Perú colonial era irrisorio hablar sobre esto, mencionar siquiera que las mujeres tenían derechos, por encima de esto era complejo y utópico concebir la igualdad en ellas, dado que en los cuarenta el reinado machista decía y amparaba tales concepciones, pues bien, ya no estamos en los años cuarenta y más aún nos situamos en tiempos modernos, donde luego de luchas y deseos de renunciar a ser subyugadas a tales pensamientos, se consigue una serie de derechos y normas que las van amparando y alejando de la desigualdad y discriminación. Pero cuidado aun con todo esto, persiste y sobrevive entre nosotros este flagelo de desigualdad de género y discriminación de la propia. De allí, la importancia de hablar sobre la igualdad entre varón y mujer en el goce y ejercicio de los derechos civiles.

Desarrollo.-

Nuestro código civil, ampara en el Libro I Titulo II articulo IV lo siguiente, tanto varón y mujer, es legítima la igualdad, seguida de la capacidad de goce y ejercicio de los derechos civiles. Por tanto, es relevante mencionar que la noción de igualdad se debe de percibir en dos planos convergentes, la primara como un principio rector de las organizaciones y actuaciones de un estado democrático de derecho. En segunda instancia, se presenta como un derecho fundamental de la persona. (CC. Art 4, inc.1).

Pues bien, la desigualdad de género incurre mucho en todos los aspectos de nuestra sociedad. Tenemos pues que mencionar ámbitos laborales, culturales, religiosos e incluso matrimoniales. Esto no solo se detiene allí, más aún se expande hasta el punto de la discriminación. Pues el acoso en el campo laboral es un atisbo de discriminación ilegal más común en nuestra sociedad, los empleadores no solo deben de velar por la igualdad de pago entre hombres y mujeres, sino que también deben ser responsables de lidiar con las situaciones de acoso sexual de las que sean informados o de las que tengan conocimiento. Por otro lado, Es ilegal que un empleador tome una conducta sexual como condición o término de empleo, basar las decisiones de empleo en tal conducta o tolere una conducta sexual que interfiera injustificadamente con el desempeño laboral del empleado o genere un entorno de trabajo intimidante, hostil u ofensivo, los comentarios lujuriosos y acercamientos indeseados. Quizás digan, pero si en lo más recurrente y común y no hay nada para poder combatirlo, cosa que es carente de todo sentido y percepción social y jurídico, ya que se sostienen normas que se verán necesarias ser aplicada para llegar a combatir este problema social.

Siguiendo con lo mencionado, las contrataciones de los servicios para el campo laboral tienen que ser por motivos de capacidad y rango intelectual, mas no, por motivaciones externas como, por ejemplo, belleza física, color de piel o más aun por religión. Consecuencia común y congruente con lo mencionado es observar lo que distintos medios de comunicación y prensa escrita dan a conocer día a día a nuestra población. “Discriminación laboral: El 88% de mujeres considera que se les excluye” (diario gestión). El desarrollo de esta noticia se reduce en un comentario tan simple con este, la mayoría de las mujeres de nuestro país se siente discriminada o en desigualdad pues, para su contratación tiene que pasar una serie de requisitos, y no son necesariamente intelectuales ahora bien, la remuneración ya es otro cantar dado que en muchas ocasiones siempre es muy por debajo que la remuneración de un varón. Para finalizar, tenemos que hacer mención lo que nuestra constitución ampara. A la igualdad ante la ley, nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole. (cp. Título I art. 2 inc.2). esto nos hace mención que somos amparados y témenos normas que van regulando el actuar de cada integrante en esta sociedad, pero que no se nos haga extraño percibir aun este flagelo denominado desigualdad y discriminación en noticias como un problema tan común y recurrente, pues andamos en avance y evolución, que llegado el paso de ello y con ayuda de nuestras normativas se irán regularizando y extinguiendo para llegar a formar una sociedad igualitaria y de justicia común o como se haría referencia concebir justicia para cada integrante de esta sociedad.

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