INGRESOS Y GASTOS
liliampmoResumen11 de Marzo de 2021
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Secciones a estudiar:
- 23 Ingresos de actividades ordinarias
- 24 Subvenciones del gobierno
- 25 Costos por préstamos
- 26 Pagos basados en acciones
- 30 Conversión de la moneda extranjera
- 31 Hiperinflación
DESARROLLO DE LOS TEMAS
Sección 23: Ingresos de actividades ordinarias
La norma habla en la sección 23 sobre ingresos ordinarios. No hay una sección que hable expresamente de ingresos extraordinarios, e inclusive no se menciona el término a lo largo de la norma, no obstante es una realidad que en la organización ocurren ingresos por actividades no cotidianas y las Niif se refieren a ellas como “ganancias”. Se definirá entonces los conceptos de ingresos ordinarios en términos de la sección 23 y los extraordinarios en términos de lo que internamente entenderemos por esa expresión:
- Ingresos ordinarios: los que proceden de las siguientes actividades ordinarias: venta de bienes, prestación de servicios, explotación por parte de terceros de los activos de la organización que produzcan renta, regalía o cualquier otro tipo de retorno. Normalmente son facturables.
- Ingresos extraordinarios: los que no tienen relación directa con el objeto social o con las actividades cotidianas (misionales) de la institución, tales como indemnizaciones, aprovechamientos, recuperaciones o los derivados de ajustes depuraciones o correcciones de cifras. Normalmente no son facturables, pero existirán algunas excepciones a la regla.
Medición inicial
Los ingresos ordinarios se miden por el valor bruto de la contraprestación, teniendo en cuenta los descuentos pie factura y pronto pago, si ha optado por reconocer este último en el momento de la causación, ejemplo:
Partida | Valor |
Valor bruto del bien o servicio XYZ | 100.000 |
Descuento pie factura | -10.000 |
Subtotal ingreso base gravable de impuestos y retenciones | 90.000 |
Descuento por pronto pago (supuesto: siempre se lo tomará el cliente) | -5.000 |
Ingreso neto contable | 85.000 |
Otros rubros incluidos dentro del concepto de ingreso ordinario (algunos ejemplos)
Tipo de ingreso | Valor bruto de la contraprestación |
Venta de bienes o servicios | Precio pactado |
Intereses, rendimientos | Valor efectivamente recibido o causado |
Utilidad en venta o disposición de activos | Diferencia entre valor de la transacción y el valor neto contable del activo cuando este último es inferior |
Para reconocer el ingreso, deben tenerse en cuenta adicionalmente los siguientes criterios contenidos en la norma:
- Que haya una transferencia de riesgos y ventajas para el caso de venta de bienes
- Para el caso de prestación de servicios, que se pueda estimar el grado de terminación así como los correspondientes costos incurridos
- Para ingresos diferentes de venta o prestación de servicios, que la realización del ingreso sea efectiva o haya nacido el derecho a recibir la contraprestación.
- En todos los casos, que sea probable la obtención de beneficios económicos futuros derivados de la operación.
- En todos los casos, que el ingreso sea medible
Los ingresos extraordinarios (definidos en este documento) serán medidos por su valor neto de realización, es decir por el que efectivamente se recibe o se genera el derecho a obtener el beneficio futuro.
Presentación
Los ingresos ordinarios se presentan como la primera partida del estado de resultados. Allí deben estar presentes diferentes tipos de ingreso que bajo norma local se consideraban “otros ingresos” o financieros, en parte por la dinámica del PUC, que era de obligatorio cumplimiento. La clasificación de ingresos y su presentación, será así:
Tipo ingreso | Ejemplo | Se presenta como |
Ordinario y de inversión | Venta de bienes o servicios, Intereses o rendimientos de inversiones, utilidad en venta o disposición de activos | Primera partida del estado de resultados |
Financieros | Por préstamos otorgados, cuando la actividad financiera no hace parte del objeto de la entidad | Después de la utilidad operacional |
Otros ingresos | Por financiaciones implícitas, ajustes, recuperación de costos y gastos, recuperación de deterioros, etc. | Ingresos en otro resultado integral |
Revelaciones
Tipo ingreso | Se revela |
Ordinario y de inversión |
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Financieros |
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Otros ingresos |
|
Sección 24: Subvenciones del gobierno
Alcance de la sección:
- Subvenciones del gobierno con o sin contraprestación
- No incluye beneficios o exenciones de tipo fiscal
- No se incluyen operaciones con el gobierno que no sean medibles (valor monetario) o transacciones con el gobierno que no puedan distinguirse de las actividades normales de la entidad.
¿Qué es una subvención?
Por definición es toda transferencia de recursos provenientes del gobierno como fruto del cumplimiento en el pasado o en el futuro, de unas condiciones por parte de la entidad.
Aunque la norma no lo dice, también podrían existir subvenciones del gobierno en forma de transferencias de recursos que deberían fluir desde el ente hacia el gobierno, y son condonadas o cruzadas gracias al cumplimiento pasado o futuro de unas condiciones por parte de la entidad. En ese caso el requisito es que previamente haya una obligación de la entidad con el estado para que al condonar ese pasivo, se reconozca el ingreso.
Reconocimiento
- Las subvenciones gratuitas, es decir: sin contraprestación, se llevan como ingreso por el valor exigible de las mismas
- Las subvenciones condicionadas se reconocerán en el momento que la entidad cumpla la condición.
- Si el dinero de la subvención se recibe antes de cumplir la condición, el dinero será un pasivo hasta que se consolide el derecho a reconocer el ingreso.
Medición
La subvención se mide por el valor razonable del activo recibido.
Revelación sobre las subvenciones
- Naturaleza y cuantía de lo reconocido (causado)
- Las condiciones incumplidas (subvenciones perdidas) y otras contingencias relacionadas con las subvenciones, no reconocidas en resultados.
- Otras modalidades de ayuda gubernamental de las cuales se haya beneficiado la entidad.
Sección 25: costos por préstamos
Literalmente hablando, la sección se trata en media página. En resumen pide que los costos por préstamos se reconozcan en los resultados del periodo en que se incurran.
En materia de revelación, pide que se haga una nota con el valor total de los intereses calculados con el método del interés efectivo, por los pasivos financieros que no están registrados a valor razonable. Eso es incongruente porque si existen pasivos financieros contabilizados con otra metodología, no tiene sentido que se deba hacer una nota calculando los intereses bajo otra metodología.
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