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Impuesto a los Bienes Personales


Enviado por   •  5 de Abril de 2021  •  Apuntes  •  6.414 Palabras (26 Páginas)  •  126 Visitas

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MONOGRAFIA

Materia: Derecho Financiero y Tributario

Tema: Impuesto a los Bienes Personales

Profesora: Claudia Lacalamita

Alumna: María del Carmen Tolaba

Fecha de entrega: 12-11-2020

Cursada: DCHO. FINANCIERO Y TRIBUTARIO (39418) 3117424 JUEVES NOCHE LANUS (2020-2-39418-3117424-PRES)

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INDICE DEL TRABAJO

1. Introducción y Concepto.

2. Historia de Impuesto a los bienes

3. Declaración informativa

4. Alícuotas y mínimos

5. Valuación de los Bienes

6. Bienes que no pagan

7. Escalas del Impuesto

8. Regulación en Chile

9. Regulación en Estados Unidos

10. Conclusión.

11. Bibliografía

  1. Introducción y Concepto.

El Impuesto sobre los Bienes Personales es un tributo que los individuos y las sucesiones indivisas deben pagar en Argentina.

​Consiste en una alícuota de 0,50% a 1,25% para los bienes que exceden una riqueza total de 2 millones de pesos argentinos.

 Bienes Personales es sin dudas el impuesto que, por los diferentes cambios que tuvo, les sacó más discursos a los legisladores, más horas de trabajo a los contadores y a la AFIP; y, sin embargo, es uno de los que menos contribuye por recaudación al Estado. Por los resultados obtenidos hasta ahora, la relación esfuerzo-beneficio de este tributo no se cumple.

El patrimonio es una de las formas de expresar la capacidad contributiva que tienen las personas humanas, pero texto de la ley no incluye a las deudas, considerando que no forman parte del patrimonio.

Según José Luis Ceteri, en los últimos 5 años tuvo cuatro modificaciones; sin embargo, el aporte que hizo en ese período a la recaudación tributaria fue escaso y vino disminuyendo:

Evolución de la recaudación: (expresada en miles de pesos y en valores históricos):

Año 2015: $ 18.210.432, representando el 1,78% de la recaudación de impuestos

Año 2016: $ 19.540.724, representando el 1,39% de la recaudación de impuestos

Año 2017: $ 22.165.135, representando el 1,28% de la recaudación de impuestos

Año 2018: $ 14.517.154, representando el 0,63% de la recaudación de impuestos

Año 2019: $ 31.183.769, representando el 0,95% de la recaudación de impuestos.

Este tributo no es el único que alcanza a los bienes que poseen las personas, generándose una múltiple imposición ya que convive con otros impuestos provinciales que también afectan al patrimonio; por ejemplo: el impuesto inmobiliario, las patentes de los autos, el impuesto a la herencia que rige en alguna jurisdicción, etc. Considerando estos impuestos extras la recaudación aumenta por la mayor imposición.

       2.    Historia de Impuesto a los bienes

El Impuesto sobre los Bienes Personales fue creado en 1991, durante el gobierno de Carlos Menem, como un tributo temporal que regiría durante nueve años.

Durante el gobierno de Néstor Kirchner el monto no imponible se mantuvo congelado en $102.300. En 2007 fue elevado por ley a $305.000, base que rigió hasta el final del mandato de Cristina Fernández de Kirchner. Este congelamiento de los montos, sumado a la inflación, ocasionó que año a año más personas se vieran alcanzadas por el tributo.

En 2018, durante el gobierno de Mauricio Macri se realizó una reforma de la ley, que elevó el mínimo imponible de $1.050.000 a $2.000.000. Además la vivienda del contribuyente se dejó fuera el tributo mientras tuviera un valor de hasta $18.000.000 (unos US$300.000 de ese momento). De esta manera la escala quedó determinada de la siguiente manera:

Escala

(sobre el monto no imponible)

Alícuota

< $3.000.000

0,25%

$3.000.000 - $18.000.000

$7500 + 0,5%

> $18.000.000

$82.500 + 0,75%

Mediante la Ley de Emergencia Económica que impulsó Alberto Fernández al asumir el gobierno se dispuso un aumento de las alícuotas que van desde 0,50 a 1,25%, con una duplicación de tasas en caso de que los activos se encuentren radicados en el exterior.

La evolución histórica

El impuesto sobre los Bienes Personales alcanza a cualquier persona, sea un jubilado, un autónomo o los que se encuentran en relación de dependencia, incluso a aquellos que no poseen ningún ingreso. Yendo para atrás, la ley se modificó en el año 2008, elevándose el mínimo exento de $102.300 a $305.000. Un cambio importante registrado en ese momento fue que anteriormente, si se superaba el mínimo de $102.300 únicamente se pagaba impuesto sobre el importe excedente.

A partir del 2008 se dispuso que si se superaba la suma de $305.000, había que pagar por la totalidad de los activos. Luego, la ley de blanqueo (27.260) volvió a crear la figura del mínimo no imponible, con los siguientes valores $800.000 para el 2017; $950.000 para el 2018 y de $1.050.000 para el 2019 que no llegó a regir.

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La historia de los impuestos que nunca cambia.

A partir de esos escalones debía abonarse las siguientes alícuotas del tributo: 0,75% para el 2017; 0,50% para el 2018 y del 0,25% que iba a ser para el 2019 pero que finalmente por otra reforma no llegó a regir.

El proyecto original del blanqueo, enviado por el Ejecutivo, proponía su eliminación para el año 2019, pero esa propuesta no prosperó en el tránsito que tuvo por el Congreso. También, para el período que abarca los años 2016 al 2018, se eximió del pago del impuesto a los contribuyentes que se registraron ante la AFIP como cumplidores, como reconocimiento a los que estaban al día y no utilizaron la figura, controvertida, del sinceramiento fiscal.

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