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Imputabilidad


Enviado por   •  6 de Junio de 2014  •  762 Palabras (4 Páginas)  •  265 Visitas

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IMPUTABILIDAD.

La imputabilidad es la capacidad psíquica de una persona de comprender la antijuridicidad de su conducta y de no adecuar la misma a esa comprensión. Pero algunas veces un sujeto deja de ser imputable por las llamadas Causas De Inimputabilidad. Las causas de inimputabilidad son aquellas situaciones que, si bien la conducta es típica y antijurídica, hacen que no sea posible atribuir el acto realizado al sujeto por concurrir en él: Enfermedad mental, Grave Insuficiencia de la Inteligencia, Grave Perturbación de la conciencia o Ser menor de 16 años (CP, 17, 5). – La imputabilidad es la capacidad que tiene un sujeto para ser sancionado por las leyes penales, está condicionada por la madurez y salud mentales y es considerada por algunos teóricos como un presupuesto de la culpabilidad, nos dice que para que un sujeto sea considerado capaz de cometer un delito es necesario que sea imputable.

La imputabilidad como presupuesto del delito: Conforme a esta teoría debe analizarse primero al sujeto que realiza la conducta delictiva, antes que la conducta antijurídica.

La imputabilidad como presupuesto de la culpabilidad: En esta el sujeto, primero tiene que ser imputable para después ser culpable; no puede haber culpabilidad si previamente no es imputable.

Imputar significa poner algo en la cuenta de alguien, o sea "poner a cargo, atribuir a un sujeto un hecho determinado para hacerlo sufrir sus consecuencias".

Para que un sujeto pueda ser culpable de una infracción penal debe tener las facultades requeridas para poder ser motivado en sus actos por la norma. La existencia de la acción está unida al poder de motivación, que se puede definir como la propia expresión de su sentido. Quien carece de esta capacidad de culpabilidad, por ejemplo, por sufrir graves alteraciones psíquicas que lo llevan a no apreciar conscientemente el acto que cumple y a dirigirse según esa determinación, o por no tener una madurez suficiente porque es un menor de edad, no puede ser culpable y por tanto no puede ser penalmente responsable de sus actos, por más que ellos sean típicos y antijurídicos. La imputabilidad no es sinónimo de salud mental, así como la inimputabilidad tampoco significa enfermedad psíquica o física. El concepto debe ser independizado de la enfermedad o de la salud, pues se trata de una noción netamente jurídica, aunque sea preciso a veces examinar algunos aspectos a través de nociones de carácter médico. La capacidad de culpabilidad es una capacidad personal que debe ser evaluada en cada caso concreto en relación con el hecho cometido. Esa capacidad personal de motivación no es otra que la aptitud para comprender la antijuridicidad del acto (la desaprobación por la ley penal) y la de dirigirse libremente según esa comprensión. Una cosa es la capacidad de entender y querer concebida genéricamente y otra muy distinta

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