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Independencia Y Seguridad Jurídica


Enviado por   •  27 de Mayo de 2015  •  1.737 Palabras (7 Páginas)  •  224 Visitas

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Independencia: “Una persona independiente es aquella que tiene un elevado nivel de autonomía personal en la toma de decisiones. La independencia no tiene nada que ver con el hecho de tener pareja o no tenerla puesto que una persona puede estar casada y aún así, ser muy independiente. Una persona independiente es aquella que toma las riendas de su vida consciente de que la felicidad es un valor que se vive en primera persona” [2]. Se entiende que una persona goza de independencia mental cuando sus juicios se formulan a partir de los hechos objetivos que examina. No existe independencia mental cuando la opinión o juicio son influidos por consideraciones de orden subjetivo, independiente de los elementos objetivos del caso.

“La independencia mental es evidentemente una cuestión relativa de fuero interno. La independencia mental es a la vez un derecho y un deber.

• Derecho: Porque el auditor puede reclamar, cuando ve que su juicio ha sido intervenido por los actos de la gerencia así como por terceros.

• Deber: Porque, si llega a permitir, consciente y voluntariamente en tal intervención, se convierte en responsable por los daños que a los terceros pueda causar con ellos”. [1]

El servidor público independiente es el quien no se deja influir por presiones provenientes de autoridades, organismos autónomos o factores externos e internos. Por ejemplo: un juez (servidor público) debe:

I. Mantener la independencia judicial.

II. Juzgar conforme a derecho y no a partir de presiones o intereses.

III. Rechazar todo intento de influencia jerárquica, política, de grupo de presión, amistad o recomendación de cualquier índole, etc.

IV. Ejercer con autonomía su función.

V. Evitar tomar decisiones por influencia pública, temor a la crítica, consideraciones de popularidad, notoriedad o por motivaciones impropias o inadecuadas a la función judicial.

VI. Tener conciencia plena de situaciones, actividades o intereses incompatibles con sus funciones, las que no deberán influir por ningún motivo en la toma de decisiones.

VII. Abstenerse de participar en todo tipo de actividad política partidaria.

[1] Principio ético de independencia. 2003. Recuperado de: http://fccea.unicauca.edu.co/old/tgarf/tgarfse44.html

[2] Desde Definición ABC: http://www.definicionabc.com/social/independencia-social.php#ixzz3XnjYZFtB

Profesionalismo: El término profesionalismo se utiliza para describir a todas aquellas prácticas, comportamientos y actitudes que se rigen por las normas preestablecidas del respeto, la mesura, la objetividad y la efectividad en la actividad que se desempeñe. El profesionalismo es la consecuencia directa de ser un profesional, un individuo que tiene una profesión particular y que la ejerce de acuerdo a las pautas socialmente establecidas para la misma. Las pautas de profesionalismo pueden llegar a ser muy variadas e ir desde aspectos físicos y de apariencia (tales como vestimenta) hasta actitudes morales y éticas (tales como el cumplimiento del deber en cualquier situación y realidad).

Para la exigencia de la responsabilidad debe existir una profesionalización en la gestión pública y una mayor capacidad y autonomía de decisión.

La profesionalización de los servidores públicos constituye la base indispensable para construir y acreditar la calidad de las Instituciones. “Favorecer a un grupo en detrimento de otro, es crear profundas desigualdades sociales, que el Estado debe empeñarse en hacerlas desaparecer, o al menor atenuarlas” (Serra Rojas).

En la actualidad la administración Pública ha mantenido el sistema clientelar que desafortunadamente sigue ligando a la política con las actividades administrativas.

Mientras los puestos se den por lealtades más que por capacidad y preparación para desempeñar un cargo Público no habrá credibilidad en las Instituciones.

Desafortunadamente el aparato burocrático se conforma con personas con las cuales se creó el compromiso de darle empleo, colocarlos en áreas que desconocen, sin importar si tienen la preparación o la capacidad para desempeñar eficientemente las funciones que le corresponden.

Mientras no se quiten los compadrazgos y el nepotismo, que se da dentro de una Administración Pública (municipal, estatal y federal) difícilmente se lograra un sistema de selección e integración de personal calificado.

Desde Definición ABC: http://www.definicionabc.com/negocios/profesionalismo.php#ixzz3Xs2wrV3Q

Aquí podemos pensar en cuestiones de seguridad publica, la imagen de los elementos de la policía por ejemplo: Su uniforme debe estar siempre limpio y en buen estado, con el cabello arreglado, no estar alcoholizados, tratar a la gente con respeto, hacer su trabajo puntualmente y conforme a sus deberes.

Legalidad: Este principio es básico en los servidores públicos pues sus labores deben estar apegadas a lo establecido en la Constitución, Código y reglamentos respectivos del cargo que este ejecutando, y la realización de tareas no establecidas dentro de su cargo pueden ser cuestionadas como ilegales como el desvió de fondos, o el conflicto de intereses.

El principio de legalidad o primacía de la ley es un principio fundamental conforme al cual todo ejercicio de un poder público debería realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción y no a la voluntad de las personas. El servidor público debe conducirse invariablemente con apego a las normas jurídicas inherentes a la función que desempeña. Respetar el Estado de Derecho es una responsabilidad que, más que nadie, debe asumir y cumplir el servidor público, para ello, es su obligación conocer, cumplir y hacer cumplir las disposiciones jurídicas que regulen el ejercicio de sus funciones.

“Se considera que la seguridad jurídica requiere que las actuaciones de los poderes públicos estén sometidas al principio de legalidad. El principio se considera a veces como la "regla de oro" del Derecho público, y es una condición necesaria para afirmar que un Estado es un Estado de Derecho, pues en el poder tiene su fundamento y límite

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