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LA ORGANIZACIÓN DE LA VIOLENCIA, EL DISCURSO DEL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO, EL SENTIDO DEL DISCURSO DEL DERECHO

Leon MarioEnsayo6 de Noviembre de 2018

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LEON MENDOZA MARIO IVAN

TERCER ENSAYO

LA ORGANIZACIÓN DE LA VIOLENCIA, EL DISCURSO DEL RECONOCIMIENTO DEL DERECHO, EL SENTIDO DEL DISCURSO DEL DERECHO.

En el libro “CRITICA DE LA IDEOLOGIA JURIDICA” del autor Oscar Correas, abarca los temas que debemos tocar en el presente ensayo, comienza respecto de “EL SENTIDO DE LOS DISCURSOS” en donde comienza un sencillo listado con ocho enunciados sobre la palabra sentido y diversas acepciones ortográficas de la misma y poco a poco la explicación se va tornando complicada, desde el punto de vista de quien suscribe, puesto que el empleo de la palabra, su significado pues; va siendo desentrañado con base en posturas derivadas de teorías de Kelsen y Weber, los ocho casos en que se emplea con significado aparentemente distinto la palabra sentido y digo aparentemente, ya que al final sentido es siempre un CONTENIDO DE CONCIENCIA, usado, aplicado en diversos expresiones de poder, derecho y sociología, que al ser desglosado nos va encaminando con frases complejas “…Pero “alguien” lo hace. Y ese “alguien” casi nunca es el mismo que produce el enunciado calificado de “verdadero”…”[1], hacia la gran división de los DISCRUSOS JURÍDICOS, prescriptivos y descriptivos, a los primeros debe considerárseles sobre cualquier otra calificativo validos o inválidos, es decir enunciados que incluyen el verbo “deber”, mientras los segundos contienen en su expresión el verbo “ser”, esta división proviene en gran medida, además de otros elementos por supuesto del productor del enunciado, el creador del discurso, puesto que es aquel quien determina cual es el fin que persigue con ese discurso jurídico que emitió en forma de ley. La división principal de discursos prescriptivos y descriptivos encuentra sustento en diferentes puntos de vista o enfoques, en mi opinión para tratar de convalidar dicha división, por razones que más adelante expondré, uno de esos enfoques es el PRAGMATICO, que acotaremos en decir que para calificar a un discurso jurídico como descriptivo o prescriptivo, debe comenzarse por analizar el contexto de su creación o producción, continua con una compleja explicación sobre la auto calificación del discurso científico-jurídico a sí mismo, en donde una afirmación respecto del método científico me pareció relevante pues, coincido con ella…siendo franco me gustó y cito: “Adviértase que el método científico no es científicamente producido: es anterior a la ciencia, puesto que es el conjunto de reglas que dicen cómo ha de hacerse ciencia.”[2], sin embargo considera el autor que la ciencia jurídica, sobre otras ciencias sociales si consigue determinar su objeto y continua reiterando la acentuadísima diferencia entre los enunciados prescriptivos y descriptivos y en los discursos que dichos enunciados forman, posteriormente trata el tema de los operadores lógicos de los discursos(cuando nos refiramos a discursos será a los discursos jurídicos), explicando que cuando los enunciados y los discursos que forman estos revelen una clara intención de dominar, estamos hablando de DISCURSOS PRESCRIPTIVOS, es decir, obligan permiten o prohíben, dichos conceptos llamados operadores lógicos, es a través de los cuales se despliega la idea general de deber. Concluye hasta la página 52 del libro sobre el que se escribe diciendo: “Hasta aquí podemos aceptar, para lo que nos interesa, que hemos identificado, formalmente, el tipo o clase de discurso que es el derecho: un discurso con sentido prescriptivo.”[3]

En la página 53 continua Don Oscar Correas con el tema EL CONTENIDO DEL DISCURSO DEL DERECHO y empieza a “darle duro” a nuestra amada ciencia jurídica, cuando señala AL DERECHO COMO DISCURSO QUE AMENAZA CON LA VIOLENCIA, porque después de un gran desglose en página subsecuentes puede uno caer en cuenta que efectivamente el derecho es creado y utilizado por aquellos a quienes les conviene(detentadores del poder), que muchas veces son los productores o creadores de aquel discurso expresado en leyes que nos son obligatorias y por su puesto  Kelsen tiene su contribución al sopesar dicha postura y  decir que el derecho no solo es aquello que se utiliza como medio de control o de ejercicio de la violencia por parte del Estado o de quienes detentan fácticamente el poder, empresarios, políticos, iglesia católica y demás factores reales, sino que también constituye una valiosísima y científica herramienta para la solución de los conflictos y la certeza necesaria en el desarrollo actual de nuestra vida diaria en sociedad, esto se ve “aterrizado” por decirlo de una manera coloquial, en lo siguiente: el discurso amenaza con violencia o te advierte que el estado hará uso de su fuerza auto otorgada mediante su derecho auto creado,que es solucionador de conflictos cuando establece los medios para que las partes en cualquier relación contractual puedan resolver diferencias, haya convivencias con los hijos, declarar interdicto a alguien; y finalmente el discurso bondadoso, rector, discurso de estado; pues aun cuando lo hace a con ese fin maquiavélico y escabroso de someter y controlar, el estado establece normas para acceder a trámites legales y constituir patrimonio, o llevar a cabo actos jurídicos con apoyo en la certeza jurídica que otorgan las dependencias gubernamentales y regular aquella interacción intersubjetiva entre los miembros de una comunidad, dentro de un territorio determinado en un espacio de tiempo específico, es decir crear…DERECHO.

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