LA PENA DE MUERTE
nera2215 de Julio de 2011
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LA PENA DE MUERTE EN EL PERÚ
Antes de la entrada de Alan García a su segundo gobierno, se habló mucho de la pena de muerte a los violadores. El actual presidente menciono como promesa que se efectuaría la pena de muerte para los violadores. Este en si es un tema de mucha discusión que causó gran polémica en su momento.
La violación es unos de los actos que más ha denigrado al ser humano, ya que, en nuestro país muchos hombres han llegado a ultrajar en ocasiones a bebes de pocos meses de nacidas, es decir que se transgrede o lesiona la integridad física y moral de la persona. Este acto inmoral junto con los delitos de trata de personas (el conocido tráfico humano, el cual se atrae o en ocasiones secuestra mujeres para explotarlas sexualmente por fuertes cantidades de dinero, lo cual las convierte en esclavas sexuales) y el narcotráfico, son los delitos más graves y con pena más alta lo cual se puede apreciar en nuestro código penal.
En el Perú la justicia es incierta, hay inculpados y culpables. Personas que han cometido crímenes pero andan sueltas en las calles, en cambio ciertas personas que fueron sentenciadas por crímenes que no cometieron y que solo hubo un acto de corrupción en su contra. Entonces ¿Cómo sabemos si estamos castigando al verdadero culpable?, muy aparte de esto tenemos la corrupción, los jueces son corruptibles. Cometen actos que van en contra de su ética. Reciben dinero por debajo para que ciertas personas lleguen a beneficiarse ya que el juez daría el caso a favor de la persona que está cometiendo este acto junto a este.
Lleguemos al caso de que un hombre que haya tenido relaciones sexuales con su pareja y después de unas semanas decide terminar con ella, la enamorada despechada por su abandono lo acusa de violación, y finalmente las autoridades competentes ven que todas las pruebas lo acusan. Porque la chica muestra un examen médico de que si había sido ultrajada sin su consentimiento por el enamorado de esta. El hombre se le acusa de violador y es condenado a pena de muerte porque todas las pruebas van en contra de este. ¿Se efectuaría la pena?
Estamos quitándole la vida a un inocente. Y aun, siendo culpable nadie tiene derecho a disponer arbitrariamente de la vida de otros, la dignidad humana es el fin supremo de la sociedad. El derecho a la vida es inherente al ser humano y por ningún motivo se debe de vulnerar este derecho ya que se tiene por entendido que es universal y fundamental.
Según el artículo 1° de la Constitución Política del Perú:
“La defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y el estado.”
¿Será una pena de muerte respetar la dignidad de la persona?
Pues no, cuando hablamos de dignidad también hablamos de una muerte digna, y es que la pena de muerte sería ir contra las leyes emanadas en nuestra Carta Magna (Constitución Política vigente 1993), sería contradecir dos veces ya que en los incisos 1 y 4 del artículo 200 de la Constitución, donde se encuentran ubicadas las garantías constitucionales se encuentran el Habeas Corpus y la Acción de Inconstitucionalidad: El primero, defiende los derechos fundamentales del ser humano; y el segundo, procede contra las normas que contravengan la Constitución. Por lo tanto esto sería un retroceso, más no un avance, el estado debería tomar cartas en el asunto sobre el tema de los abusos hacia los menores de edad y buscar otras formas de sanción que no vulneren lo establecido también en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. Se da en ciertos países este tipo de castigos, que sus gobiernos han optado por su bienestar y para que así nadie pueda violentar la vida de otra persona, se dice que es una forma de advertir a estas personas que cometen estos actos impunes que van contra la vida de otro ser humano, y que se llegan a realizar.
No es que
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