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La Lucha Contra el Terrorismo Internacional


Enviado por   •  22 de Abril de 2017  •  Tareas  •  6.328 Palabras (26 Páginas)  •  308 Visitas

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Trabajo Práctico

La Lucha Contra el Terrorismo Internacional

DOCENTE: Marcela Mongay

4to Año

MATERIA: Geografía


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La Lucha Contra el Terrorismo Internacional

La Estrategia global de las Naciones Unidas contra el terrorismo fue aprobada por los Estados Miembros el 8 de septiembre de 2006. Es la primera vez que se ha acordado un enfoque estratégico común para combatir el terrorismo, no solamente enviando un claro mensaje de que el terrorismo es inaceptable en todas sus formas y manifestaciones, sino además resolviendo adoptar, individual y colectivamente, medidas prácticas para prevenirlo y combatirlo. Esas medidas abarcan una amplia gama, desde fortalecer la capacidad del Estado para repeler amenazas terroristas, hasta coordinar mejor las actividades del sistema de las Naciones Unidas contra el terrorismo. Incluye las cuestiones relativas a la paz y la seguridad internacionales, condenando el terrorismo en todas sus formas y manifestaciones, dado que constituye una de las amenazas más graves para la paz y la seguridad internacionales,  teniendo en cuenta la protección de los derechos humanos y las libertades fundamentales en la lucha contra el mismo.

Los dirigentes de todo el mundo reafirmaron su determinación de apoyar todos los esfuerzos encaminados a preservar la igualdad soberana de todos los Estados, respetando su integridad territorial e independencia política, abstenerse, en sus relaciones internacionales, de la amenaza o el uso de la fuerza en cualquier forma incompatible con los propósitos y principios de las Naciones Unidas, apoyar la solución de controversias por medios pacíficos y de conformidad con los principios de la justicia y el derecho internacional, el derecho a la libre determinación de los pueblos que siguen bajo dominación colonial u ocupación extranjera, la no injerencia en los asuntos internos de los Estados, el respeto de los derechos humanos y las libertades fundamentales, el respeto de la igualdad de derechos de todas las personas sin distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión, la cooperación internacional en la solución de los problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y el cumplimiento de buena fe de las obligaciones contraídas.

Los actos, métodos y prácticas de terrorismo en todas sus formas y manifestaciones constituyen actividades cuyo objeto es la destrucción de los derechos humanos, las libertades fundamentales y la democracia, amenazan la integridad territorial y la seguridad de los Estados y desestabilizan los gobiernos legítimamente constituidos. La comunidad internacional debe adoptar las medidas necesarias a fin de aumentar la cooperación para prevenir y combatir el terrorismo, el terrorismo no puede ni debe vincularse a ninguna religión, nacionalidad, civilización o grupo étnico, los Estados Miembros deben  hacer todo lo posible para llegar a un acuerdo sobre un convenio general contra el terrorismo internacional y concertarlo, incluso resolviendo las cuestiones pendientes relativas a la definición jurídica y el alcance de los actos abarcados por el convenio, a fin de que pueda servir como instrumento eficaz de lucha contra el terrorismo.

Se afirma la determinación de los Estados Miembros de continuar haciendo todo lo posible para resolver los conflictos, poner fin a la ocupación extranjera, hacer frente a la opresión, erradicar la pobreza, promover el crecimiento económico sostenido, el desarrollo sostenible, la prosperidad mundial, la buena gobernanza, los derechos humanos para todos y el imperio de la ley, mejorar la comprensión intercultural y asegurar el respeto de todas las religiones, valores religiosos, creencias o culturas.

Se examina dentro de dos años los avances logrados en la aplicación de la Estrategia, y se considera la posibilidad de actualizarla para responder a los cambios que se hayan producido, siendo consciente de que muchas de las medidas contenidas en la Estrategia pueden hacerse efectivas de inmediato, algunas necesitarán una labor sostenida durante los próximos años y otras deberán tratarse como objetivos a largo plazo;

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Instrumentos jurídicos internacionales

Uno de los mayores logros del sistema de las Naciones Unidas ha sido el establecimiento de un régimen de tratados y convenios internacionales. Son estos tratados internacionales los que constituyen el marco jurídico para la supresión de los actos terroristas y el enjuiciamiento de los perpetradores de esos actos, así como para determinar la manera de limitar el acceso ilícito a los instrumentos que precisan los terroristas. Desde 1963, la comunidad internacional ha elaborado 14 instrumentos jurídicos universales y cuatro enmiendas para prevenir los actos terroristas. Esos instrumentos se elaboraron bajo los auspicios de las Naciones Unidas y sus organismos especializados, así como el Organismo Internacional de Energía Atómica [pic 6] (OIEA), y están abiertos a la participación de todos los Estados Miembros.  En el 2005 se introdujeron cambios sustantivos en tres de esos instrumentos universales para que se tuviera específicamente en cuenta la amenaza del terrorismo y se aprobaron las Enmiendas a la Convención sobre la protección física de material nuclear, el Protocolo para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de la navegación marítima y el Protocolo para la represión de actos ilícitos contra la seguridad de las plataformas fijas emplazadas en la plataforma continental.

Dos instrumentos legales más se añadieron en 2010: El Convenio para la represión de actos ilícitos relacionados con la aviación civil internacional y el Protocolo complementario del mismo. Estos nuevos tratados penalizarán el acto de utilizar aviones civiles como armas, y el acto de usar armas biológicas, químicas y nucleares o substancias similares para atacar aviones o otros objetivos civiles. El Convenio tipifica también como delito el transporte ilícito de armas biológicas, químicas y nucleares o material conexo. Además, los directores y organizadores de los ataques contra los aviones y los aeropuertos no tendrán refugio seguro. Hacer una amenaza contra la aviación civil también puede desencadenar en la responsabilidad penal.

Actualmente los Estados Miembros están negociando un decimocuarto tratado internacional, un proyecto de convenio general sobre el terrorismo internacional, que complementaría el marco actual de instrumentos internacionales de la lucha contra el terrorismo y se basaría en la importancia de penalizar los crímenes terroristas, la condena de éstos por ley y la exigencia del enjuiciamiento o la extradición de los perpetradores; en la necesidad de eliminar la legislación que establece excepciones a esa penalización por motivos políticos, filosóficos, ideológicos, raciales, étnicos, religiosos o de índole parecida; un enérgico llamamiento a los Estados Miembros para que adopten medidas de prevención de los actos terroristas y hagan hincapié en la necesidad de que los Estados Miembros cooperen, intercambien información y se presten mutuamente la mayor asistencia posible en lo relativo a la prevención, la investigación y el enjuiciamiento de los actos terroristas.

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