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La Particula De Dios


Enviado por   •  29 de Agosto de 2012  •  1.140 Palabras (5 Páginas)  •  960 Visitas

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El conflicto actual se produce porque durante los dos últimos gobiernos de la Concertación (Michelle Bachelet y Ricardo Lagos) se aplicó a algunos comuneros la ley antiterrorista por haber cometido delitos comunes. El problema de aplicar esta ley para delitos comunes consiste en que viola las normas del debido proceso, éstas son las normas que regulan como debe ser un juicio justo y es el que se le aplica a todos los chilenos normalmente cuando cometen delitos. En otras palabras, a los mapuches se les está restringiendo algunos de los derechos que posee cualquier persona a la que se le somete a juicio.

Los derechos o garantías que se ven vulneradas por la aplicación de la ley antiterrorista son principalmente

El principio de legalidad a través de una de sus expresiones que señala que para que una persona pueda ser sancionada, la conducta por la cual se le acusa debe estar expresamente descrita en la ley, esta descripción de la conducta se conoce como tipo penal. Esta disposición de la constitución se ve violada porque la ley antiterrorista contiene tipos penales muy amplios, que permiten aplicarla a muchos delitos. Esto se debe a que no define concretamente la conducta que quiere sancionar, y permite amplios márgenes a la discrecionalidad a la autoridad para aplicarla en forma arbitraria y caprichosa.

La igualdad ante la ley, debido a que se aplica un proceso que no es igual al que se aplica a los chilenos por cometer delitos comunes. La ley antiterrorista entrega ventajas al Estado para acusar y condenar a quienes estén acusados de cometer delitos terroristas. Algunos ejemplos de esta desigualdad en la aplicación de procedimientos penales se ven en:

• La presunción de la finalidad terrorista: la ley antiterrorista, por el sólo hecho de invocarla hace que se presuma la finalidad terrorista del hecho delictual, lo cual produce un efecto jurídico que se conoce como la “alteración de la carga de la prueba”. Normalmente es el Estado el encargado de acusar y de probar las acusaciones que se realizan en contra de las personas que cometen delitos; esto es así en todos los países democráticos occidentales. Pues bien, acá se altera quién debe probar esto, ya que la finalidad terrorista se presume y es el acusado quien debe probar que no es un acto terrorista.

• Permite una discrecionalidad excesiva en su aplicación: si una comunidad mapuche o cualquier otra intenta arrancar decisiones de la autoridad (exigir cualquier cosa) y hacerlo a través de medios no institucionalizados podría considerarse como un hecho terrorista, hay jóvenes de 19 años condenados hasta a 80 años de cárcel por lanzar piedras. Este es el nivel de discrecionalidad que permite la ley terrorista.

• Las penas son incompatibles con un Estado democrático de derecho.

La norma no cumple con los estándares que exigen las instituciones de DD.HH y los tratados internacionales sobre esta materia, en particular el Convenio Internacional para la represión de los atentados terroristas cometidos con bombas, aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 15 de diciembre de 1997

• La ley antiterrorista tiene como causal para su invocación la finalidad de atemorizar a la población. Podríamos aplicarla ley antiterrorista a casi cualquier conducta, ésta debiese estar expresa y estrictamente tipificada puesto que se trata de una norma excepcionalísima, que sólo debe ser aplicada como un último recurso en la lucha contra el terrorismo. A diferencia de la legislación chilena, la legislación comparada define al terrorismo es una violación masiva y sistemática a derechos humanos fundamentales para alcanzar un fin que dice relación con

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