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La contaminacion del rio shullcas


Enviado por   •  22 de Abril de 2018  •  Documentos de Investigación  •  880 Palabras (4 Páginas)  •  221 Visitas

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PROBLEMA

Se observa con gran preocupación cómo se atenta en contra de la preservación del río Shullcas, es por eso que estamos priorizando en el estudio de esta problemática, ya que es una preocupación de nunca acabar y de interés público; no sólo para la población que vive en las riberas del río sino para toda la ciudadanía en general; se sabe que la contaminación del agua se considera como uno de los mayores problemas que enfrenta la humanidad ya que en sus aguas arrastra excremento, desechos sólidos entre otros que generan graves consecuencias como son: problemas estomacales y dermatológicos, extinción de la flora y fauna cercana al río, y el atropello a los derechos de vivir en un ambiente sano, adecuado, apto, seguro, libre de contaminación, saludable y equilibrado.

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  • Una de las políticas actuales vigentes la encontramos en la constitución política del Perú en el artículo 22° donde manifiesta lo siguiente: “Toda persona tiene derecho a la paz, a la tranquilidad, al disfrute del tiempo libre y al descanso, así como a gozar de un ambiente equilibrado y adecuado al desarrollo de su vida”. Se puede apreciar que la ley vigente aún no ha logrado resultados favorables para dar solución al problema que aqueja a nuestra comunidad.

  • Otra de las políticas estudiadas es la ley general de las aguas donde se manifiesta el uso justificado y racional de ese líquido que creíamos inagotable, la falta de cultura de parte de la población y al no encontrar una legislación clara y severa que persiga a los que contaminan el rio Shullcas nos está trayendo graves consecuencias.  Esta ley en el artículo 2° nos manifiesta lo siguiente: “formular la política general de su utilización y desarrollo; planificar y administrar sus usos de modo que ellos tiendan a efectuarse en forma múltiple, económica y racional; conservar, preservar e incrementar dichos recursos”. La aplicación de esta ley nos traería grandes ventajas como la realización de estudios hidrológicos, hidrobiológicos; para saber si el agua de nuestro río no dañará a la población que vive cerca y que hace uso de ese recurso que forma parte de su día a día.

  • También  analizamos la Ley General del Ambiente (Ley N° 28611) “Toda persona tiene derecho irrenunciable a vivir en un ambiente saludable, equilibrado y adecuado para el pleno desarrollo de la vida…”. Si bien es cierto que es un derecho irrenunciable al cual todavía podemos no podemos  acceder, si fuera así no tendríamos este problema de contaminación del rio Shullcas.

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La propuesta tomada por el grupo es apoyar una ya existente que se menciona en la Ley General del Ambiente N° 28611 en los siguientes artículos:

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  • Art. 135 del régimen de sanciones

Inc.1.  El incumplimiento de las normas de la presente Ley es sancionado por la autoridad competente en base al Régimen Común de Fiscalización y Control Ambiental. Las autoridades pueden establecer normas complementarias siempre que no se oponga al Régimen Común.

Inc. 2. En el caso de los gobiernos regionales y locales, los regímenes de fiscalización y control ambiental se aprueban de conformidad con lo establecido en sus respectivas leyes orgánicas.

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