ClubEnsayos.com - Ensayos de Calidad, Tareas y Monografias
Buscar

La dignidad humana prevalece sobre la ley


Enviado por   •  22 de Agosto de 2016  •  Ensayos  •  2.001 Palabras (9 Páginas)  •  298 Visitas

Página 1 de 9

 

La dignidad humana prevalece sobre la ley

Los juicios de Núremberg marcan sin duda alguna  un antes y un después en la historia  del derecho, no es de extrañar que se le tome constantemente como referencia a la hora de reseñar  la ya muy antigua discusión positivista e iusnaturalista.  Y es que no existe conflicto posterior  en el  que se ponga en relieve de una manera tan evidente esta distinción, siendo así una postura fuertemente sostenida por quienes se defienden bajo las premisas de validez y objetivismo,  este caso en particular otorgara ese papel a los acusados. Mientras del otro lado están quienes apoyados en una postura naturalista y en  principios de dignidad humana y respeto a la vida misma intentan imputar cargos sin el apoyo de reglas nacionales, tan solo apelando  a la violación de tratados de tipo internacional.

Cabe ante todo resaltar una singularidad importante, otra de tantas contenidas en estos juicios, sin embargo esta es de especial  notoriedad puesto que quienes eran juzgados no se encontraban tan solo en calidad de líderes populares o militares, de hecho, su posición  como jueces  se encontró tan cerca de  los conceptos de dignidad, libertad y justicia, que resulta especialmente reprochable su conducta durante aquellos años.

 Habiendo dicho esto,  describiremos algunos de los puntos más importantes en los que se basó la acusación, procediendo pues  a resumirlos  de la siguiente manera:

  1. Los jueces en ejercicio de su magistratura hicieron uso de los poderes conferidos por el estado con el fin de aprobar medidas y emitir providencias de ineludible crueldad, aquí nos referiremos particularmente a la esterilización meticulosa y sistemática del pueblo judío y los discapacitados mentales,  esto constituye la calificación de crímenes de guerra y de lesa humanidad
  2. Llego a presumirse que los  acusados también  aprobaron sentencias en las cuales se ordenaba la ejecución de personas inocentes cuya presencia o ideales contrariaban o representaban alguna clase de amenaza ya sea de tipo político o social frente al gobierno nazi.
  3. Se les atribuye también cierto grado de responsabilidad con respecto a los innumerables actos sucedidos en los campos de concentración en los que perecieron miles de judíos que eran usados a manera de esclavos por del régimen nazi
  4. Se les imputaron cargos también en lo concerniente al uso inadecuado de sus facultades judiciales encaminadas al saqueo de la propiedad privada

Es también de extrema importancia comprender la estrecha relación que se da entre los implicados y las decisiones tomadas, con miras a satisfacer tal objeto nombraremos los protagonistas en ambos bandos tanto acusadores como acusados añadiendo una tercera categorización que corresponderá a la composición del juzgado que se hace merecedora de una clasificación independiente debido a la  teórica naturaleza imparcial de su tarea

Fueron cuatro los jueces que presidieron durante las audiencias cuyo comienzo se ubica el 4 de marzo de 1947 extendiendiendose de este modo hasta el  4 de diciembre del mismo año. Los jueces a los que me refiero fueron Carrington: T. Marshall, expresidente de la corte suprema de justicia del estado de Ohio, quien se encontró en calidad de presidente, Mallory B. Blair Juez de la suprema corte de apelaciones en Texas, en este caso se presentó como juez, James T. Brand juez de la corte suprema del estado de Ohio también asumiendo  también el papel de juez y por ultimo Justin H. Harding . Abogado de la fiscalía general de Ohio,  quien intervino como juez adjunto. Aquí se pone de manifiesto una de las grades críticas que se atribuyen a los juicios en Núremberg, puesto que no es del todo coherente ceder todos los escaños del juzgado a personajes estadounidenses aun cuando se atribuyó la existencia de los juicios a la los aliados en general no tan solo a la nación norteamericana; sin embargo se hizo caso omiso los reproches concernientes a este tema  a tal punto de denominar el proceso como “The United States of  America vs Josef Altostter et all” de este modo los juicios prosiguieron bajo la estructura antes mencionada, con la única excepción del remplazo de Marshall como presidente debido a enfermedad el 19 de junio de 1947, entonces el cargo de presidente fue ocupado por el Juez Brand.

Del lado de la acusación se encontraron el general Telford Taylor desempeñado el papel de fiscal jefe y Harkes M.Lafollete asumiendo también la posición de fiscal. Los acusados por su parte conformaron un grupo de 16 personas, estas fueron:    CURT ROTHENBERGER ,WOLFGANG METTGENBERG,ERNST LAUTZ,CARL WESTPHAL,FRANZ SCHLEGELBERGER,GUNTHER JOEL,GUNTHER NEBELUNG,HANS PETERSEN,HERBERT KLEMM,HERMANN CUHORST,JOSEF ALTSTOTTER ,KARL ENGERT ,OSWALD ROTHAUG,PAUL BARNICKEL,RUDOLF OESCHEY,WILHELM VON AMMON,WOLFGANG METTGENBERG. Todos ellos altos magistrados a los que se acusa de haber sido participes en alguna o todas las acusaciones antes planteadas, en la mayoría de los casos se les encontró culpable de algunos de los cargos; sin embargo ante la falta de pruebas de suficiente peso, los acusados Gunther Nebelung, Hanns Petersen, Hermann Cuhorst y Paul Barnickel fueron hallados inocentes he inmediatamente absueltos.

Habiendo así concluido con un breve bosquejo de los implicados y los cargos  que son objeto de la discusión podemos avanzar sin el temor de caer en una parcialización de la discusión, que no permita sopesar a plenitud los argumentos planteados por cada una de las partes. En primera instancia avanzaremos bajo el conocimiento de que los acusados se adhieren al pensamiento positivista, atribuyendo por tanto la postura iusnaturalista a los acusadores en este caso ambos fiscales.

Convendría entonces para efectos de comprender completamente la postura positivista apegarse a uno de los autores más destacados en este campo, Hans Kelsen cuya posición frente al derecho sugiere  lo siguiente “Una norma jurídica no vale por tener un contenido determinado; es decir, no vale porque su contenido pueda inferirse, mediante un argumento deductivo lógico, de una norma fundamental básica presupuesta, sino por haber sido producida de determinada manera, y en última instancia, por haber sido producida de la manera determinada por una norma fundante básica presupuesta. Por ello, y sólo por ello, pertenece la norma al orden jurídico.” (Hans Kelsen, Teoría pura del Derecho, 1993, Ed. Porrúa, México, pág. 205), es decir en el caso colombiano se tendría que afirmar que las leyes realizadas por el congreso son siempre justas y validas por el mismo hecho de ser emitidas por esta institución, es entonces evidente un distanciamiento enorme entre el derecho y los juicios de valor que vendrían  ha representar bajo este razonamiento nada más que la opinión intrascendente de un sujeto frente a problemáticas respecto a las cuales no posee autoridad.

...

Descargar como (para miembros actualizados)  txt (12.2 Kb)   pdf (137.7 Kb)   docx (13.7 Kb)  
Leer 8 páginas más »
Disponible sólo en Clubensayos.com