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La estructura del gobierno federal


Enviado por   •  12 de Diciembre de 2014  •  Trabajos  •  1.848 Palabras (8 Páginas)  •  203 Visitas

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El Poder Legislativo se encuentra organizado bajo el sistema del bicamarismo, en consecuencia está integrado por la Cámara de Diputados y la de Senadores, y a la unión de ambas de le llama Congreso de la Unión. Tanto la Cámara de Diputados como la de Senadores están formadas por personas elegidas directamente por la ciudadanía. El Congreso de la Unión funciona mediante reuniones o asambleas que reciben el nombre específico de sesiones. La función primordial del Congreso de la Unión es la elaboración de las leyes. El proceso de formación de una ley atraviesa por tres importantes etapas que son a) la iniciación: b) la discusión y aprobación; c) la promulgación y publicación.

El segundo organismo que forma parte del gobierno federal es el Poder Ejecutivo, que en nuestro país tiene el carácter unipersonal, de acuerdo a los artículos 80 y 89 de nuestra Constitución que se refieren al Presidente de la República y a sus atribuciones apoyándose en sus funciones con una serie de colaboradores sobre los cuales delega gran parte de sus atribuciones.

Estos colaboradores reciben el nombre de Secretarios y Jefes de Estado. El Presidente de la República, como Jefe del Poder Ejecutivo, tiene en sus manos una doble función política y administrativa, de acuerdo con las normas legales aplicables, las distribuye entre sus colaboradores.

El Poder Judicial está integrado por La Suprema Corte de Justicia, los Tribunales Colegiados de Circuito, los Tribunales Unitarios de Circuito, los Juzgados de Distrito y el Jurado Popular.

La Suprema Corte de Justicia, es el máximo tribunal del país; está integrada por veintiún ministros nombrados en forma vitalicia por el Ejecutivo y ratificados por la Cámara de Senadores.

Los Tribunales de Circuito son los organismos que siguen en importancia a la Suprema Corte de Justicia. Estos tribunales se dividen en unitarios y colegiados: los Tribunales Colegiados de Circuito están integrados por tres magistrados, y dictan sus resoluciones por mayoría de votos. Los Jueces de Distrito son también nombrados por la Suprema Corte de Justicia. También existe el Jurado Popular que es un tribunal de conciencia, con la misión de resolver sobre la culpabilidad o inculpabilidad de las personas por los delitos cometidos.

El Ministerio Público es una institución que depende del Poder Ejecutivo y que tiene bajo su responsabilidad la persecución, ante los tribunales, de todos aquellos actos judiciales en que la misma esté interesada, el Procurador General de la República, es la máxima autoridad en este rubro. Los gobiernos de los Estados adoptan para su régimen interior el mismo sistema utilizado por la Federación, sirviendo de base para su organización política, territorial y administrativa la institución del municipio libre, y su situación jurídico- política se encuentra regulada por el Artículo 115 Constitucional.

http://www.ordenjuridico.gob.mx/Constitucion/articulos/116.pdf

Selección de artículos del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal

Artículo 7o.- El gobierno del Distrito Federal, está a cargo de los Poderes Federales, y de los órganos Ejecutivo, Legislativo y Judicial de carácter local, de acuerdo con lo establecido por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, el presente Estatuto y las demás disposiciones legales aplicables.

Artículo 8o.- Las autoridades locales de gobierno del Distrito Federal son:

I. La Asamblea Legislativa del Distrito Federal;

II. El Jefe de Gobierno del Distrito Federal; y

III. El Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal

Artículo 42.- La Asamblea Legislativa tiene facultades para:

VI. Expedir la Ley Orgánica de los tribunales encargados de la función judicial del fuero común en el Distrito Federal, que incluirá lo relativo a las responsabilidades de los servidores públicos de dichos órganos;

XII. Legislar en las materias civil y penal, normar el organismo protector de los derechos humanos, participación ciudadana, defensoría de oficio, notariado y registro público de la propiedad y de comercio;

Artículo 67.- Las facultades y obligaciones del Jefe de Gobierno del Distrito federal son las siguientes:

VIII. Proponer Magistrados del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y designar los del Tribunal de lo Contencioso Administrativo del Distrito Federal y someter dichas propuestas y designaciones, según sea el caso, para su ratificación a la Asamblea legislativa del Distrito Federal;

XXII. Facilitar al Tribunal Superior de Justicia y a la Asamblea Legislativa los auxilios necesarios para el ejercicio expedito de sus funciones;

CAPITULO III

De los órganos encargados de la función judicial

Artículo 76.- La función judicial del fuero común en el Distrito Federal se ejercerá por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, jueces y demás órganos que su Ley Orgánica señale. Dicha ley regulará también su organización y funcionamiento.

Artículo 77.- El ingreso y promoción de los servidores públicos a los órganos que ejerzan la función judicial en el Distrito Federal, distintos del tribunal Superior de Justicia y el Consejo de la Judicatura, se hará mediante el sistema de carrera judicial, que se regirá por los principios de excelencia, objetividad, imparcialidad, profesionalismo, honradez e independencia.

El ingreso y promoción a la carrera judicial se hará a través de concurso interno de oposición y de oposición libre en la proporción que determine el Consejo de la Judicatura del Distrito Federal, en base al número de vacantes a cubrir.

El Consejo de la Judicatura del Distrito Federal contará con un órgano auxiliar en materia de investigación, formación, capacitación y actualización de los servidores públicos de la institución y de quienes aspiren a ingresar a ella, con el fin de fortalecer los conocimientos y habilidades necesarios para el adecuado desempeño de la función judicial.

Artículo 78.- La Asamblea Legislativa resolverá, en un plazo de 15 días, por el voto de la mayoría de sus miembros presentes, respecto de los nombramientos de Magistrados del Tribunal Superior de Justicia que haya realizado el Jefe de Gobierno. Si nada se resolviese dentro de ese plazo, se tendrán por aprobados los nombramientos y él o los designados entrarán a desempeñar sus funciones.

Si la Asamblea Legislativa

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