Medicina Laboral
FAO2016Ensayo18 de Septiembre de 2022
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Medicina Laboral
Taller A
Grupo I
*El Servicio de Medicina basa su trabajo en la necesidad de estar presente, en el trabajo de campo, el médico debe estar primero en el lugar donde el trabajador desarrolla su tarea, debe conocer en detalle la actividad que realiza el trabajador como así también el ambiente laboral al que se encuentra expuesto diariamente.
La tarea del médico laboral debe estar centrada en dirigir su atención al trabajador teniendo en cuenta los siguientes aspectos:
-Condiciones de Trabajo relacionadas con el ambiente geográfico donde se desarrollan: sean urbanas o rurales.
-Características del trabajo teniendo en cuenta los aspectos sociales (como se organiza la empresa), aspectos de infraestructura general como ser lugar donde se instalará la empresa, qué personal, qué maquinarias y herramientas, qué materiales, cual será el mecanismo y tiempo de producción; y por último los aspectos biológicos del trabajador que se refieren al examen de aptitud y adaptando el trabajo al hombre ed acuerdo a sus capacidades psicofísica del trabajador y sus problemas sociales.
-Prevención: es la manera de evitar o limitar la acción de la enfermedad sobre el organismo de trabajador, mediante: Promoción de la salud (ej. exámenes médicos), Protección específica (inmunización, higiene, suplementos dietarios) y la Prevención que se clasifica en las siguientes:
~Primaria: proteger la salud evitando la enfermedad en el trabajador
~Secundaria: realizando un diagnóstico y tratamiento temprano.
~Terciaria: recuperación de la salud y rehabilitación del paciente.
*La tarea del Servicio de Higiene y Seguridad se basa principalmente en determinar, promover y mantener adecuadas condiciones ambientales en los lugares de trabajo como, así también, un alto nivel de seguridad. El campo de conocimiento del Técnico en Higiene debe ser amplio porque no solo debe conocer bien su profesión sino que debe conocer las características, condiciones y modos de trabajo para conocer los riesgos a los se ve expuesto el trabajador a fin de tomar las precauciones tanto en seguridad como en salud y prevención de salud.
*Tanto el Servicio de Salud de Medicina Laboral como el Servicio de Higiene y Seguridad deben trabajar intensamente ante todo la lograr la Prevención.
Las Acciones Preventivas a aplicar son:
-Promoción de la salud: que implica la nutrición del trabajador, ajustar las condiciones de vida para mejorarlas y exámenes médicos.
-Protección de la salud: se refiere a la inmunización, higiene (estimulandola a través de la educación), aumentar la seguridad contra accidentes, aconsejar suplementos dietarios y protección contra elemenos cancerígenos y alergenos a través de la capacitación del personal en el uso de los EPP (elementos de protección personal).
-Prevención Primaria: se trata de proteger la salud mediante la educación a fin de evitar enfermedades en el trabajador.
-Prevención Secundaria: se refiere al diagnóstico y tratamiento temprano, como así también, a la profilaxis.
-Prevención Terciaria: a fin de recuperar la salud y rehabilitar al paciente.
*Ley 19.587
-Cap. 3 Art. 21 - Los Servicios de Medicina del Trabajo Interno deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:
1. Personal: los médicos del trabajo que actúen en los respectivos servicios
deberán cumplir sin excepciones con el artículo 19 y además como mínimo:
1.1. Confeccionar y mantener actualizado un legajo médico de cada
trabajador, según modelo del Ministerio de Bienestar Social - Secretaría de
Salud Pública.
1.2. Registrar, en un libro rubricado por la autoridad competente, en casos de enfermedades profesionales y accidentes del trabajo, los siguientes datos: apellido y nombres completos, documentos de identidad, número de legajo, edad, domicilio, oficio u ocupación, antigüedad en el trabajo y en el establecimiento, cambios de puestos de trabajo dentro del establecimiento,
diagnóstico, lugar de tratamiento, terapéutica instituida y notificación al interesado.
-Cap. 4 Art. 39 - Los Servicios de Higiene y Seguridad en el Trabajo Internos deberán cumplir con los siguientes requisitos mínimos:
1.1. Planos generales de la planta en escala 1:100 con indicación de todas las instalaciones industriales y rutas procesales, diagrama del proceso.
1.2. Planos de las áreas de la planta, que presenten o puedan presentar riesgos en materia de Higiene y Seguridad en el Trabajo y memoria tecnológica de las medidas de control de riesgo.
1.3. Planos generales y de detalle de los servicios de prevención y lucha contra incendio del establecimiento, así como también de todo dispositivo o sistema de seguridad existente para tal fin.
1.4. Planos generales de los circuitos y medios de egreso (ruta de egreso en la emergencia)
Grupo II
*Leyes de Escudero: estableció las bases para una dieta correcta y las cuatro deben cumplirse para una correcta alimentación:
-1° Ley: SUFICIENTE que es la energía necesaria para cubrir el gasto de trabajo y mantener la temperatura, en caso de que no haya un aporte suficiente se produce una disminución de las grasas, luego disminuye los hidratos de carbono, produciendo desnutrición y por último se usa el soporte biológico de las proteínas y se produce la muerte.
-2° Ley: COMPLETA es decir, que no se debe omitir ningun nutriente, como lo son los alimentos que tienen todos los aminoácidos (carne, leche y huevos) y protectores.
-3° Ley: ARMÓNICA en las cantidades de los diversos nutrientes que deben guardar relación entre lo que se consume y el gasto calórico.
-4° Ley: ADECUADA al organismo, depende de las condiciones en que se encuentre el individuo si esta enfermo, niño, hábitos, situación económica, social, tipo de trabajo, etc.
*Enfermedad del Trabajo: es aquella enfermedad que se adquiere como consecuencia de la realización de un trabajo, el cual actúa como desencadenante y que propicia una enfermedad pre existente. Se caracteriza por tener Lesiones Crónicas.
*La obra del médico Bernardino Ramazzini (1663-1714) se relaciona con las funciones del Técnico en Higiene y Seguridad y el Médico Laboral en que ambos utilizan su método. Ramazzini implementó un método por el cual primeramente comienza el estudio sistematizado de las enfermedades laborales, él iba a los lugares de trabajo donde trataba a los trabajadores, de este modo, modifica los criterios del médico en seguridad laboral, escribir y guardar se convierte en una forma de documentar la realidad del trabajador.
*Ley 19.587
-Cap. 3 Art. 21 - Los Servicios de Medicina del Trabajo Interno deberán cumplir los siguientes requisitos mínimos:
1.3. Realizar inspecciones periódicas a todo el establecimiento y con mayor frecuencia a los lugares de trabajo del mismo.
1.4. Efectuar directamente, o bajo su supervisión, los exámenes médicos de ingreso y demás exámenes en salud, según corresponda a todo el personal del establecimiento.
1.5. Efectuar personalmente los exámenes de retorno al trabajo después de ausencia provocada por enfermedad o accidente.
1.6. Efectuar directamente, o bajo su supervisión, examen clínico a la totalidad de los trabajadores del establecimiento, por lo menos una vez por año.
1.7. Efectuar personalmente reconocimientos semestrales, o en períodos más breves a su criterio, al personal afectado a tareas con riesgos especiales y a los disminuidos en readaptación.
1.8. Ejecutar acciones de educación sanitaria, socorrismo y vacunación.
1.9. Realizar estudios de ausentismo por morbilidad, para orientación del programa médico del establecimiento.
1.10. Efectuar encuestas y análisis de los accidentes ocurridos en coordinación con el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
1.11. Efectuar seguimientos de los accidentados y de los afectados por enfermedades profesionales.
1.12. Efectuar auditoria médica e informe anual de actividades para elevar a la autoridad competente.
1.13. Llevar las estadísticas relacionadas con su tarea, coordinadamente con el Servicio de Higiene y Seguridad en el Trabajo.
1.14. Arbitrar los medios a fin de que los inspectores de la autoridad competente puedan cumplir su misión sin dificultades.
-Cap. 4 Art. 39 1.4
2. Mantener, a los efectos del mejor cumplimiento de sus obligaciones específicas, coordinación de actuación con todas las áreas del establecimiento.
3. Controlar el cumplimiento de las normas de Higiene y Seguridad en el Trabajo, en coordinación con el Servicio de Medicina del Trabajo, adoptando las medidas preventivas adecuadas a cada tipo de industria o actividad, especialmente referidos a: condiciones ambientales, equipos, instalaciones, máquinas, herramientas y elementos de trabajo, prevención y protección contra incendio.
4. Especificar las características y controlar las condiciones de uso y conservación de los elementos de protección personal, de almacenamiento y transporte de material, de producción, transformación, distribución y uso de energía y todo aquello relacionado con estudios y proyectos sobre instalaciones, modificaciones y ampliaciones en el área de su competencia.
5. Redactar textos para el etiquetado de sustancias nocivas.
6. Elaborar reglamentaciones, normas y procedimientos para el desarrollo del trabajo sin riesgos para la salud del trabajador.
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