Medida De Aseguramiento Frente A Los Derechos Fundamentales De La Libertad Y Presunción De Inocencia
luisa17255 de Octubre de 2013
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INTRODUCCIÓN
La Constitución Política de Colombia de 1991 se ocupa de garantizar el derecho a la libertad en su artículo 28 al determinar que toda persona es libre y, por otro lado, el artículo 29 indica que toda persona se presume inocente mientras no se la haya declarado judicialmente culpable, por lo que tiene como consecuencia la prohibición de sancionarlo antes de la sentencia condenatoria, sin embargo el mecanismo de la medida de aseguramiento consistente en detención preventiva es utilizado para privar de la libertad a una persona dentro de un proceso penal por un delito determinado hasta antes de que se profiera una sentencia condenatoria debidamente ejecutoriada, con el fin de evitar que se fugue para evitar la realización del juicio oral, para que cumpla con la ejecución de una posible sentencia condenatoria o para evitar que convierta en obstáculo para la averiguación de la verdad, por lo tanto al decretarse la medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario, ésta se puede considerar como un tipo de sanción antes de proferirse la sentencia, ya que si una persona se presume inocente no se puede coaccionar mediante la interrupción de su libertad.
Ahora, es preciso indicar que la jurisprudencia ha señalado que la Ley 906 de 2004, con la cual nace el nuevo sistema penal acusatorio en Colombia, es aún más garantista tanto para el procesado, como para la víctima y los demás sujetos procesales, tanto es así que los términos como causales de libertad contempladas en el anterior código de procedimiento penal (Ley 600 de 2000, artículo 365) fueron reducidos en un gran porcentaje por la nueva norma que entro a regir (ley 906 de 2004, artículo 317).
Sin embargo dicha reducción no resuelve el problema que suscita la imposición de la medida de aseguramiento de detención preventiva frente a los derechos fundamentales de la libertad y la presunción de inocencia.
ÍNDICE
1. PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN 5
2. OBJETIVOS 8
2.1. Objetivo General 8
2.2. Objetivos Específicos 8
3. JUSTIFICACIÓN 9
4. CONCEPTOS BÁSICOS DE LA DETENCIÓN PREVENTIVA O MEDIDA DE ASEGURAMIENTO 11
4.1. Investigaciones a nivel nacional e internacional sobre la medida de aseguramiento o detención preventiva 11
4.1.1. La detención preventiva (untersuchungshaft) en el ordenamiento alemán. 11
4.1.2. Privación de la Libertad y Responsabilidad del Estado 13
4.1.3. La Prisión Preventiva en un Estado de Derecho 15
4.1.4. Pena y Prisión Preventiva 16
4.1.5. Las medidas cautelares en el proceso penal 17
4.2. Aspecto Evolutivo y Conceptual de la Medida de Aseguramiento 18
4.2.1. Evolución Histórica de la Detención Preventiva 18
4.2.1.1. Mundo Antiguo. 18
4.2.1.2. Época Moderna 22
4.2.2. Conceptualización de la Medida de Aseguramiento 25
4.2.3. Regulación Existente Sobre la Medida de Aseguramiento en el Ámbito Jurídico 26
4.2.3.1. Normativa 26
4.2.3.2. Jurisprudencia 28
4.3. La Medida de Aseguramiento en la Actualidad 36
4.4. METODOLOGÍA 37
4.4.1. Enfoque 37
4.4.2. Alcance 38
4.4.3. Categorías 38
4.4.4. Unidad de trabajo 40
4.4.5. Precisión de la unidad de trabajo 40
4.4.6. Instrumento de Recolección de la información 40
4.4.7. Matriz de Análisis Sentencias 41
4.4.8. Matriz de Análisis Normas 43
4.4.9. Resultados Esperados 44
5. BIBLIOGRAFÍA 45
1. PROBLEMA DE INVESTIGACIÓN
De acuerdo a la Real Academia Española la prisión preventiva, llamada medida de aseguramiento en Colombia, es la que sufre el procesado durante la sustanciación del juicio.
Así Sandra Cabrera, indica que el Derecho Penal indefectiblemente se realiza a través del proceso, en el cual se ejercita el monopolio del derecho del Estado de perseguir penalmente a quienes se atribuye haber delinquido, persecución en la cual se utiliza como medio, la prisión preventiva.
Peláez Sanz y Bernal Neto (1999) agregan que la necesidad de que existan medidas cautelares en el proceso penal viene dada por la combinación de dos factores: por un lado, todo proceso con las debidas garantías se desarrolla siguiendo unas normas de procedimiento por lo que tiene una duración temporal; y por otro, la actitud de la persona a la que afecta el proceso, que si es culpable o así se siente, su tendencia natural le llevará a realizar actos que dificulten o impidan que el proceso penal cumpla su fin (hará desaparecer los datos que hagan referencia al hecho punible, se ocultará, etc.). Por ello, la Ley faculta al órgano jurisdiccional a que adopte determinadas precauciones para asegurar que puedan realizarse adecuadamente los diversos actos que conforman el proceso, para que al término del mismo, la sentencia que se dicte sea plenamente eficaz.
Así mismo definen las medidas cautelares como aquel conjunto de actuaciones "encaminadas al aseguramiento del juicio y a la efectividad de la sentencia que se dicte" (GOMEZ ORBANEJA).
Segura Álvarez (2005) manifiesta que cuando a un acusado, no condenado en firme todavía, se le despoja de su libertad; se ponen en conflicto dos principios básicos del ordenamiento alemán, en primer lugar el derecho a la libertad del ciudadano afectado a quien hasta no haber una condena en firme en su contra debe presumírsele inocente, y en segundo lugar la necesidad de una administración efectiva de la justicia penal, dicha efectividad se concreta en tres grandes fines: El aseguramiento de la presencia del procesado durante el proceso, el mantenimiento de una reglamentaria investigación de los hechos y en la consecuente determinación y ejecución de la pena.
En Colombia El Juez de Control de Garantías funge como Juez Constitucional propendiendo al correcto y necesario desenvolvimiento de la función de la justicia penal, así como de garantizar la preservación de los derechos y garantías constitucionalmente previstos para la persona procesada, entre estos el derecho a la libertad, el cual se debate cuando la Fiscalía General de la Nación solicita una medida de aseguramiento consistente en la privación de la libertad, ésta con el objeto de impedirle al procesado la fuga, la continuación de su actividad delictual o las labores que emprenda para ocultar, destruir, deformar o desvirtuar elementos probatorios importantes para la investigación.
Sin embargo la medida de aseguramiento privativa de la libertad ha sido fuertemente criticada desde el punto de vista de que se exagera por parte del Estado en esta clase de imposición, de manera que vulnera el derecho a la libertad, a la presunción de inocencia y a otros derechos de carácter fundamental, cuando efectivamente el Estado cuenta con otros medios eficaces pero menos lesivos para proteger el derecho a la libertad del individuo, como lo es la detención domiciliaria, que puede ser utilizada para realizar una descongestión al actual sistema carcelario, pero que de igual forma cercena el derecho a libertad y a la presunción
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