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Ministerio Critica


Enviado por   •  12 de Febrero de 2015  •  866 Palabras (4 Páginas)  •  155 Visitas

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Ministerio de Educación fija incremento de tarifas en colegios privados para 2015

viernes, 19 de septiembre de 2014

Mineducación estableció, por medio de la Resolución No. 15168 del 17 de septiembre de 2014, los topes máximos de incremento para matrículas y pensiones que deben aplicar los colegios privados para el próximo año de acuerdo al Manual de Evaluación y Clasificación de establecimientos educativos.

Los incrementos para el primer grado ofrecido por cada establecimiento educativo serán en promedio de 4%, salvo los colegios clasificados en 'Muy Superior' en las Pruebas Saber 11 en Libertad Regulada por Puntaje y en 'Muy Superior' y 'Superior' en Libertad Regulada por Certificación.

El promedio ponderado de los incrementos de las tarifas de matrícula y pensión para los demás grados es del 3.2%.

El esquema preserva la capacidad de pago de la educación en los hogares colombianos y contempla los requerimientos de mejora en calidad de la educación.

De acuerdo con la evaluación institucional de estos establecimientos, cerca del 52% se ubica en el régimen de libertad regulada, el 35% en libertad vigilada y el 13% en régimen controlado, situación que muestra una creciente mejora frente a los años anteriores.

Bogotá, 19 de septiembre de 2014. MinEducación. El Ministerio de Educación Nacional estableció, a través de la Resolución 15168 del 17 de septiembre de 2014 los incrementos aplicables a las tarifas de matrículas y pensiones de los establecimientos educativos privados de preescolar, básica y media del país que se aplicarán en el año escolar 2015, teniendo como base los valores que fijaron las instituciones para el año inmediatamente anterior.

Cada año, los colegios privados de calendario A del país realizan en septiembre, mes de la evaluación institucional, un proceso participativo avalado por su Consejo Directivo, cuyos resultados se reportan a las secretarías de educación 60 días antes del inicio de matrículas y sirven para realizar la clasificación de colegios, jardines y establecimientos de educación de adultos en uno de los siguientes regímenes:

Libertad Regulada: Establecimientos que obtuvieron altos puntajes en la Evaluación Institucional o están certificados o acreditados en calidad,

Libertad Vigilada: Colegios que obtuvieron puntajes intermedios.

Controlado: Instituciones con bajos puntajes en la Evaluación o aquellos que presentan incumplimiento en las condiciones requeridas para prestar el servicio educativo.

De esta manera, los incrementos autorizados en las tarifas de matrícula y pensión son mayores para quienes obtienen mejores resultados en su evaluación institucional, y para quienes están certificados o acreditados en calidad. Adicionalmente, contemplan incentivos para los colegios que obtienen resultados 'Muy Superior' y 'Superior' en las pruebas Saber 11 en el año inmediatamente anterior.

Adicionalmente, estos incrementos tienen en cuenta las metas nacionales de inflación, para preservar la capacidad de pago de los hogares y de los establecimientos educativos.

Los topes de incremento establecidos para el primer grado que ofrece el colegio o jardín, son mayores que los de los demás grados, porque en él las familias pueden escoger más

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