Modelo Socio Productivo
darian2528 de Enero de 2013
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República Bolivariana de Venezuela
Ministerio del Poder Popular Para la Educ. Universitaria
Universidad Experimental Nacional “Rómulo Gallegos”
Aldea Universitaria “Durigua”
Misión Sucre
Acarigua, Edo_ Portuguesa
MODELO PRODUCTIVO
SOCIALISTA
Acarigua, 2012
Modelo Productivo Socialista
Desde el inicio del gobierno Bolivariano de Hugo Chávez en 1999, Venezuela ha experimentado una serie de cambios radicales en su estructura social, económica y cultural a propósito de la directriz de dicho gobierno, la cual dirige a la nación hacia un desarrollo endógeno integral y a una igualdad social, características que representan las bases fundamentales del pensamiento Bolivariano.
El objetivo principal del Nuevo Modelo Productivo Socialista es crear trabajo con significado, se eliminaran la división social, la estructura jerárquica y estará menos subordinada a la reproducción del capital, para esto se crearan EPS (Empresas de Producción Social) en estas empresas no existirá discriminación social, no existirán privilegios, la gestión será democrática y participativa.
En resumen se quiere con esto eliminar la reproducción del capital, y crear más fuentes de empleo ya que hoy en día hay empresas y trabajos que quieren explotar a los trabajadores y no le da un sueldo significativo y con el cual se enriquecen los propietarios de estos negocios.
Las ventajas de esta integración en procesos de innovación no se limitan a hacer más eficientes algunos modelos de negocio y/o proyectos, sino que además permiten generar la confianza a estas comunidades para que sean conscientes de sus capacidades y conocimientos para liderar sus propios procesos de desarrollo y solventar sus propias necesidades. Ello permite darle continuidad en el tiempo a los procesos de innovación; adoptar nuevas estrategias de relación con agentes de interés de las cadenas productivas y promover la innovación participativa como plataforma para incidir en otros ámbitos, ya sea generar mejoras en la calidad de productos, aumentar la sostenibilidad ambiental de los procesos productivos o descubrir nuevos nichos de mercado, todo ello mejorando las condiciones sociales de la población.
Aunque para que todo ello se pueda poner en práctica es preciso construir conceptos preconcebidos sobre cómo miramos tanto a los países en vías de desarrollo cómo al propio proceso de innovación. En otras palabras, es preciso deseducarse.
Debido a ello es relevante valorar que el cambio de paradigma que estamos experimentando actualmente, no es un simple cambio al proceso productivo para integrar sugerencias sobre cómo integrar más a las comunidades pobres para incentivar la innovación, sino es una propuesta de cambio tanto a los modelos de negocio actuales como al diseño de los proyectos de cooperación al desarrollo.
En otras palabras, los procesos de innovación participativa son un nuevo eslabón en el proceso transitorio del capitalismo individualista regido por la maximización de beneficios individuales y la generación de externalidades no asumidas, al capitalismo inclusivo, que considera la generación de valor social y la búsqueda de beneficios mutuos de todas las partes que participan.
Descubrir la participación ciudadana:
El programa de Gestión Social plantea formar personas con alto sentido ético, con el propósito de contribuir con los procesos de desarrollo social, local y comunitario, para así generar nuevos conocimientos colectivos que permitan la elaboración y gestión de estrategias para la articulación de comunidades y redes sociales entorno al nuevo proyecto de sociedad, y para el impulso de proceso de desarrollo local sostenible, para lo cual se necesita identificar las necesidades y la resolución de problemas de la comunidad, a partir de la formulación e instrumentación de programas, proyectos, estrategias y actividades vinculadas con las políticas y planes de la nación que persiguen el desarrollo endógeno sustentable para emancipación y trasformación social; además se le da el nombre de participante que será un Gestor Social que estará en capacidad para desempeñarse, como personal competente para dirigir y trabajar en: procesos socio-comunitarios, redes sociales, organizaciones sociales; instituciones públicas y privadas, organismos y organizaciones nacionales.
Modelo productivo socialista se enfoca principalmente en los siguientes aspectos:
• Establecer un modelo productivo socialista con el funcionamiento de nuevas formas de generación, apropiación y distribución de los excedentes económicos y una nueva forma de distribución de la renta petrolera, lo que será un reflejo de un avance sustancial en el cambio de valores colectivo, en la forma de relacionarse los individuos con los demás, con la comunidad, con la naturaleza y con los medios de producción.
• Son Empresas de Producción Social (EPS) las entidades económicas dedicadas a la producción de bienes o servicios en las cuales el trabajo tiene significado propio, no alineado y auténtico, no existe discriminación social en el trabajo y de ningún tipo de trabajo, no existen privilegios en el trabajo asociados a la posición jerárquica, con igualdad sustantiva entre sus integrantes, basadas en una planificación participativa y protagónica.
• En las EPS los trabajadores se apropiarán del excedente económico resultante, que se repartirá en proporción a la cantidad de trabajo aportado; la gestión será democrática y participativa y el peso relativo de la participación será con base en la persona y no con base en el capital aportado.
• Se avanzará sustancialmente en la consolidación del carácter endógeno de la economía, mediante la utilización progresiva de los recursos del país, con visión de futuro y respeto a las generaciones por venir, y dando prioridad a la satisfacción de las necesidades del país.
Análisis de la Ley de los Consejos comunales:
Esta ley fue decretada por La Asamblea Nacional De La República Bolivariana De Venezuela. Con el propósito de que sea un instrumento legal se dan todos los elementos necesarios para continuar afianzando la participación de las comunidades en la ejecución de políticas públicas en el mejoramiento de la calidad de vida de los sectores populares.
Disposiciones Generales
1. Base Poblacional: en las áreas urbanas se establece como referencia entre las ciento cincuenta (150) y cuatrocientas (400) familias núcleo.
2. Familia Núcleo: se incorpora la noción de familia núcleo, entendido como el grupo de parientes conformado por madre, padre e hijos.
3. Sistema de Información Comunal: se define como el proceso que permite la recolección, procesamiento y almacenamiento de información demográfica, socioeconómica, de infraestructura y funcionamiento de los servicios de las comunidades, para la elaboración de los diagnósticos, evaluación, y seguimiento del plan comunal y los proyectos comunales.
4. Control Social: entendido como un mecanismo a través del cual todo ciudadano o ciudadana individual o colectivamente participa en la vigilancia y control de la gestión pública, en la ejecución de programas, planes y proyectos, en la prestación de los servicios públicos, así como en la conducta de los funcionarios públicos para prevenir, racionalizar y promover correctivos.
5. Deberes. Son deberes de los ciudadanos y ciudadanas integrantes de los consejos comunales: la corresponsabilidad social, la rendición de cuentas, el manejo transparente, oportuno y eficaz de los recursos que dispongan, bien sea por asignación del Estado o cualquier otra vía de conformidad con el ordenamiento jurídico vigente.
De la Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos en los Consejos Comunales
Se redefinen las funciones de la Asamblea de Ciudadanas y Ciudadanos del consejo comunal otorgándole de esta manera mayor poder de incidencia en la gestión de las unidades del consejo comunal.
Algunas funciones propuestas:
1. Aprobar el Acta Constitutiva y Estatutos del Consejo Comunal
2. Elegir las o los integrantes de la Comisión Organizadora y de la Comisión Electoral.
3. Aprobar el ámbito geográfico del Consejo Comunal
4. Aprobar la creación de comités de trabajo u otras formas de organización comunal, con carácter permanente o temporal
5. Elegir a las voceras y voceros de los Comités de Trabajo del Consejo Comunal.
6. Elegir a los miembros de la Unidad de Gestión Administrativa y de la Unidad de Contraloría Social.
7. Revocar el mandato de voceras o voceros de los Comités de Trabajo y de los integrantes de las unidades del Consejo Comunal, conforme a lo que establezca la presente Ley.
8. Aprobar las normas de convivencia de la comunidad, sin menoscabo de lo dispuesto en el ordenamiento jurídico vigente.
10. Elegir a los voceros o voceras del seno del Consejo Comunal para su participación en la elección de conformidad a lo establecido en la Ley del Consejo Local de Planificación Pública.
11. Decidir sobre los aspectos esenciales de la vida comunitaria a los fines de contribuir al desarrollo integral de la comunidad.
12. Ejercer actividades de control social, sin perjuicio de las que ejerza la Unidad de Contraloría Social.
13. Las demás establecidas en la presente Ley.
De la Organización del Consejo Comunal
La nueva Ley trae como integración del Consejo Comunal los siguientes componentes:
- Asamblea de Ciudadanos y Ciudadanas
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