Modelo de CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADO
Ruben FinaflorTutorial20 de Diciembre de 2015
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CONTRATO DE ARRENDAMIENTO DE BIEN INMUEBLE A PLAZO DETERMINADO
Conste por el presente contrato privado de arrendamiento de bien inmueble, que celebran de una parte Doña ROXANA SOLEDAD GUTIERREZ, identificada con DNI Nº 15613089 domiciliada en Av. Túpac Amaru Nº 589 – Santa María a quien en lo sucesivo se le denominara LA ARRENDATARIA y de la otra parte, Don RAUL CORDOVA CORDOVA, identificado con DNI Nº 15757877 a quien en lo sucesivo se le denominara EL ARRENDATARIO de acuerdo a los términos contenidos en las cláusulas siguientes:
ANTECEDENTES:
PRIMERA: LA ARRENDATARIA es propietaria del bien inmueble ubicado en Panamericana Norte Nº 2264 – Cruz Blanca, Distrito de Santa María, Provincia de Huaura, Departamento de Lima.
SEGUNDA: LA ARRENDATARIA deja constancia que el inmueble a que se refiere la cláusula anterior se encuentra en buen estado de conservación y habitable.
OBJETO DEL CONTRATO:
TERCERA: Por el presente contrato las partes acuerdan que el monto de la renta que pagara el ARRENDATARIO en calidad de contraprestación por el uso del bien, asciende a la suma de S/. 450.00 nuevos soles mensuales que será cancelado en dinero en efectivo.
CUARTA: La forma de pago de la renta será por mensualidades vencidas que el ARRENDATARIO pagará a la ARRENDADORA los 08 de cada mes. En caso de incumplimiento o atraso de un mes de la renta nos veremos obligados a rescindir del contrato y por tanto será desocupado el bien inmueble.
QUINTA: Las partes convienen fijar un plazo de duración determinada del presente contrato, el cual será de veinticuatro meses renovable de ser el caso, por acuerdo de las partes se computarán a partir del 08 de Julio del 2014, siendo la fecha termino el 08 de Julio del 2016, fecha que EL ARRENDATARIO, está obligado a desocupar y devolver el bien arrendado en las mismas condiciones que lo recibió.
SEXTA: EL ARRENDATARIO está obligado a pagar puntualmente los servicios de agua, luz, cable, etc.
SEPTIMA: EL ARRENDATARIO está obligado a permitir la inspección del bien inmueble arrendado por parte de la ARRENDADORA, para cuyo efecto este deberá cursar previo aviso por escrito, con una anticipación no menor de diez días.
OCTAVA: EL ARRENDATARIO podrá dejar el inmueble comunicando con dos meses de anticipación a la ARRENDADORA.
NOVENA: Toda mejora que se haga en el bien inmueble para comodidad del ARRENDATARIO correrá por cuenta de él sin perjudicar a la ARRENDADORA.
DECIMA: En la fecha de suscripción del presente contrato el ARRENDATARIO entregará la suma de S/. 900.00 (NOVECIENTOS NUEVOS SOLES Y 00/100) en calidad de dos meses de garantía importe que servirá para garantizar el absoluto cumplimiento de todas las obligaciones asumidas en virtud de este contrato, el mencionado deposito en garantía le será devuelto al ARRENDATARIO sin intereses al vencimiento del presente contrato una vez verificado el estado de conservación del bien arrendado, así como verificado los pagos de diversos conceptos expuesto en la cláusula sexta.
CLAUSULA ADICIONAL:
Las partes contratantes convienen que de renovarse el plazo del contrato y que en el plazo improbable caso que la ARRENDADORA pretenda incrementar la renta mensual esta deberá efectuarse en función del porcentaje de la inflación que publica mensualmente el Instituto Nacional de Estadísticas.
En señal de conformidad las partes suscriben el presente contrato en la ciudad de Huacho a los 16 días del mes de Julio del 2014, legalizando las firmas ante el Notario Público.
ROXANA DELGADO GUTIERREZ
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