NIIF para las PYMES
adrirmmResumen10 de Febrero de 2019
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UNIVERSIDAD NACIONAL EXPERIMENTAL[pic 1]
DE LOS LLANOS OCCIDENTALES
“EZEQUIEL ZAMORA”
UNELLEZ SOCOPÓ
VICERRECTORADO DE PLANIFICACIÓN Y
DESARROLLO SOCIAL
PROGRAMA CIENCIAS SOCIALES Y JURÍDICAS
SUBPROGRAMA CONTADURÍA PÚBLICA
NIIF para las PYMES
Autores:
Socopó, Enero 2019
INTRODUCCION
El siguiente informe comprende de una forma más rápida el estudio de las Normas internacionales de información financiera para pequeñas y medianas empresas (NIIF para las PYMES). Base ofrecida por el Comité permanente de principios de contabilidad de la federación de colegios de contadores públicos de Venezuela.
NORMAS INTERNACIONALES DE INFORMACIÓN FINANCIERA
Acuerdo marco para la adopción de las normas internacionales de información financiera
(BA VEN-NIF 00)
Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF), son instrumentos que se aplican para la preparación y presentación de información financiera de alta calidad, de acuerdo a los estándares internacionales, desde el año 1997 se han incorporado al sistema contable venezolano de manera supletoria, progresivamente estas normas se han ido adoptando y tomando mayor espacio en el modelo contable venezolano, en 2004 el colegio de contadores a través de discusión decidió aprobar un plan para la adopción de dichas normas, teniendo en cuenta la realidad económica y la legislación Venezolana.
El Acuerdo marco para la adopción de las normas internacionales de información financiera de las Pequeñas y Medianas Entidades (PYME), fue suscrito en marzo de 2011 y tiene como propósito la adopción y aplicación de las NIIF en los principios de la contabilidad venezolana, así mismo este acuerdo tendrá alcance en todo el territorio venezolano, tanto para uso nacional como internacional, involucra a todas las personas bien sea naturales o jurídicas que emita información acerca de sus estados financieros, siempre y cuando cumpla con la normativa legal vigente y la realidad venezolana.
Como resultado de la discusión para la adopción de las NIIFF, se desarrollaron algunos acuerdos, entre ellos el estudio técnico respecto al contexto venezolano el cual fue realizado por el Comité Permanente de Principios de Contabilidad (CPC), para lo cual dispuso de 30 días para tal fin. Seguidamente se elaboraran los boletines en base al análisis suministrado por la CPC, donde se estableció el marco conceptual para las condiciones de aplicabilidad, creando una sección especial para las Pequeñas y Medianas Entidades (PYMES) y las condiciones de aplicabilidad.
A este respecto, en Venezuela las se aplican las siglas VEN-NIF para denominar las normas adaptadas a las particularidades del país, se aplicaron por las grandes entidades desde el año 2008 y las pequeñas y medianas entidades a parir del 2011, esta última al mismo tiempo en que se acuerda la adopción de estas normas internacionales.
Dentro del conjunto de decisiones, se establecieron las disposiciones derogatorias, las cuales dejaron sin efecto criterios técnicos anteriores a los años 2008 y 2011 tanto para las grandes entidades como para las pequeñas y medianas entidades respectivamente. Finalmente el boletín de aplicación sobre Acuerdo marco para la adopción de las normas internacionales de información financiera se sometió a consulta durante 30 días y fue aprobado el Directorio Nacional Ampliado la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela el 18 y 19 de marzo de 2011.
Criterios para la aplicación en Venezuela de los VEN-NIF PYM
(BA VEN-NIF 06)
Como resultado de anteriores discusiones y acuerdos que sentó precedente, específicamente el 2004 en la población de Acarigua, donde se decidió incorporar las NIIIF a los principios contables de Venezuela y los cuales se empezaron a aplicar desde 2008 a las grandes entidades (GE) y 2011 a las pequeñas y medianas entidades (PYME). En esta oportunidad se fijó como propósito describir las características y condiciones que deben tener la PYME, especialmente para aquellas que por primera vez se adhieran a la aplicación de las NIIF, al mismo tiempo distinguir entre GE y PYME en caso de la una adopte la categoría de la otra, para efectos de los principios de la aplicación de las VEN-NIF.
En el planteamiento del boletín destacan las características de la economía venezolana y los actores que intervienen, los cuales “son entidades de carácter privado, formales e informales, dedicadas a la prestación de servicios y ventas de bienes”, de manera que se afirma que las entidades privadas son consideradas dentro de la legislación venezolana y tienen su protección, pues se reconoce el gran aporte que brindan para el empleo y desarrollo económico del país.
El acuerdo para este Boletín de Aplicación aprobado en Trujillo en marzo de 2011, las entidades deben presentar estados financieros de acuerdo a las VE-NIF dirigida a todas aquellas entidades que persigan fines de lucro, haciendo referencia que en el caso particular de las PYME, las mismas se regirán por las normas que se establezcan en el BA VEN-NIF 08, así como otras formas de asociaciones que persigan o no fines de lucro deben regirse por las mismas normas para las PYME, al mismo tiempo que sustituye el BA VEN-NIF 06 de 2010 y deroga el BA VEN-NIF 01 del año 2007.
Principios de contabilidad generalmente aceptados en Venezuela (VEN-NIF)
(BA VEN-NIF 08)
El objetivo principal del BA VEN-NIF 08 es clasificar los principios de la contabilidad en el territorio nacional y adaptarse a los estándares internacionales, de manera que los profesionales en contaduría pública lo ejecuten siguiendo la normativa legal vigente, dichas normas fueron aprobadas por La Federación de Colegios de Contadores Públicos de la República Bolivariana de Venezuela, reunida en Directorio Nacional Ampliado, dentro de los acuerdos se destacan los principios de contabilidad aceptados para las grandes entidades (GE) y pequeñas y medianas entidades (PYME), de acuerdo a los atributos de cada una, en cuanto a su clasificación como GE o PYME, cada entidad decidirá que figura ser de acuerdo con los criterios diseñados para cada uno.
Para el año 2017, año en que se aprobó el BA VEN-NIF 08, existían 09 boletines diferentes sobre principios de la contabilidad generalmente aceptados, aunado a estas está las NIIF para las PYME, en total existen una cantidad de 66 NIIF, las cuales regulan diferentes ámbitos de los principios contables, entre ellos libros, inventario, estados financieros, flujos de efectivo, beneficios de los empleados, arrendamientos, información financiera en economías hiperinflacionarias, deterioro del valor de los activos, provisiones, pasivos contingentes y activos contingentes, gravámenes, ingresos, activos intangibles, información financiera en economías hiperinflacionarias, entre otras, las cuales fueron aprobadas en marzo de 2017 y son las Normas de Información Financiera generalmente aceptadas en Venezuela.
Finalmente el boletín de aplicación VEN-NIF 08, fue sometido a consulta durante tres meses y remitido a los colegios de contadores, instituciones públicas, privadas y universidades siendo considerados y evaluados todos los comentarios recibidos, por lo que una vez cumplido este paso el Directorio Nacional Ampliado Extraordinario de la Federación de Colegios de Contadores Públicos de Venezuela procede a aprobarlo para su respectiva aplicación.
en ese sentido en el 2011El colegio de contadores públicos de Venezuela
A continuación podríamos comenzar el presente desarrollo sobre la NIIF para las PYMES: son boletines aclaratorios o boletines informativos que permiten aclarar el contenido de las normas de información financieras.
En este este desarrollo explicaremos algunos boletines aclaratorios (BA VEN-NIF 0, BA VEN-NIF 6 y BA VEN-NIF 8).
El boletín BA VEN-NIF 0:
- Considerando Es necesario establecer un marco claro y coherente para la emisión y actualización del modelo de la contabilidad. El 16 y 17 de julio de 2004 se discutió y aprobó el plan de adopción a las normas internacionales de información financiera. Emite la versión N°5 del Boletín de aplicación VEN-NIF N°0 acuerdo marco para la adopción de las normas internacionales de información financiera.
• Propósito: Este boletín de aplicación regula el proceso de adopción y aplicación de las NIIF a ser incorporados como principios de contabilidad generalmente aceptados de Venezuela.
• Alcance: Los principios de contabilidad generalmente aceptados en Venezuela serán aplicados por toda entidad que prepare sus estados financieros para usuarios externos o requeridos por cualquier disposición legal venezolana.
• Planteamiento: Las normas de carácter mundial pueden no contemplar aspectos específicos de Venezuela por lo que puede existir razones de tipo legal, económicas o técnicas que conllevan a la adopción condicionada o a la no adopción de alguna NIIF.
• Acuerdos: Las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) emitidas o modificadas deben ser evaluadas por el comité permanente de principios de contabilidad de la FCCPV y puesta a consulta publica por un lapso no menor de 30 días. Las NIIF deberán ser publicadas en la Web de la FCCPV.
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