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NORMATIVAS Y LEYES VENEZOLANAS PARA LA ARQUITECTURA Y URBANISMO

brayanjose123Trabajo1 de Mayo de 2022

774 Palabras (4 Páginas)377 Visitas

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RESUMEN

        La distribución poblacional en Venezuela está desarrollada por la Ley Orgánica de Ordenanza del Territorio (LOOT), la Ley Orgánica de Ordenanza Urbanística (LOOU) y la Ley Orgánica de Régimen Municipal (LORM). Ellas tienen por objetivo establecer las disposiciones que regirán el proceso de ordenación al nivel nacional, estatal y municipal, teniendo como objetivo la localización de los asentamientos, actividades económicas y sociales de la población

Ley Orgánica de Ordenación del Territorio.

        La Ley Orgánica para la Ordenación del Territorio tiene por objeto establecer las disposiciones que regirán el proceso de ordenación del territorio en concordancia con la estrategia de Desarrollo Económico y Social a largo plazo de la Nación.

        Para la ordenación del territorio se considera establecer un mejor uso de los espacios de acuerdo a sus capacidades, condiciones específicas y limitaciones ecológicas; protegiendo el ambiente, la conservación y racional aprovechamiento de las aguas, los suelos, el subsuelo, los recursos forestales y demás recursos naturales renovables y no renovables. Además de comunicar a todo el país por vías de comunicación en diversos sectores.

Ley Orgánica de Ordenación Urbanísticas.

        La LOOU determina las leyes de ordenación y desarrollo urbanístico, para unificar normas y procedimientos técnicos para la ejecución de obras de ingeniería, arquitectura y urbanismo.

        Administra la urbanización nacional por medio del Ministerio del Desarrollo Urbano (encargado del desarrollo urbanístico nacional), a fines de la coordinación de las actividades de ordenación y desarrollo tales como: los planes de ordenación urbanística, evaluar los resultados de la ejecución de las políticas, planes y programas de ordenación y desarrollo urbanísticos. Además de llevar un registro nacional de información urbanística.

Los objetivos fundamentales de la LOOU son:

  • Desarrollar las políticas urbanísticas establecidas en el plan de la nación o formuladas por el ejecutivo nacional.
  • Interrelacionar las acciones e inversiones públicas que incidan en la actividad urbanística.
  • Determinar los usos del suelo urbano y sus intensidades, así como definir normas y estándares obligatorios de carácter urbanístico.
  • Señalar los servicios públicos necesarios cuantitativa y cualitativamente.
  • Determinar los estímulos para lograr la participación de los particulares en el desarrollo urbanístico.
  • Armonizar los programas de desarrollo urbanístico de los organismos del sector público, entre sí y con los del sector privado.

Ley Orgánica de Régimen Municipal.

        Esta ley se caracteriza principalmente por establecer los valores necesarios para la creación, principios económicos, competencia de cada entidad, entre otras cualidades según su identidad, tales como municipios, distritos metropolitanos, mancomunidades y parroquias.

        Para la gestión de intereses y en el ámbito de competencias, se podrán promover toda clase de actividades y prestar cuantos servicios públicos contribuyan a satisfacer las necesidades y aspiraciones de la comunidad,  talescomo

  • Acueductos, cloacas, drenajes y tratamiento de aguas residuales.
  • Distribución y venta de electricidad y gas en las poblaciones.
  • Promoción y fomento de viviendas, parques, jardines, plazas, y otros sitios de recreación y deporte.
  • Pavimentación de las vías públicas urbanas.
  • Servicio de transporte público urbano de pasajeros.
  • La creación de servicios que faciliten el abastecimiento de los productos de primera necesidad como abastos, mataderos, mercados y en general.
  • Protección del ambiente y cooperación con el saneamiento ambiental.
  • Aseo urbano y domiciliario, comprendiendo los servicios de limpieza, de recolección y tratamiento de residuos.
  • Protección civil y servicios de prevención y lucha contra los incendios en las poblaciones.

Aplicación de la Ordenanza de Zonificación

        Los planes de ordenación urbanística y de desarrollo urbano local delimitan el contenido del derecho de propiedad, quedando éste vinculado al destino fijado por dichos planes, aunque este derecho de preferencia para adquirir suelos urbanos, se puede cambiar a otra entidad urbanística, siempre que no existan planes especiales de uso por dichos organismos.

        Las zonas de parques y recreación (los de uso especial) no podrán ser destinadas a ningún otro uso; las destinadas a servicios comunales o de infraestructura, sólo podrán afectarse a otro uso cuando fueren sustituidas por otras de igual uso y, por lo menos, igual dimensión y similares características.

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