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ORGANIZACION INTERNACIONAL DEL TRABAJO


Enviado por   •  7 de Diciembre de 2013  •  2.034 Palabras (9 Páginas)  •  292 Visitas

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ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DEL TRABAJO

La Organización Internacional del Trabajo (OIT) es la única agencia de las Naciones Unidas cuyos mandantes son representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores. Esta estructura tripartita (Se aplica al contrato, acuerdo o reunión que está formado por tres grupos de personas) hace de la OIT un foro singular en el cual los gobiernos y los interlocutores sociales de la economía de sus Estados Miembros pueden libre y abiertamente confrontar experiencias y comparar políticas nacionales.

ESTADOS MIEMBROS

En la actualidad, la OIT comprende 183 Estados Miembros. Además de los Estados que eran miembros de la Organización Internacional del Trabajo el 1° de noviembre 1945, cualquier miembro originario de las Naciones Unidas y cualquier Estado admitido como miembro de las Naciones Unidas por decisión de la Asamblea General puede ser Miembro de la OIT comunicando al Director General la aceptación formal de las obligaciones que emanan de la Constitución de la Organización Internacional del Trabajo.

La Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo también puede admitir a un Estado en calidad de Miembro de la Organización por mayoría de dos tercios de los delegados presentes en la reunión, incluidos dos tercios de los delegados de Gobiernos presentes y votantes.

ORGANIZACIÓN DE TRABAJADORES

Los sindicatos libres son instituciones democráticas y autónomas de personas que aspiran a defender sus derechos como trabajadores y ciudadanos. A pesar que en muchos países se niega el derecho a organizarse, es la más grande y representativa organización basada en la participación voluntaria del mundo.

Los sindicatos son organizaciones cruciales de la sociedad civil en la mayoría de los países democráticos. En un mundo en rápida globalización, el desafío de asegurar trabajo decente, condiciones de trabajo seguras, salarios dignos, seguridad social básica, igualdad de género y una distribución equitativa de los ingresos plantea la necesidad de una mejor gobernanza y aplicación universal y puesta en vigor de las normas internacionales del trabajo.

Desde su creación, la OIT es considerada por los sindicatos como una institución esencial para promover la protección de los trabajadores de todo el mundo a través del diálogo social y el establecimiento de normas. La Oficina de Actividades para los Trabajadores (ACTRAV), como vínculo principal entre la Oficina Internacional del Trabajo y los trabajadores, coordina todas las actividades de la Oficina que conciernen a los trabajadores y sus organizaciones, tanto en la sede como en el terreno.

El cometido de la Oficina de Actividades para los Trabajadores es el fortalecimiento de sindicatos representativos, independientes y democráticos en todos los países, para que puedan desempeñar eficazmente su papel en la protección de los derechos de los trabajadores y sus intereses y en la prestación de servicios eficaces a sus miembros a nivel nacional e internacional, y para promover la ratificación y aplicación de los convenios de la OIT.

ORGANIZACIÓN INTERNACIONAL DE EMPLEADORES

Las organizaciones de empleadores son instituciones creadas para organizar y promover los intereses colectivos de los empleadores. Son decisivas para generar un ambiente favorable para empresas competitivas y sostenibles que contribuyan al desarrollo económico y social, y para ofrecer servicios que mejoren y orienten el desempeño individual de las empresas.

Las organizaciones de Empleadores son además un componente crítico de cualquier proceso de diálogo social, y pueden ayudar a garantizar que los objetivos sociales y económicos a nivel nacional sean formulados de manera apropiada y objetiva para obtener el apoyo de la comunidad empresarial que representan.

Al ser una de las tres partes que constituyen la OIT, las organizaciones de empleadores tienen una relación especial con la Organización. La Oficina de Actividades para los Empleadores de la OIT (ACT/EMP) es una dependencia especializada de la Secretaría de la OIT. Su tarea consiste en mantener relaciones estrechas y directas con las organizaciones de empleadores de los Estados Miembros, en poner a su disposición los recursos de la OIT, y en mantener a la OIT informada en todo momento de las opiniones, preocupaciones y prioridades de dichas organizaciones.

La Oficina lleva a cabo asimismo un Programa de Cooperación Técnica que presta asistencia a las organizaciones de los países en desarrollo y en transición.

ACT/EMP coopera estrechamente con la Organización Internacional de Empleadores (OIE) en las cuestiones de política laboral y social internacional de los que se ocupa la OIT.

ORIGENES E HISTORIA

La OIT fue creada en 1919, como parte del Tratado de Versalles que terminó con la Primera Guerra Mundial, y reflejó la convicción de que la justicia social es esencial para alcanzar una paz universal y permanente.

Su Constitución fue elaborada entre enero y abril de 1919 por una Comisión del Trabajo establecida por la Conferencia de Paz, que se reunió por primera vez en París y luego en Versalles. La Comisión, presidida por Samuel Gompers, presidente de la Federación Estadounidense del Trabajo (AFL), estaba compuesta por representantes de nueve países: Bélgica, Cuba, Checoslovaquia, Francia, Italia, Japón, Polonia, Reino Unido y Estados Unidos. El resultado fue una organización tripartita, la única en su género con representantes de gobiernos, empleadores y trabajadores en sus órganos ejecutivos.

La Constitución contenía ideas ya experimentadas en la Asociación Internacional para la Protección Internacional de los Trabajadores, fundada en Basilea en 1901. Las acciones en favor de una organización internacional que enfrentara temas laborales se iniciaron en el siglo XIX, y fueron lideradas por dos empresarios, Robert Owen (1771-1853) de Gales y

Daniel Legrand (1783-1859) de Francia.

La fuerza que impulsó la creación de la OIT fue provocada por consideraciones sobre seguridad, humanitarias, políticas y económicas. Al sintetizarlas, el Preámbulo de la Constitución de la OIT dice que las Altas Partes Contratantes estaban “movidas por sentimientos de justicia y humanidad así como por el deseo de asegurar la paz permanente en el mundo...”

Había un verdadero reconocimiento a la importancia de la justicia social para el logro de la paz, en contraste con un pasado de explotación de los trabajadores en los países industrializados de ese momento. Había también una comprensión cada vez mayor de la interdependencia

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