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Oralidad Penal


Enviado por   •  19 de Julio de 2015  •  3.033 Palabras (13 Páginas)  •  243 Visitas

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INTRODUCCION

La Constitución Política del Perú en su artículo 138º, señala: "La potestad de administrar justicia emana del pueblo y se ejerce por el Poder Judicial a través de sus órganos jerárquicos, con arreglo a la Constitución y a las Leyes."

Esta integrado por órganos jurisdiccionales que administran justicia en nombre de la Nación, y por órganos que ejercen su Gobierno y administración .

El Poder Judicial en su ejercicio funcional es autónomo en lo político, administrativo, económico, disciplinario e independiente en la función jurisdiccional, con sujeción a la Constitución. Asimismo, el Poder Judicial presenta su proyecto de presupuesto al Poder Ejecutivo y lo sustenta ante el Congreso .

El funcionamiento del Poder Judicial se rige por la Ley Orgánica del Poder Judicial que establece su estructura orgánica y precisa sus funciones. Esta ley define los derechos y deberes de los magistrados, quienes son los encargados de administrar justicia; de los justiciables, que son aquellos que están siendo juzgados o quienes están solicitando justicia; y de los auxiliares jurisdiccionales que son aquellas personas encargadas de brindar apoyo a la labor de los integrantes de la magistratura.

1. Proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema la Política General del Poder Judicial y aprobar el Plan de Desarrollo del mismo.

2. Fijar el número de Jueces Supremos Titulares.

3. Determinar el número de Salas Especializadas Permanentes y excepcionalmente el número de Salas Transitorias de la Corte Suprema.

4. Aprobar el Proyecto del Presupuesto del Poder Judicial, propuesto por la Gerencia General y ejecutarlo una vez sancionado legalmente, conforme a las normas de la materia.

5. Velar por el respeto de las atribuciones y garantías del Poder Judicial.

6. Resolver en última instancia las reclamaciones contra los acuerdos y resoluciones de los Consejos Ejecutivos Distritales.

7. Acordar el horario del Despacho Judicial de la Corte suprema.

8. Aprobar el cuadro de Términos de la Distancia, así como revisar periódicamente el valor de los costos, multas y depósitos correspondientes y otros que se establezcan en el futuro.

9. Distribuir la labor individual o por comisiones, que corresponda a sus integrantes.

10. Absolver las consultas de carácter administrativo que formulen las Salas Plenas de los Distritos Judiciales.

11. Resolver en última instancia las medidas de apercibimiento, multa y suspensión, impuestas por la Oficina de Control de la Magistratura en contra de los magistrados, en el plazo de Ley, bajo responsabilidad.

12. Resolver conforme a su Reglamento, los asuntos relativos a traslados de los magistrados, funcionarios y demás servidores del Poder Judicial.

13. Fijar las cuantías y sus reajustes para determinar las competencias jerárquicas.

14. Designar comisiones de asesoramiento, investigación y estudio.

15. Designar al Gerente General del Poder Judicial y a los demás funcionarios que la señale la Ley y los Reglamentos.

16. Emitir los informes que le solicite el Congreso de la República; la Sala Plena de la Corte Suprema y el Fiscal de la Nación, sobre los asuntos de su competencia y solicitar lo que se relacionen con sus funciones.

17. Supervisar la conservación y buen recaudo de los bienes incautados cuya libre disposición está supeditada a la resolución de los juicios penales, conforme a ley.

18. Proponer a la Sala Plena de la Corte Suprema, en forma excepcional, la distribución de causas entre las Salas Especializadas, fijando su competencia a fin de descongestionar la carga judicial, pudiendo conformar Salas Transitorias por un término no mayor de tres meses, en casos estrictamente necesarios.

19. Asegurar la progresiva habilitación y adecuación de locales judiciales a nivel nacional, en los cuales funcionen los órganos jurisdiccionales con su respectivo personal auxiliar.

20. Disponer y Supervisar el desarrollo de los sistemas de informática que faciliten una eficiente función de gestión, el eficaz control de la conducta funcional y del trabajo jurisdiccional de todos los miembros del Poder Judicial y la organización estadística judicial, conforme con las propuestas que le formule la Gerencia General.

21. Celebrar toda clase de convenios y cooperación e intercambio con entidades nacionales y extranjeras, dentro de la Constitución y las leyes, para asegurar el financiamiento de sus programas y el cumplimiento de sus fines; en tal sentido fijar la metodología pertinente y ejercer el control de la aplicación de los fondos respectivos dando cuenta a la Sala Plena de la Corte Suprema.

22. Coordinar con la Academia de la Magistratura para el desarrollo de actividades de capacitación para los magistrados.

23. Asegurar el pago integro de la remuneraciones de los magistrados y demás servidores del Poder Judicial, según lo establecido en esta Ley.

24. Crear y suprimir Distritos Judiciales, Salas de Corte Superiores y Juzgados, cuando así se requiera para la más rápida y eficaz administración de justicia, así como crear Salas Superiores Descentralizadas en ciudades diferentes de las sedes de los Distritos Judiciales, de acuerdo con las necesidades de éstos.

La creación de Distritos Judiciales se realiza en función de áreas de geografía uniforme, la concentración de grupos humanos de idiosincrasia común, los volúmenes demográficos, rural y urbano, el movimiento judicial y además la existencia de vías de comunicación y medios de transporte que garanticen a la población respectiva un fácil acceso al órgano jurisdiccional.

En todo caso, la creación o supresión de Distritos Judiciales, Salas de Cortes Superiores o Juzgados, se sustentan estrictamente en factores geográficos y estadísticos.

25. Reubicar Salas de Cortes Superiores y Juzgados a nivel nacional, así como aprobar la demarcación de los Distritos Judiciales y la modificación de sus ámbitos de competencia territorial, pudiendo excepcionalmente incorporar Salas de Cortes Superiores Especializadas y Juzgados Especializados o Mixtos con competencia supraprovincial.

26. Adoptar

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