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POLITICA TRIBUTARIA DEL GRUPO INTERCORP


Enviado por   •  26 de Diciembre de 2021  •  Informes  •  1.024 Palabras (5 Páginas)  •  59 Visitas

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POLITICA TRIBUTARIA DEL GRUPO INTERCORP

  1. Objetivo

La administración de los asuntos tributarios de las empresas del Grupo Intercorp (el “Grupo”) se lleva a cabo aplicando las buenas prácticas tributarias y actuando con transparencia, claridad, orden y coherencia, con el objetivo de cumplir con sus obligaciones tributarias de manera responsable y eficiente.

  1. Marco de Aplicación

La presente Política aplica para Intercorp Perú Ltd y todas sus empresas subsidiarias (en adelante las “Empresas”) debiendo ser sometida a la aprobación de los Directorios o Juntas de Accionistas, según corresponde en cada subsidiaria.

  1. Nuestros compromisos

3.1 Lineamientos

En el cumplimiento de las obligaciones tributarias del Grupo así como en sus relaciones con la Administración Tributaria, los empleados y directivos de las Empresas se regirán por los siguientes lineamientos:

  1. El cumplimiento de las normas tributarias en los distintos países y territorios en los que opera el Grupo.
  2. La adopción de decisiones empresariales y estratégicas con base en una interpretación razonable e informada de la normativa tributaria aplicable.
  3. La mitigación de riesgos fiscales significativos, velando por que la tributación sea un reflejo de la actividad empresarial desarrollada.
  4. La colaboración con las autoridades en materia tributaria basada en el respeto a la ley, la transparencia, y la buena fe, sin perjuicio de las legítimas controversias que, respetando los principios anteriores y en defensa del interés social, puedan generarse con dichas autoridades por una diferente interpretación de las normas aplicables.

3.2 Buenas prácticas tributarias

Para llevar a la práctica la Política Tributaria del Grupo, cada una de las Empresas que lo conforman y sus colaboradores y directivos se ceñirán a las siguientes reglas:

  1. Ejecutar estrategias, figuras y estructuras legales que respeten la ley tributaria y las buenas prácticas comerciales aplicables.
  2. Gestionar los asuntos fiscales de manera ordenada y experta para garantizar el cumplimiento de las obligaciones fiscales y la gestión de los riesgos de naturaleza tributaria.
  3. Adoptar posiciones fiscales sobre la base de motivos legales, económicos y empresariales sólidos o de prácticas comúnmente aceptadas. No se utilizan esquemas o prácticas de planificación fiscal abusiva y/o de simulación de operaciones.
  4. Alinear las demás políticas comerciales, corporativas, éticas y de reputación del Grupo y de cada una de las Empresas con la Política Tributaria.
  5. Abstenerse de utilizar estructuras de carácter artificioso o impropio ajenas a las actividades empresariales con la finalidad de ocultar o reducir la transparencia de sus actividades.
  6. Seguir las recomendaciones de los códigos de buenas prácticas tributarias que se implementen en los países en los que las Empresas del Grupo desarrollan sus actividades.
  7. Facilitar la información y documentación con trascendencia fiscal que soliciten las Administraciones Tributarias competentes, en el menor plazo posible y en la forma y condiciones requeridas.
  8. Implementar adecuadamente, dentro de los plazos establecidos, los cambios normativos tributarios que impacten en el desarrollo de las actividades de las Empresas del Grupo.
  9. Aplicar el principio de libre concurrencia (“arm’s length”) en sus operaciones entre partes vinculadas.
  10. Conservar adecuadamente los libros y documentos legales, comerciales, contables y tributarios dentro de los plazos de prescripción legal aplicables en cada país donde las Empresas del Grupo desarrollen sus actividades.
  11. Aprovechar los beneficios tributarios que la ley otorga, sin comprometer la actuación legal y reputación del Grupo.
  12. Declarar y pagar oportunamente los impuestos.

Como parte de la ejecución de la Política Tributaria, el pago de los impuestos a cargo de las Empresas del Grupo Intercorp se hace en todos y cada uno de los territorios donde los mismos se hayan causado, de conformidad con las normas que correspondan, en aras de que los beneficios por dichos recaudos se vean reflejados en los territorios en los que se tiene presencia comercial.

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