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PRINCIPIOS DE LA LEGALIDAD


Enviado por   •  17 de Junio de 2013  •  380 Palabras (2 Páginas)  •  435 Visitas

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Principio de legalidad

Es un principio fundamental del Derecho Público conforme al cual todo ejercicio de potestades debe sustentarse en normas jurídicas que determinen un órgano competente y un conjunto de materias que caen bajo su jurisdicción. Por esta razón se dice que el principio de legalidad asegura la seguridad jurídica.

Se encuentra establecido en el Artículo 137 de la Carta Magna venezolana, y es el principio según el cual toda actividad del Estado debe estar conforme con el Derecho del Estado.

Bracho (2000), se refiere al principio de legalidad como “una consecuencia de la noción general de Estado de Derecho y establece una relación que algunos autores denominan auto vinculación: sujeción de las autoridades a sus propias normas”. (p. 64).

Además de consecuencia, constituye el pilar fundamental del Estado de Derecho y quien más directamente lo garantiza, siendo en gran medida los otros principios, sus subordinados lógicos, pues sin esta legalidad no podrían funcionar.

La consecuencia fundamental del principio de la legalidad es la nulidad o anulabilidad de los actos contrarios a la legalidad.

Lares (citado en Bracho, 2000), acota que la legalidad para el Derecho Público tiene un doble significado, a saber:

En sentido estricto: Sumisión de todos los actos estatales a la Ley, a la Legislación en sentido lato: la Constitución, las leyes y Reglamentos.

En sentido amplio: Sometimiento de los actos individuales y concretos, provenientes de una autoridad a las normas generales y abstractas, previamente decididas, sean o no de origen legislativo e inclusive provenientes de la misma autoridad; se le consagra en el Artículo 13 de la Ley Orgánica de procedimientos Administrativos.

Presunción de Legalidad de los Actos del Poder Público

En tanto no se demuestre la invalidez de un acto administrativo, tendrá pleno valor y producirá todos sus efectos, como si realmente estuviera perfectamente ceñido a las normas legales. Es una presunción iuris tantum, es decir, que admite pruebas en contrario, su establecimiento obedece a razones de orden práctico, para garantizar el funcionamiento de las actividades públicas.

De acuerdo a la doctrina, sólo puede sostenerse esta presunción cuando reúne condiciones mínimas de legitimidad.

Debiendo el acto:

-Venir de una autoridad legítima.

-No estar expresamente proscrito por la Constitución o las leyes.

-No ser de ejecución imposible.

-No implica la realización de un delito. No haber sido dictado por autoridad

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