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PROPUESTAS DE MODIFICACION A LA LEY DE PARTICIPACION CIUDADANA DEL DISTRITO FEDERAL


Enviado por   •  30 de Junio de 2019  •  Resúmenes  •  1.287 Palabras (6 Páginas)  •  86 Visitas

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PROPUESTAS DE MODIFICACION A LA LEY DE PARTICIPACION CIUDADANA

DEL DISTRITO FEDERAL

Durante décadas, el régimen político de partido de Estado manejó la participación de los ciudadanos de forma corporativa. La alternancia en el poder ejecutivo, no ha desmontado esta forma de control de los ciudadanos, ni se ha ocupado de reconocer nuevas formas de participación democrática de la ciudadanía.

Los partidos políticos en el Congreso han optado por reducir la vida democrática a la operación del sistema de partidos y la lucha electoral, sin ocuparse de la   participación directa de los ciudadanos y sus organizaciones. Han escogido secuestrar la democracia, y monopolizar sus beneficios: puestos de elección en el ejecutivo y el legislativo, auto asignación de partidas presupuestales para su funcionamiento y limitados mecanismos de rendición de cuentas y control por la sociedad.

La Carta Magna vigente no establece los procedimientos de plebiscito, referendo, revocatoria de mandato, iniciativa popular y consulta popular, que son formas de participación ciudadana directa.

Sin embargo, la legislación de algunas entidades federales, particularmente del Distrito Federal si contempla procedimientos de participación ciudadana, cuya Ley incluye desde 1998, al Plebiscito, el Referendo y la Iniciativa Popular. Estos procedimientos han sido utilizados solo una vez por el gobierno del DF, la Asamblea Legislativa o los ciudadanos: cuando los vecinos afectados por la posible construcción del 2º piso de Periférico y Viaducto, reunieron las firmas necesarias e impusieron al GDF la celebración de un plebiscito. (Pradilla La Jornada, 25-IX-2002).

La celebración de los Foros de Consulta Popular, como parte de la elaboración de los Programas de Desarrollo del DF, se lleva a cabo sin que los ciudadanos cuenten con la información adecuada sobre lo que se va a discutir. En ellos participa un número limitado de “notables” de las universidades, los colegios profesionales involucrados, organizaciones no gubernamentales, y muy raramente algún delegado de organizaciones ciudadanas con mandato. Las opiniones son calificadas como “procedentes” o “improcedentes” por el mismo gobierno, lo cual les quita pertinencia como opciones ciudadanas.

En junio de 1995, la ALDF decretó la Ley de Participación Ciudadana, que incluyó la representación de la población a través de los Consejos de Ciudadanos por delegación, elegidos por voto universal, sin participación de los partidos políticos.

La elección por voto universal, significó un avance luego de casi 7 décadas de negación del derecho de votar y elegir que se había impuesto a los capitalinos. Las elecciones de Consejeros se realizaron en noviembre de 1995.

La reforma a la Ley de Participación Ciudadana de 1998, ante la inoperancia de los Consejos de Ciudadanos, los transformó en Comités Vecinales elegidos por voto universal en las unidades territoriales de base, cuya operación y funciones se cumplían a ese nivel pues carecían de una forma de integración en el DF; manteniendo la exclusión de los partidos políticos en los procesos de elección. Estos Comités fueron elegidos por primera y - hasta ahora - única vez en ese período.

En estas circunstancias, la participación ciudadana autónoma, aunque limitada, se ha mantenido mediante la movilización de las organizaciones sociales. Si bien es cierto que ya existe el marco legal que regula la integración y funcionamiento de los órganos de participación ciudadana, es indispensable revisar y modificar su estructura en lo necesario que responda a la problemática actual:

Propuesta

1. El artículo 75 contempla la realización de una Asamblea Ciudadana en cada Unidad Territorial, por lo menos tres veces al año. Tomando en consideración que la Asamblea Ciudadana es el órgano más importante para el análisis y toma de decisiones de cada Unidad Territorial es importante promover la realización de un mayor número de asambleas. Proponemos que se realicen cuando menos seis asambleas al año, para que se generen propuestas que coadyuven al desarrollo de las comunidades al tiempo que se reforzará las acciones de revisión y seguimiento de los programas y políticas públicas que implementa la autoridad delegacional y del GDF en cada Unidad Territorial.

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